Terminación y liquidación del contrato estatal
Autor | Germán Eduardo Osorio Cifuentes |
Páginas | 835-852 |
30. T
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“(...) Al respecto, se observa el principio de planeación, cuya ausencia ataca la esencia misma del
que siempre está involucrado en todo contrato estatal. Se trata de exigirles perentoriamente a
las administraciones públicas una real y efectiva racionalización y organización de sus acciones
En efecto, los contratos del Estado “deben siempre corresponder a negocios debidamente
en otras palabras, el ordenamiento jurídico busca que el contrato estatal no sea el producto
de la improvisación ni de la mediocridad,” razón por la cual en todos ellos se impone el
deber de observar el principio de planeación. (...)”
(i)
(ii)
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