Evaluación de la regulación en Iberoamérica: caso del gas - Regulación de energía eléctrica y de gas II - Libros y Revistas - VLEX 950140459

Evaluación de la regulación en Iberoamérica: caso del gas

AutorIñigo del Guayo Castiella
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Almería (España)
Páginas81-99
81
evaluación de la Regulación
en ibeRoaméRica: caso del gas*
IñIgO deL guAyO cASTIeLLA**
1. ¿q evALuAmOS cuANdO evALuAmOS uNA
deTermINAdA reguLAcIóN gASISTA?
En los ordenamientos jurídicos de la práctica totalidad de
los países de América Latina, con influencias de los orde-
namientos jurídicos portugués, español, francés o italiano,
el concepto de regulación es algo relativamente novedoso y
está importado del mundo anglo-norteamericano. Ocurre,
sin embargo, que se importa normalmente el “significante”,
pero no el “significado”, y durante muchos años la regula-
ción se ha hecho sinónima en la literatura jurídica en espa-
* Este artículo se publicó previamente en formato digital en las Memorias del
vII Congreso Iberoamericano de Regulación, celebrado en la Universidad
Externado de Colombia, Bogotá, del 7 al 9 de noviembre de 2012. El ISBN de
las memorias digitales es 978-958-710-840-8.
** Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Almería (Espa-
ña). Analista principal de la regulación gasista en la Fundación de Estudios
de Regulación de Madrid y miembro del Grupo Académico Asesor (AAg) de
la Sección de Derecho de la Energía, Medio Ambiente, Recursos Naturales e
Infraestructuras (SeerIL) de la Asociación Internacional de Abogados (IBA).
Docente del Departamento de Derecho Minero-Energético, Universidad Ex-
ternado de Colombia.
82
ñol de reglamentación, ordenación, intervención, etc., sin
referencia a lo específico de la regulación, que es teleológico.
La regulación energética es el conjunto de instrumentos
y técnicas dirigidos a sujetar a la empresa que gestiona un
monopolio natural (como el transporte y la distribución de
gas) a unas condiciones tales que haya de comportarse como
si, en lugar de ser un monopolio, estuviese sujeta a compe-
tencia. Se entiende que solo la competencia genera eficien-
cia, mientras que el monopolio es ineficiente por definición.
Existen otros tipos de regulación, como la regulación so-
cial, pero el concepto apuntado es un concepto reducido de
regulación económica. Si no precisásemos el sentido de “re-
gulación”, no podríamos seguir hablando, pues desde cierta
perspectiva la regulación (sin otros adjetivos) es la acción
misma de gobierno de una nación1. Así como la regulación
económica está gobernada por la idea de eficiencia asignati-
va, la regulación social se centra en la eficiencia distributiva.
El Derecho de la Energía y la regulación energética co-
braron importancia a partir de los procesos de privatización
y de liberalización, porque en los países donde existe solo
una empresa pública con monopolio las relaciones jurídicas
que emergen son sencillas y no existe la necesidad de crear
un derecho específico para esas relaciones. No surgen co-
munidades científicas dedicadas al cultivo de la ciencia del
derecho de la energía y su regulación.
De acuerdo con la ortodoxia regulatoria, existen tres
formas posibles de regular un monopolio natural (como
1 Me remito a mis trabajos “La regulación económica como alternativa” en Re-
vista Española de Derecho Administrativo, n.° 130, 2006, pp. 227-254, y “Binding
Unity and Divergence while Creating a Common European Culture of Energy
Regulation”, en S. PrechAL y B. vAN rOermuNd, The Coherence of eu Law. The
Search for Unity in Divergent Concepts, Oxford, Oxford University Press, 2008,
pp. 345-361.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR