Discriminación laboral por razón de salud en Colombia - Discriminación laboral por razón de discapacidad - La discriminación laboral desde el ámbito jurisprudencial en las legislaciones colombiana, española y peruana - Libros y Revistas - VLEX 945696987

Discriminación laboral por razón de salud en Colombia

AutorAlba Liliana Silva de Roa
Páginas177-193
2.2. Discriminación laboral por
razón de salud en Colombia
Alba Liliana 
Universidad de San Buenaventura Cali
Colombia como Estado Social de Derecho busca la
igualdad y protección de todos sus nacionales, haciendo explicita la
prohibición de toda clase de discriminación, lo que ha llevado a la
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la discriminación laboral por razones de salud, estableciendo
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incluso cuando no exista acreditación de alguna discapacidad. Esto
permite que siempre que subsistan las causas que dieron origen a la
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tiene derecho a conservar su trabajo, aun si el término del contrato
ha expirado. Adicionalmente, solo se permite el despido, una vez
se haya dado el debido proceso y se cuente con autorización del
Ministerio de Trabajo, correspondiendo al empleador demostrar
la causal objetiva de terminación de la relación laboral. La
terminación del contrato sin cumplir con estos requisitos, genera
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despido, pago de salarios y prestaciones sociales, reintegro al cargo,
recibir capacitación para el nuevo cargo, e indemnización de 180
días de salario, sin perjuicio de las demás indicadas en el Código
Sustantivo del Trabajo y normas concordantes.
Palabras claves:   
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discapacidad.
Alba Liliana Silva de Roa178
1. CONTEX TUALIZACIÓN DEL TEM A EN
LA LEGISLACIÓN I NTERNA
La Constitución Política de Colombia estableció en el artículo 1º, el
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por la dignidad humana1, lo que lleva a la protección inequívoca de
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toda clase de discriminación. Se hace aún más explícito, cuando en
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goce de derechos, libertades y oportunidades sin ninguna clase de
discriminación2. Adicionalmente el artículo 253
como un “derecho y una obligación social” protegido por el Estado
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el artículo 544 trajo a colación, la ubicación laboral acorde con las
condiciones de salud.
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toda vez que la legislación laboral existente hasta 1991, dejaba
desprotegidos a los trabajadores a tal punto que una de las causales
contempladas en el Código Sustantivo de Trabajo de Colombia
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el contrato laboral por justa causa expresaba: “Arts. 62 y 63
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1 Constitución Política de Colombia – A rt. 1: “Colombia es un Estado so cial de
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respeto de la dign idad humana, en el trabajo y la solida ridad de las personas que
la integran y en la p revalencia del interés general”.
2 Constitución Polític a de Colombia – Art. 3: “Todas las persona s nacen libres e
iguales ante la ley, recibirá n la misma protección y tr ato de las autoridade s y gozarán
de los mismos derechos, l ibertades y oportu nidades sin ninguna di scriminación
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3 Con stitución Política de Colombia – Artículo 25. “El tr abajo es un derecho y una
obligación social y goza, en tod as sus modalidades, de la esp ecial protección del
Estado. Toda persona tiene de recho a un trabajo en condiciones dign as y justas”.
4 Const itución Política de Colombia – Artículo 54. “Es obligación del Est ado y de
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lo requieran. El Est ado debe propiciar la ubicación labora l de las personas en eda d
de trabajar y gara ntizar a los minusválidos el de recho a un trabajo acorde con sus
condiciones de salud”.

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