Impuestos - Contabilidad siglo XXI - 2da edición - Libros y Revistas - VLEX 878850074

Impuestos

AutorCarlos Augusto Rincón Soto/Giovanny Lasso Marmolejo/Álvaro E. Parrado Bolaños
Páginas233-288
Competencia
Indicadores de logro
• Ellectoroestudiante podráreconoceryentenderlalegislaciónvigentesobreelimpuestoalasventas,retención
enlafuente,yelimpuestoalasventasretenido.
• Podráelaborarasientoscontablesincluyendoelimpuestoalasventas.
• TendrálacapacidaddeaplicarlaretenciónenlafuenteyelImpuestoalasVentas(IVA),alosasientoscon-
tablesdelacompañía.
• Identificarálasdiferenciasentrelosdistintostiposdeimpuestos,comolosonIndustriayComercio,Impuestode
Timbre,eImpuestoalosGravámenesFinancieros.
• AdemásadquiriráconocimientosacercadelaRetenciónsobrelosPagosLaborales,ylosdistintosprocedimientos
del mismo.
• Queelestudianteolectortengalacapacidaddedesarrollaroefectuarlosregistrosdecontabilidadaplicando
lasnormasvigenteseindicadassobrelosmismos,teniendoademásencuentatodoslosimpuestosrequeridos
yexigidos,IVA,retenciónenlafuentereteica,entreotros.
6
Consumidor Comercializador
Compra
Encargado de pagar
el IVA del consumidor
Paga el Estado
DIAN
Entrega Factura
Paga el IVA
234
CETA SIGLO XXI
Vendedor
Comprador
Régimen

Régimen
común
Gran
contribuyente
Gran contribuyente
(autorretenedor)
 No No No No
Régimen común
Retefuente
Reteica
IVA teórico
Retefuente Retefuente No
Gran contribuyente
Retefuente
Reteica
IVA teórico
Retefuente
Reteiva
Reteica
Retefuente No
Gran contribuyente
(autorretenedor)
Retefuente
Reteica
IVA teórico
Retefuente
Reteiva
Reteica
Retefuente No
Tomado de: http://www.gerencie.com/tabla-de-retencion-en-la-fuente-entre-contribuyentes.html
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS (IVA)
IVA, abreviación de Impuesto al Valor Agregado, en la mayoría de los países de América Latina (en
Chile también se lo denomina Impuesto a las Ventas y Ser vicios) o Impuesto sobre el Valor Añadido
(España). Es aplicado en muchos países, y generalizado en la Unión Europea.
En otros países se lo denomina: Mehrwertsteuer (MwST) (Alemania, Austria y Suiza); Value Added Tax
(VAT) en el Reino Unido, Omzetbelasting o BTW (Belasting over de Toegevoegde Waarde).
El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo. Un impuesto indirecto es el que no es percibido
 -

naturales o jurídicas). Cada actor en la cadena de añadido de valor paga a su antecesor en la cadena,
el IVA correspondiente al precio facturado por éste, y a su vez percibe de su sucesor en la cadena el
monto correspondiente al impuesto asociado al precio que facturó. Cada actor (excepto el consumidor
IVA pagado
IVA
235
Impuestos
Se considera “venta”:
Toda transferencia a título oneroso, entre personas de existencia visible o ideal, sucesiones indi-
visas o entidades de cualquier índole, que importe la transmisión del dominio de la cosa mueble.
La desafectación de cosas muebles de la actividad gravada con destino a uso o consumo particular
del o los titulares de la misma.
Las operaciones de los comisionistas, consignatarios u otros que vendan o compren en nombre
propio pero por cuenta de terceros.
Hecho generador:
El impuesto a las ventas se aplicará sobre los siguientes hechos:
1. Las ventas de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente.
2. La prestación de los servicios en el territorio nacional, que no hayan sido excluidos expresamente.
3. La importación de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente.
4. La circulación, venta u operaciones de juegos de suerte y azar con excepción de las loterías.
TERRITORIOS EN DONDE NO SE CAUSA EL IVA:
a) Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, por ventas y servicios prestados den-
tro de su territorio y desde el resto del territorio nacional.
b) Departamento del Amazonas, por ventas y servicios prestados dentro de su territorio.
c) Zonas de fronteras o sujetas a regímenes aduaneros especiales, por ventas de mercancías a turis-
tas extranjeros.
VALOR DEL UVT
UVT = Unidad de Valor Tributario. Es una unidad de valor tributario estándar equivalente a un
valor en pesos. El valor del UVT es suministrado anualmente por el gobierno Nacional. El valor de
los impuestos y tasas, es dado en cantidad de UVT’s, lo que evita estar cambiando la ley en el valor
en pesos cada año, por lo que la actualización de impuestos y tasas es igual a la multiplicación de
la cantidad de UVT por el valor del UVT actual, haciendo más sencillo el proceso de valuación de los
montos impositivos. En el UVT tenía un valor de $22.054, 2007 de $20,954, 2009 de $23.763, 2010 de
$24.555 y 2011 de $25.132.

Son las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean detallistas o minoristas; los agricul-
tores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados,
siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:
1. Que en el año anterior hubieren poseído un patrimonio bruto inferior a $ 30.000 UVT e ingresos
brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a 4.000 UVT.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR