Resolución 000227 de 2013. Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT aplicable para el año 2014
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena |
Páginas | 437-438 |
Page 437
(Octubre 31)
Por la cual se ija el valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT aplicable para el año 2014
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en el artículo 868 del Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 868 del Estatuto Tributario establece la Unidad de Valor Tributario - UVT, como la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la cual se reajustará anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certiicada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, en el periodo comprendido entre el primero 1º de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.
Que de acuerdo con la certiicación suscrita por la Coordinadora del Grupo Banco de Datos de la Dirección de Difusión Mercadeo y Cultura Estadística del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE, la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, entre el 1º de octubre de 2012 y el 1º de octubre de 2013, fue de 2,40%.
Que el inciso tercero del artículo 868 del Estatuto Tributario establece que le corresponde al Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, publicar mediante Resolución antes del 1º de enero de cada año, el valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT, aplicable para el año gravable siguiente.
Que por lo anterior, se hace necesario establecer el valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT, que regirá para el año gravable 2014.
En mérito de lo expuesto, el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,
Page 438
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT. Fijase en veintisiete mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos ($27.485) el valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT, que regirá durante el año 2014.
ARTICULO 2. Para efectos de convertir en valores absolutos las cifras y valores expresados en UVT; aplicables a las disposiciones relativas a los impuestos y...
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- Suplemento
- Acuerdo 469 de 2011. Por el cual se establecen medidas especiales de pago de tributos en el distrito capital y se dictan otras disposiciones
- Decreto 177 de 2011. Por el cual se reglamenta el artículo 26 del acuerdo 469 de 2011
- Decreto 594 de 2013. Por el cual se implementa para el año 2014 el mecanismo de aportes voluntarios
- Decreto 607 de 2013. Por medio del cual se determina para el año gravable 2014 la base gravable mínima del impuesto predial unificado de los predios a los cuales no se les ha fijado avalúo catastral
- Decreto 691 de 2013. Por medio del cual se determinan los porcentajes de incremento de avalúos catastrales de conservación para el año 2014, en el distrito capital de bogotá
- Decreto 673 de 2011. Por medio del cual se reglamenta las exenciones de que trata el artículo decimotercero del acuerdo 26 de 1998
- Decreto 2922 de 2013. Por el cual se reajustan los valores absolutos del impuesto sobre vehículos automotores de que trata el artículo 145 de la ley 488 de 1998, para el año gravable 2014
- Resolución SDH-00417 de 2013. Por la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican para cumplir con las obligaciones formales y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrados por la dirección distrital de impuestos de bogotá, dib de la secretaría distrital de hacienda
- Resolución SDH-000430 de 2013. Por la cual se ajustan al múltiplo de mil más cercano, los valores expresados en salarios mínimos diarios vigentes en el acuerdo 27 de 2001
- Resolución DDI 062255 de 2013. Por medio de la cual se reajustan los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del Impuesto de Industria y Comercio, para el año 2014
- Resolución 0005408 de 2013. Por la cual se establece la base gravable de los vehículos automóviles, camperos, camionetas, motocicletas y motocarros, para el año fiscal 2014
- Resolución 0005407 de 2013. Por la cual se establece la base gravable de los vehículos de carga y colectivo de pasajeros, para el año fiscal 2014
- Resolución 000227 de 2013. Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT aplicable para el año 2014
- Resolución SDH-000079. Por medio de la cual se adopta para la administración del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros en el distrito capital de bogotá, la clasificación de actividades económicas -CIIU revisión 4 adaptada por el DANE para colombia
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