Guía práctica del contrainterrogatorio - Segunda parte. Contrainterrogatorio - El contrainterrogatorio. Teoría y práctica - Libros y Revistas - VLEX 929179864

Guía práctica del contrainterrogatorio

AutorFrank Almanza Altamirano/Oscar Peña Gonzáles
Páginas239-257
239
El contrainterrogatorio: teoría y práctica
CAPÍTULO XVII
GUÍA PRÁCTICA
DEL CONTRAINTERROGATORIO
I. CONCEPTO
El contrainterrogatorio o contraexamen es el examen o inte-
rrogatorio que se hace de los testigos o peritos presentados por
la contraparte con la inalidad de establecer las contradicciones
o imprecisiones en las declaraciones prestadas por este.
El objeto del contrainterrogatorio es lograr obtener del tes-
tigo de la parte adversa la declaración de uno o varios aspectos
favorables para el caso propio o, por el contrario, impugnar su
credibilidad poniendo en tela de duda el contenido del testimo-
nio que acaba de rendir a la parte que lo interrogó la inalidad
del contrainterrogatorio es refutar, en todo o en parte, lo que el
testigo ha contestado”. Lo que se busca con el contrainterroga-
torio es minimizar el daño causado por el testimonio durante el
directo.
El contrainterrogatorio debe basarse únicamente sobre los
temas abordados en el directo. No se permiten preguntas sobre
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Frank Almanza Altamirano / Oscar Peña Gonzáles
aspectos nuevos no cubiertos en la presentación de la prueba, de
otro modo el contrainterrogatorio constituiría otro directo y se
perdería el carácter adversarial del juicio oral.
Contrario al directo y el redirecto, en el contrainterrogatorio
la estrella es el abogado.
II. DETERMINAR SI SE REALIZA O NO EL CONTRAINTERROGATORIO
El interrogador de entrada debe determinar si es necesario
contrainterrogar a determinado testigo. Será necesario contrain-
terrogar cuando:
- El testimonio del testigo afecta mi teoría del caso.
- Si se trata de un testigo importante.
- Si es un testigo creíble.
Debemos precisar, como señalan los expertos, que no se
debe contrainterrogar por contrainterrogar, se debe hacer solo si
es necesario o si se dan los supuestos arriba señalados.
Por eso se dice con propiedad que el mejor contrainterroga-
torio es aquel que no se hace cuando no es necesario.
El contrainterrogatorio o contraexamen es el examen o in-
terrogatorio que hago de los testigos o peritos presentados
por la contraparte, con la nalidad de establecer las contra-
dicciones o imprecisiones en las declaraciones prestadas
por este.
RECUERDA

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