IV. Análisis del modelo. Concepción de la norma de comportamiento - ¿Qué prohíben las normas de comportamiento? - Libros y Revistas - VLEX 950590134

IV. Análisis del modelo. Concepción de la norma de comportamiento

Páginas51-78
51
iV.
análisis del modelo. concepción de la norma
de comportamiento
a. aSpectoS generaleS
Como se puede apreciar, el sistema elaborado por Kindhäu-
ser reviste un interés muy especial dentro del panorama
de la dogmática contemporánea. Su planteamiento no solo
se aparta en forma muy significativa del modelo estándar
del delito, sino que lo hace además por razones que ponen
en duda su misma base normológica y sugieren la necesidad
de adoptar una visión completamente distinta de la norma
y del proceso de afirmación de un hecho punible. Por si eso
fuera poco, el método de deducción de deberes que propone
no solo parece ser mucho más simple que las complicadas
elaboraciones que rigen la afirmación de la tipicidad en el
modelo estándar, sino que además permitiría, según sus
partidarios, identificar con mayor claridad el objeto de la
imputación y distinguirlo adecuadamente de los criterios
mediante los cuales esta se lleva a cabo.
El modelo de Kindhäuser es interesante también porque,
más allá de adoptar el esquema de análisis desarrollado por
la doctrina clásica de la imputación, lo que hace es ofrecer
un verdadero replanteamiento de él a la luz de la filosofía
del lenguaje. Todo ello convierte su propuesta en una de las
más interesantes de las últimas décadas y en una referencia
52 Felipe de la Fuente Hulaud
obligada al abordar las cuestiones relativas a la atribución
de responsabilidad penal.
Como ya se ha dicho, es imposible revisar aquí todos los
aspectos que ella involucra. No me referiré por ejemplo a
las cuestiones de orden subjetivo, pese a que son sin duda
de gran importancia, sino que me limitaré a examinar dos
afirmaciones centrales del modelo:
a) que la norma de comportamiento que subyace a los
delitos resultativos solo prohíbe las acciones que producen
el resultado y
b) que el silogismo práctico es el método más apropiado
para la determinación de la existencia de una conducta
constitutiva de infracción de deber.
En este capítulo analizaré la primera, comenzando por la
crítica que formula Kindhäuser a la concepción “tradicio-
nal” de la norma.
B. doS enFoqueS opueStoS SoBre el contenido de la norma
Para examinar las diferencias entre el modelo estándar
y el modelo analítico del delito lo primero que debemos
hacer es identificar el núcleo de la discordia con la mayor
claridad posible, aunque ello suponga repetir algunas cosas
ya dichas. En lo fundamental, la discrepancia entre ambos
modelos dice relación con la perspectiva desde la cual se
entiende formulada la norma de comportamiento y, en con-
secuencia, con la clase de conductas que pueden considerarse
prohibidas por esta.
Nadie discute que la norma de comportamiento se dirige
al ciudadano y no al juez, pero en lo que no hay coincidencia
es en torno a si eso debería tener alguna repercusión sobre
el contenido de la norma. Los partidarios de la TT piensan
que sí, y por tanto postulan que lo que la norma de con-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR