La falsedad de los documentos - Lecciones de derecho penal: parte especial. Volumen I - Libros y Revistas - VLEX 950665939

La falsedad de los documentos

AutorManuel Corredor Pardo
Cargo del AutorAbogado de la Universidad Libre de Colombia.
Páginas539-628
manuel corredor pardo
La falsedad de los documentos
I. lo verdadero del documento en la doctrina
La verdad genuinidad o la verdad por el origen documental. En la doctrina
general de la falsedad de los documentos, en forma esencial, solamente apa-
recen tres conceptos para definir el problema expuesto: el primero de ellos
es el que define la verdad a partir del objeto documental en sí mismo, y por
tanto en la verdad inherente a su creación y respecto de dicho momento: la
condición de su formador y el modo que le imprima a su formación, que
definen todo el contorno del objeto documental como representación indi-
recta de verdad para el tráfico jurídico.
Por manera que se contrae a la verdad del objeto a partir del acto humano
de su creación, de modo que la verdad en él declarada o representada y que
conforma la verdad perceptible del objeto así creado sea la verdad admitida
colectivamente, y que se coloca en el tráfico jurídico como elemento genuino
de la vida social para la configuración general de las relaciones de Derecho.
Es la verdad del origen en sí mismo del documento. Se confronta así origen
documental y documento creado para definir la verdad del mismo.
Definida tal verdad por la creación del objeto documental, que es el
momento de su origen, el cual comunica al objeto documental creado su ma-
nera y modo de ser definitivos para el tráfico jurídico, tal como lo concibe el
formador, es evidente que ella queda circunscrita a una relación de identidad
(igualdad) entre el autor y la declaración o la representación documentales,
puesto que en un documento verdadero el creador será el mismo autor que
aparezca en el documento, y la declaración o representación que se ha querido
documentar será la que recoja el soporte documental en su materialidad. De
donde cualquiera modificación posterior será una acción de falsificación si
llegara a variar la condición de formación original dándole la cualidad nega-
tiva de falso respecto del sentido inicial de su nacimiento a la vida del tráfico.
Es de notar que el documento es un objeto creado por su autor para
la vida social, que adquiere autonomía por sí mismo como tal objeto en el
tráfico, que se independiza por tanto del creador y que, dada su condición
de símbolo de representación auténtico, vale como tal en el tráfico.
El tema resulta fácilmente comprensible si se examina el modo en que
puede surgir lo falso, en forma empírica, en la vida social. Como es forzoso,
la esencia de lo falso se deriva de una cualidad negativa que una acción de
modificación comunica a un objeto o materia determinados que, partiendo de su
ser propio, que les ha sido dado originalmente en el momento de su creación
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