Gaceta N° 15189 de Cundinamarca, 23-07-2015 - 23 de Julio de 2015 - Gaceta de Cundinamarca - Legislación - VLEX 870970389

Gaceta N° 15189 de Cundinamarca, 23-07-2015

Fecha23 Julio 2015
Fecha de publicación23 Julio 2015
Número 15.189 - Bogotá, D. C., jueves 23 de julio de 2015 - AÑO CXIX
Ó RGANO OFICIAL DEL DEPARTAM E N T O
ISSN 0122 - 7777
Editor: 
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DESPACHO DEL GOBERNADOR
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0258 DE 2015
(marzo 18)
por medio de la cual se modica una resolución.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 0557 del 29 de agosto de
2014, se encargó a la señora Hilda Dolores Quevedo de Ardila,
identicada con cédula de ciudadanía 41499384, del empleo de
Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 06 de la Dirección de
Contaduría de la Secretaría de Hacienda, hasta por el término que
dure el encargo conferido del titular del empleo.
Que mediante Resolución número 1429 de septiembre 23 de
2014 se efectuó el retiro del servicio por reconocimiento de Pensión
de Vejez a la señora Elizabeth Espinosa Alejo a partir del 1° de enero
de 2015.
Que como consecuencia de lo anterior, el empleo de Auxiliar
Administrativo Código 407 Grado 06 se encuentra en vacancia
denitiva, por lo que se hace necesario modicar el acto administrativo
de encargo realizado a la señora Hilda Dolores Quevedo de Ardila,
en el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 06 de la
Dirección de Contaduría de la Secretaría de Hacienda, en el sentido
que el término de duración del mismo no será superior a seis (6)
meses.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modicar el artículo primero de la Resolución número
0557 del 29 de agosto de 2014, el cual quedará así:
Artículo 1°. Encargar a Hilda Dolores Quevedo de Ardila,
identicada con cédula de ciudadanía 41499384, titular del empleo
de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04 distribuido en la
Secretaría de Hacienda, Despacho del Secretario, del empleo de
Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 06, distribuido en la
Secretaría de Hacienda, Dirección de Contaduría, por un término no
superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
LINA MARCELA MELO RODRÍGUEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0339 DE 2015
(abril 15)
por medio de la cual se hace un nombramiento ordinario.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política, y
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter ordinario al doctor Edwin César
Gaviria Montáñez, identicado con cédula de ciudadanía 11324927,
en el empleo de Asesor Código 105 Grado 05 del Despacho
del Secretario de la Secretaría de Competitividad y Desarrollo
Económico.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
LINA MARCELA MELO RODRÍGUEZ
Secretaria de la Función Pública
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0357 DE 2015
(abril 23)
por medio de la cual se hace un nombramiento ordinario.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política, y
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter ordinario al doctor Nelson
Fernando Canesto Rodríguez, identicado con cédula de ciudadanía
79540997, en el empleo de Asesor Código 105 Grado 03 del
Despacho del Secretario de la Secretaria de Gobierno.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
VÍCTOR HUGO VELÁSQUEZ ORTIZ
Secretario de la Función Pública (e)
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0358 DE 2015
(abril 23)
por medio de la cual se hace un nombramiento provisional.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que revisada la Planta Global de Empleos del Sector Central de
la Administración Pública Departamental, se constató que existe un
empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04, distribuido
en la Dirección de Personas Jurídicas de la Secretaría Jurídica, en
vacancia denitiva.
Que el Consejo de Estado mediante auto de fecha 5 de mayo de
2014, suspendió provisionalmente los efectos del Decreto Nacional
número 4968 de 2007 y la Circular número 005 de 2012, proferida
por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que con fundamento en la suspensión de las normas antes
citadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil, expidió la Circular
número 003 del 11 de junio de 2014, en la cual informa que a partir
del 12 de junio de 2014 no se necesita autorización para proveer
de manera transitoria los empleos de carrera a través de encargo
o nombramiento en provisionalidad, mientras que la suspensión
provisional ordenada por el Consejo de Estado esté vigente y hasta
que se produzca un pronunciamiento denitivo.
GACETA DE CUNDINAMARCA
2No. 15.189
Que se cumplió con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 de la Ley
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter provisional a Flor Mireya
Gómez Bolaños, identicada con cédula de ciudadanía 51906898,
en el empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 04,
distribuido en la Dirección de Personas Jurídicas de la Secretaría
Jurídica, por un término no superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
VÍCTOR HUGO VELÁSQUEZ ORTIZ
Secretario de la Función Pública (e)
* * *
(abril 23)
por medio de la cual se hace un nombramiento provisional.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que Édgar Augusto Guerrero Hernández, identicado con
cédula de ciudadanía 19311974, Profesional Universitario Código
219 Grado 04 de la Dirección de Contaduría de la Secretaría de
Hacienda, se encuentra encargado de un empleo superior en la
planta global de empleos del Sector Central de la Administración
Pública Departamental.
Que el empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado
04 de la Dirección de Contaduría de la Secretaría de Hacienda se
encuentra temporalmente vacante, hasta por el término que dure el
encargo conferido a Édgar Augusto Guerrero Hernández.
Que se cumplió con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 de la Ley
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter provisional a Jorge Arturo
Cárdenas Bermúdez, identicado con cédula de ciudadanía
4145106, en el empleo de Profesional Universitario Código 219
Grado 04, distribuido en la Dirección de Contaduría de la Secretaría
de Hacienda, por el término que dure el encargo conferido a Édgar
Augusto Guerrero Hernández.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 23 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
VÍCTOR HUGO VELÁSQUEZ ORTIZ
Secretario de la Función Pública (e)
* * *
(abril 28)
por la cual se hace un encargo de funciones.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que al doctor Edwin González Moreno, Jefe de Ocina Asesora
de la Ocina Asesora Jurídica del Despacho del Secretario General,
se le autorizaron vacaciones, a partir del 27 de abril de 2015.
Que se hace necesario efectuar un encargo de funciones para
suplir la ausencia temporal de la titular del empleo de Jefe de Ocina
Asesora Código 115 Grado 09 de la Ocina Asesora Jurídica del
Despacho del Secretario General.
Que la doctora Luz Marina Cascavita Prada, identicada con
cédula de ciudadanía 39613621, Profesional Especializado (e) de
la Ocina Asesora Jurídica del Despacho del Secretario General,
cumple con los requisitos para el desempeño del empleo de Jefe de
Ocina Asesora Código 115 Grado 09 de la Ocina Asesora Jurídica
del Despacho del Secretario General.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Encargar a la doctora Luz Marina Cascavita Prada,
identicada con cédula de ciudadanía 39613621, Profesional
Especializado (e) de la Ocina Asesora Jurídica del Despacho del
Secretario General, de las funciones del empleo de Jefe de Ocina
Asesora Código 115 Grado 09 de la Ocina Asesora Jurídica del
Despacho del Secretario General, mientras dura la ausencia
temporal de la titular.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
VÍCTOR HUGO VELÁSQUEZ ORTIZ
Secretario de la Función Pública (e)
* * *
(abril 28)
por la cual se autoriza un permiso remunerado.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que la doctora Adriana del Pilar Correa Lara, Gerente General de
Entidad Descentralizada Código 050, del Fondo de Desarrollo de
Proyectos de Cundinamarca (Fondecún), mediante comunicación
radicada el 24 de abril de 2015, solicitó permiso remunerado por
el día 30 de abril de 2015, el cual cuenta con aprobación del señor
Gobernador.
Que el artículo 74 del Decreto 1950 de 1973, establece que El
empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta
por tres (3) días, cuando medie justa causa. Corresponde al jefe
del organismo respectivo, o a quien haya delegado la facultad, el
autorizar o negar los permisos”.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Autorizar el permiso remunerado solicitado por la
doctora Adriana del Pilar Correa Lara, identicada con cédula de
ciudadanía 51646476, Gerente General de Entidad Descentralizada
Código 050, del Fondo de Desarrollo de Proyectos de Cundinamarca
(Fondecún), por el día 30 de abril de 2015.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
* * *
RESOLUCIÓN NÚMERO 0373 DE 2015
(abril 28)
por medio de la cual se modica una resolución.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 1318 del 03 de diciembre de
2012, encargo a Cristina Cubides Ramírez, identicada con cédula
de ciudadanía número 39625621, del empleo de Técnico Operativo
Código 314 Grado 03 distribuido en la Dirección de Talento Humano
de la Secretaría de la Función Pública, hasta por el término que dure
el encargo conferido a Óscar Humberto Galindo Valvuena.
Que mediante Resolución número 0360 del 23 de abril se da
por terminado el encargo en el empleo de Profesional Universitario
Código 219 Grado 04, conferido mediante Resolución número 0696
del 3 de octubre de 2013 y se declara la vacancia denitiva del
empleo Técnico Operativo Código 314 Grado 03 por el fallecimiento
del funcionario Óscar Humberto Galindo Valvuena, quien era el
titular del empleo.
Que como consecuencia de lo anterior se hace necesario
modicar el acto administrativo de encargo realizado a la señora
Cristina Cubides Ramírez, en el empleo de Técnico Operativo
Código 314 Grado 03 distribuido en la Dirección de Talento Humano
de la Secretaría de la Función Pública, en el sentido que el término
de duración del mismo no será superior a seis (6) meses.
Por lo anteriormente expuesto,
GACETA DE CUNDINAMARCA 3No. 15.189
RESUELVE:
Artículo 1°. Modicar el artículo primero de la Resolución número
1318 del 3 de diciembre de 2012, el cual quedará así:
Artículo 1°. Encargar a Cristina Cubides Ramírez, identicada con
cédula de ciudadanía 39625621, en el empleo de Técnico Operativo
Código 314 Grado 03 distribuido en la Dirección de Talento Humano
de la Secretaría de la Función Pública, por un término no superior a
seis (6) meses.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
VÍCTOR HUGO VELÁSQUEZ ORTIZ
Secretario de la Función Pública (e)
* * *
(abril 28)
por la cual se hace un encargo de funciones.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que a la doctora Sandra Jeannette Faura Vargas, Secretaria de
Despacho de la Secretaría General, se encuentra incapacitada,
entre el 27 y el 29 de abril de 2015.
Que se hace necesario efectuar un encargo de funciones para
suplir la ausencia temporal de la titular del empleo de Secretario de
Despacho Código 020 de la Secretaría General.
Que la doctora Claudia María Arroyave López, identicada con
cédula de ciudadanía 21788075, Director Técnico de la Unidad
Administrativa Especial de Contratación, cumple con los requisitos
para el desempeño del empleo de Secretario de Despacho Código
020 de la Secretaría General.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Encargar a la doctora Claudia María Arroyave López,
identicada con cédula de ciudadanía 21788075, Director Técnico de
la Unidad Administrativa Especial de Contratación, de las funciones
del empleo de Secretario de Despacho Código 020 de la Secretaría
General, mientras dura la ausencia temporal de la titular.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 28 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
VÍCTOR HUGO VELÁSQUEZ ORTIZ
Secretario de la Función Pública (e)
* * *
(abril 29)
por medio de la cual se hace un nombramiento provisional.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que revisada la Planta Global de Empleos del Sector Central de
la Administración Pública Departamental, se constató que existe un
empleo de Profesional Universitario Código 219 Grado 03, distribuido
en la Ocina de Transferencia de Tecnología de la Secretaría de
Agricultura y Desarrollo Rural, en vacancia denitiva.
Que el Consejo de Estado mediante auto de fecha 5 de mayo de
2014, suspendió provisionalmente los efectos del Decreto Nacional
número 4968 de 2007 y la Circular número 005 de 2012, proferida
por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Que con fundamento en la suspensión de las normas antes
citadas, la Comisión Nacional del Servicio Civil, expidió la Circular
número 003 del 11 de junio de 2014, en la cual informa que a partir
del 12 de junio de 2014 no se necesita autorización para proveer
de manera transitoria los empleos de carrera a través de encargo
o nombramiento en provisionalidad, mientras que la suspensión
provisional ordenada por el Consejo de Estado esté vigente y hasta
que se produzca un pronunciamiento denitivo.
Que se cumplió con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 de la Ley
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Nombrar con carácter provisional a Diego Camilo
Rodríguez González, identicado con cédula de ciudadanía
80538896, en el empleo de Profesional Universitario Código 219
Grado 03, distribuido en la Ocina de Transferencia de Tecnología
de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, por un término no
superior a seis (6) meses.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y surte efectos a partir de su comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
VÍCTOR HUGO VELÁSQUEZ ORTIZ
Secretario de la Función Pública (e)
* * *
(abril 29)
por la cual se hace un encargo de funciones.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que el empleo de Director Técnico Código 009 Grado 03 de la
Dirección de Desarrollo Humano de la Secretaría de la Función
Pública se encuentra en vacancia denitiva.
Que se hace necesario efectuar un encargo de funciones para
suplir la vacancia del empleo de Director Técnico Código 009 Grado
03 de la Dirección de Desarrollo Humano de la Secretaría de la
Función Pública.
Que la doctora Luz Marina Chuquen González, identicada con
cédula de ciudadanía 39657530, Profesional Especializado (e) de
la Dirección de Desarrollo Humano de la Secretaría de la Función
Pública, cumple con los requisitos para el desempeño del empleo de
Director Técnico Código 009 Grado 03 de la Dirección de Desarrollo
Humano de la Secretaría de la Función Pública.
Por lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Encargar a la doctora Luz Marina Chuquen González,
identicada con cédula de ciudadanía 39657530, Profesional
Especializado (e) de la Dirección de Desarrollo Humano de la
Secretaría de la Función Pública, de las funciones del empleo de
Director Técnico Código 009 Grado 03 de la Dirección de Desarrollo
Humano de la Secretaría de la Función Pública, mientras se designa
titular.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su
comunicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2015.
ÁLVARO CRUZ VARGAS
Gobernador
VÍCTOR HUGO VELÁSQUEZ ORTIZ
Secretario de la Función Pública (e)
* * *
(abril 29)
por medio de la cual se hace un nombramiento de supernumerario
en vacancia temporal por licencia de maternidad de la titular.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en
especial las conferidas en el artículo 305 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 83 del Decreto 1042 de 1978, señala que para suplir
las vacancias temporales de los empleados públicos en caso de
licencias o vacaciones, podrá vincularse personal supernumerario.
Que a partir de la expedición de la Sentencia C-401 de 1998, los
supernumerarios tienen derecho a todas las prestaciones sociales y
benecios salariales de los servidores públicos.
Que de conformidad con lo señalado por la Corte Constitucional
en Sentencia C-422 de junio 6 de 2012, respecto de la derogatoria
nombramiento de supernumerario se hará exclusivamente en

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