Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) - Parte V. Medidas para la reactivación económica - Nueva ley de financiamiento. Ley 1943 de 2018 - Libros y Revistas - VLEX 812024829

Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF)

AutorJosé Hilario Araque Cárdenas - Juan Diego Araque Durán - William Dussán Salazar - Leonardo Varón García - Julián Alberto Zambrano Sánchez - Yhony Alberto Lee Yara
Páginas200-202
200 Nueva Ley de Financiamiento - Ley 1943 de 28 de diciembre de 2018 -
GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS (GMF)
ARTÍCULO 87. Exenciones del GMF.
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Se encuentran exentos del Gravamen a los
Movimientos Financieros: (…)
Se encuentran exentos del Gravamen a los
Movimientos Financieros: (…)
11. Los desembolsos de crédito mediante
abono a cuenta de ahorro o corriente
o mediante expedición de cheques con
cruce y negociabilidad restringida que
realicen los establecimientos de crédito, las
cooperativas con actividad financiera o las
cooperativas de ahorro y crédito vigiladas
por las Superintendencias Financiera o de
Economía Solidaria respectivamente, o
los créditos externos desembolsados en
moneda legal por agentes no residentes en
los términos de la regulación cambiaria del
Banco de la República, siempre y cuando el
desembolso se efectúe al deudor. Cuando el
desembolso se haga a un tercero solo será
exento cuando el deudor destine el crédito a
adquisición de vivienda, vehículos o activos
fijos.
(…)
11. Los desembolsos de crédito mediante abono
a cuenta de ahorro o corriente o mediante
expedición de cheques con cruce y negociabilidad
restringida que realicen los establecimientos de
crédito, las cooperativas con actividad financiera
o las cooperativas de ahorro y crédito vigiladas
por las Superintendencias Financiera o de
Economía Solidaria respectivamente, siempre
y cuando el desembolso se efectúe al deudor
cuando el desembolso se haga a un tercer solo
será exento cuando el deudor destine el crédito a
adquisición de vivienda, vehículos o activos fijos.
Los desembolsos o pagos a terceros por conceptos
tales como nómina, servicios, proveedores,
adquisición de bienes o cualquier cumplimiento de
obligaciones se encuentran sujetos al Gravamen a
los Movimientos Financieros, salvo la utilización de
las tarjetas de crédito de las cuales sean titulares
las personas naturales, las cuales continúan siendo
exentas.
También se encuentran exentos los desembolsos
efectuados por las compañías de financiamiento o
bancos, para el pago a los comercializadores de
bienes que serán entregados a terceros mediante
contratos de leasing financiero con opción de compra.
21. La disposición de recursos para la realización
de operaciones de factoring, compra o
descuento de cartera, realizadas por fondos de
inversión colectiva, patrimonios autónomos,
por personas naturales o jurídicas, o por
entidades cuyo objeto sea la realización de
este tipo de operaciones.
21. La disposición de recursos para la realización de
operaciones de factoring –compra o descuento
de cartera– realizadas por fondos de inversión
colectiva, patrimonios autónomos o por
sociedades o por entidades cuyo objeto principal
sea la realización de este tipo de operaciones.
Art. 87

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