La judicialización de las decisiones contractuales: la actividad contractual se debate entre la función administrativa y la función judicial
Autor | María Catalina Guerrero Cárdenas |
Páginas | 1021-1041 |
38. L
:
(i)
(ii)
(iii)
(iv)
está conformada por todo el espectro material de atribuciones propias, no
cuando ejerzan funciones públicas administrativas, funciones que se traducen
satisfacción de los intereses públicos y generales”2.
En particular, es nece sario distinguir e ntre el significad o de la
activa y la llamada administ ración pasiva. (...)
entiende por funci ón administrativa por d os razones básicas. De un l ado,
por cuanto no es fácil diferenc iarla de las otras tarea s clásicas del Estado,
a saber de la legislación y, en especial , de la función judicial con la cu al
comparte muchos rasgos. Por ejemplo, un a utor de la talla de –y
en este punto es segui do por muchos otros doct rinantes– , ha sostenido que
no existe materialmen te ninguna diferencia ent re la labor administrati va
y la labor judicial pues amba s son la producción de una nor ma singular
(sentencia o decisión administra tiva) dentro del marco de posibilidade s
establecido por una nor ma general (ley). Para , la diferencia entre la
La función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
delegación y la desconcentración de funciones.
Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento
Compendio de derecho administrativo
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba