Resolución número 002894 de 2009, por la cual se establecen los criterios financieros para presentación de ofertas de iniciativa privada en materia de infraestructura vial. - 3 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59747476

Resolución número 002894 de 2009, por la cual se establecen los criterios financieros para presentación de ofertas de iniciativa privada en materia de infraestructura vial.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín47399

El Ministro de Transporte, en uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 105 de 1993 y el Decreto numero 2053 de 2003, CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el articulo 2° numeral 2.5 del Decreto 2053 de 2003, corresponde al Ministerio de Transporte, entre otras funciones, "Formular la regulacion economica en materia de transito, transporte e infraestructura para todos los modos de transporte".

Que corresponde al Ministerio de Transporte ejecutar las politicas y proyectos relacionados con la infraestructura vial a cargo de la Nacion.

Que mediante Decreto 4533 del 28 de noviembre de 2008 el Gobierno Nacional reglamento las iniciativas privadas de que trata el paragrafo 2° del articulo 32 de la Ley 80 de 1993.

Que el objetivo del Gobierno Nacional es promover la presentacion de proyectos de iniciativa privada para la construccion, mantenimiento y operacion de obras publicas por el sistema de concesion.

Que son consideradas ofertas de iniciativa privada los proyectos presentados por personas naturales o juridicas, consorcios, uniones temporales, promesas de sociedad futura, o cualquier otra modalidad de asociacion prevista en la ley, a una entidad estatal concedente para el diseño, la construccion, operacion y mantenimiento de una obra publica a traves de un contrato de concesion.

Que conforme al Decreto 4533 de 2008 las ofertas de iniciativa privada podran versar sobre cualquier obra publica susceptible de ser diseñada, construida, mantenida u operada mediante un contrato de concesion.

Que los proyectos de infraestructura vial pueden ser considerados como ofertas de iniciativa privada, de acuerdo con las consideraciones del Decreto 4533 de 2008.

Que las ofertas de iniciativa privada pueden vincular contratos de concesion en ejecucion suscritos con un concesionario que sea integrante del oferente de iniciativa privada.

Que conforme al paragrafo 2° del articulo 2° del Decreto 4533 de 2008 para efectos de la vinculacion de un contrato de concesion existente al nuevo proyecto, el oferente de iniciativa privada debera presentar una propuesta de valoracion ajustada a las condiciones contractuales y a las normas de valoracion de activos.

Que el Instituto Nacional de Concesiones dentro de sus competencias expidio la Resolucion 167 el 16 de marzo de 2009 en la cual establecio los criterios financieros para la presentacion de ofertas de iniciativa privada.

Que el resultado...

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