Incidencia de las tecnologías de la información y las comunicaciones en los procedimientos administrativos: la gobernanza electrónica - Desarrollos específicos del derecho administrativo - El derecho de la administración pública y su especificidad - Compendio de derecho administrativo - Libros y Revistas - VLEX 950070965

Incidencia de las tecnologías de la información y las comunicaciones en los procedimientos administrativos: la gobernanza electrónica

AutorAllan R. Brewer-Carías
Páginas1073-1125
17
introdccin. as incidencias normativas
de a sociedad de a informacin y e conocimiento
en a administracin pica
265. El Concepto de la sociedad de la información y del conocimiento, al igual que sus elementos
estructurantes básicos, como son, en idea amplia y plural, los derivados de las tecnologías de la in-
formación262 y las comunicaciones, constituyen en la hora actual del devenir de las instituciones,
y sobre todo para el ejercicio del poder y la consolidación de las finalidades sociales y democráticas
de nuestro ordenamiento2621, directrices sustanciales de carácter imperativo, en la perspectiva de la
consolidación de una sociedad estrechamente integrada a través del acceso y uso de todos los instru-
mentos propios de las tic, sus infraestructuras, la explotación y el desarrollo material de las mismas,
el respeto y protección a los usuarios, y el aprovechamiento social de la interrelación global2622.
2651. Esto es, una verdadera sociedad basada en la tecnología, en la información y estructurada en
la red, en lo que se ha denominado una sociedad red global262, es decir, construida alrededor de redes
* Capítulo revisado por la Doctora maría juliana santaella cuberos.
262 Los conceptos de sociedad de la información, y de tecnologías de la información y de las comunicaciones fueron
recientemente incorporados al ordenamiento jurídico colombiano en la Ley 11 de 29; en relación con sus caracte-
rísticas y alcances cfr. luciano parejo alfonso. “El sistema de la organización institucional en la reciente regulación
colombiana del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, en aa.vv. Comentarios a la Ley de
las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TiC– (Ley 1341 de 2009), Bogotá, Universidad Externado de
Colombia, 21, pp. 5 y ss.; igualmente, tomás de la quadra-salcedo fernández del castillo. “Reflexiones
sobre el nuevo marco normativo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en Colombia”, cit., pp. 2
y ss.
2621 “Cuando se llega al estadio de una sociedad de la información se quiere decir: a) que un porcentaje muy importante
del ingreso y la riqueza proviene del sector de la información (industria, productos, servicios, usos); b) que a partir del
uso de la información se enfatiza el desarrollo como incremento de riqueza material, crecimiento personal y aumento
de la calidad de vida, y c) que los niveles de educación se han cuidado y elevado, que la gente sabe leer, pero no sólo
por estar alfabetizada, sino que usa información, la entiende y reflexiona sobre lo leído. Por lo tanto, la sociedad de
la información de una cultura que usa la información para todas las acciones de la vida”: estela morales campos.
“¿Información o improvisación? Una sociedad diferente”, en martha alicia añorve guillén y elsa m. ramírez
leyva (coords.). Memoria del xix Coloquio Internacional de Investigación, Bibliotecnología y de Información. Los grandes
problemas de la información en la sociedad contemporánea, México, unam, 22, p. 1.
2622 manuel castells. La sociedad red, Madrid, Alianza Editorial, 1996; íd. Comunicación y poder, Madrid, Alianza
Editorial, 29; cfr. eduard aibar y ferran urgell. Estado, burocracia y red, Barcelona, Ariel, 27.
262 manuel castells. Comunicación y poder, Alianza Editorial, 29, pp. 5 y 5: “Una red es un conjunto de nodos
interconectados […] En la vida social las redes son estructuras comunicativas. Las redes de comunicación son las
pautas de contacto creadas por el flujo de mensajes entre distintos comunicadores en el tiempo y en el espacio. Es
decir, las redes procesan flujos. Los flujos son corrientes de información entre nodos que circulan por los canales que
conectan los nodos. Una red está definida por el programa que asigna los objetivos y las reglas de funcionamiento de
la propia red…”. En cuanto a la sociedad como red global sostiene el autor: “Una sociedad red es aquella cuya estruc-
tura social está compuesta de redes activadas por tecnologías digitales de la comunicación y la información basadas en
la microelectrónica […] Las redes digitales son globales por su capacidad para autorreconfigurarse de acuerdo con
las instrucciones de los programadores, transcendiendo los límites territoriales e institucionales a través de redes de
ordenadores comunicados entre sí. Por tanto, una estructura social cuya infraestructura se basa en redes digitales tiene
la posibilidad de ser global…”.
Compendio de derecho administrativo
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digitales de comunicación, lo que implica sin lugar a dudas que las relaciones de poder giran en torno
al uso y detentación de la comunicación global y de sus instrumentos tecnológicos de penetración262.
2652. Este fenómeno no es más que el resultado de la dialéctica profunda y acelerada de las
ciencias y las tecnologías, que confluye históricamente en épocas recientes en una verdadera e inob-
jetable “revolución tecnológica”, y representa para la humanidad entera una de las más significativas
transformaciones de nuestra “cultura material”, generando las condiciones para sostener que hemos
incursionado en una nueva era, “la era de la información”, sustentadora de la sociedad en red que con-
figura, sin lugar a dudas, una “… nueva estructura social dominante en la era de la información...”2625,
por lo tanto, fenómeno predicable sin prejuicio alguno de la totalidad de las latitudes del planeta,
rompiendo paradigmas y estructuras políticas, sociales y jurídicas impensables en otros instantes de
nuestra cultura universal, así como el de fronteras, e incluso, como el del ejercicio del poder sobre el
territorio, tan ligado a los conceptos clásicos de Estado y de soberanía2626.
265. La sociedad en red configura un nuevo estado de cosas mundial centrado en torno a las
tecnologías de la información, generando interdependencia en todas las magnitudes de la vida y de
las relaciones vitales para la comunidad, como las propias de la economía, la cultura, la política, el
gobierno, la administración y el bienestar social, etc., bajo contextos impredecibles de globalidad.
265. Se trata en definitiva de un nuevo sistema de comunicación que se caracteriza por poseer
un lenguaje digital universal: “… las redes informáticas interactivas crecen de modo exponencial,
creando nuevas formas y canales de comunicación, y dando forma a la vida a la vez que esta le da forma
a ellas…”, generando, en consecuencia, fuerzas de penetración en todos los ámbitos de la actividad
humana, “… no como una fuente exógena de impacto, sino como el paño con el que está tejida esa
actividad. En otras palabras, se orientan hacia el proceso, además de inducir nuevos productos…”2627.
2655. En suma podemos sostener, siguiendo los trabajos del profesor Castells, que la gran “revo-
lución tecnológica” que abarca a la humanidad en todos sus aspectos parte de, y se sustenta en, una
serie de paradigmas fundamentales que soportan las tecnologías de la información y del conocimiento
262 manuel castells. Comunicación y poder, cit., pp. 2 y 25.
2625 Ibíd., pp. 2 a 25, 27 y 56. La revolución tecnológica posee un núcleo propio y especial conformado por las tecnologías
del procesamiento de la información y de la comunicación. Las tecnologías de la información son a esta revolución
lo que las fuentes de energía eléctrica fueron a las sucesivas revoluciones industriales. “Lo que caracteriza a la
revolución tecnológica actual no es el carácter central del conocimiento y la información, sino la aplicación de ese
conocimiento e información a aparatos de generación de conocimiento y procesamiento de la información/comu-
nicación, en un círculo de retroalimentación acumulativo entre la innovación y sus usos […] las nuevas tecnologías
de la información no son sólo herramientas que aplicar, sino procesos que desarrollar. Los usuarios y creadores
pueden convertirse en los mismos […] Por primera vez en la historia, la mente humana es una fuerza productiva
directa, no sólo un elemento decisivo del sistema de producción…” (p. 58).
2626 manuel castells. Comunicación y poder, cit., pp. 68 y 69.
2627 manuel castells. La sociedad red, cit., pp. 28, 29, 1,  y 57. En esa dirección sostiene castells que al final del
siglo xx vivimos uno de esos raros intervalos de la historia. Un intervalo caracterizado por la transformación de
nuestra “cultura material” por obra de un nuevo paradigma tecnológico organizado en torno a las tecnologías de la
información, esto es, por el uso del conocimiento científico para especificar el modo de hacer cosas de una manera
reproducible. Entre las tecnologías de la información se incluye el conjunto convergente de las tecnologías de la
microelectrónica, la informática (máquinas y software), las telecomunicaciones, la televisión, la radio, la optoelec-
trónica, y la ingeniería genética con su conjunto de desarrollos y aplicaciones (pp. 55 y 56).
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Incidencia de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en los procedimientos administrativos
y, por lo tanto, a la sociedad de la información o sociedad red: a. La información es la materia prima
del nuevo sistema; las tecnologías permiten actuar sobre la información y, a su vez, la información
actúa sobre la tecnología; b. Las tecnologías son instrumentos con alta capacidad de penetración de
la información; c. En cuanto a la conformación de la red, la interconexión de todos los sistemas o del
conjunto de relaciones configura la lógica que utilizan las nuevas tecnologías de la información; d.
La interacción y flexibilidad de los procesos en la red se puede modificar, reordenar, alterar, etc., y e.
La convergencia creciente de tecnologías específicas en un sistema altamente integrado es una de las
primordiales características de esta revolución tecnológica2628.
2656. Conforme con lo expuesto, es factible, entonces, entender que el ejercicio del poder guar-
da ahora otras proporciones y connotaciones, se sustenta y depende del manejo y control sobre las
comunicaciones, tanto por el Estado como por los particulares. “El poder de la comunicación está
en el centro de la estructura y la dinámica de la sociedad…”2629, por lo tanto, de su uso adecuado
y, sobre todo, con sujeción al ordenamiento constitucional y a sus principios y valores, depende el
afianzamiento de las instituciones democráticas y la consolidación del Estado de derecho.
2657. El ordenamiento jurídico así lo ha entendido incorporando a la sociedad nacional dentro
de los cometidos y finalidades de las tecnologías de la información y el conocimiento, en aras de su
consolidación como sociedad integrada e interactuante26. En el artículo .º de la Ley 11 de 29
se introducen los elementos finalísticos sustentadores del reconocimiento de la sociedad colombiana
como una sociedad vinculada a los conceptos materiales de tecnología, información y conocimiento.
2658. Esos elementos buscan la sustentación de una idea central y básica de comportamiento social
a partir del respeto y estímulo estatal, en primer lugar, el acceso y uso de las tic261, sin el cual, y
principalmente sin su garantía institucional, la gran brecha social de desigualdad no se podría romper
en el territorio nacional, y se acentuarían las diferencias sociales, culturales, económicas y políticas;
en segundo lugar, el despliegue y uso eficiente de la infraestructura, evitando los monopolios en las
mismas y profundizando en su carácter de interés general; en tercer lugar, el desarrollo de contenidos
y aplicaciones, que configuran ante todo el espíritu investigador y científico de la sociedad; en cuarto
lugar, la protección a los usuarios, que al fin y al cabo son los destinatarios de toda esa elaboración
teórica que nos involucra y que esperan los enormes beneficios de las tecnologías y de la información en
la consolidación del conocimiento, y, por último, la formación de talento humano en tales tecnologías
2628 manuel castells. La sociedad red, cit., pp. 87 a 92.
2629 manuel castells. Comunicación y poder, cit., pp. 2.
26 daniel peña valenzuela. “La sociedad de la información y la ley de Tecnologías de la Infor mación y las Comu-
nicaciones”, en aa.vv. Comentarios a la Ley de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, cit., pp. 197 y ss.;
cfr. una posición crítica en relación con los fundamentos ideológicos y políticos de la Ley 11 de 29 en sergio
roberto matías camargo. “Ley de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones tic, Revista Diálogo
de Saberes, julio-diciembre de 29, pp. 9 a 72.
261 En el ordenamiento jurídico colombiano se afirmó esta tendencia en los diferentes órdenes del poder, como, por
ejemplo, en lo contenido en el artículo 95 de la Ley 27 de 1996, donde se exige el auxilio de la tecnología al servicio
de la administración de justicia. Dicho aspecto ha sido resaltado en el precedente del Consejo de Estado. Sentencias
del 19 de febrero de 2, exp. 268 y 1 de mayo de 29, exp. 2591.

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