La libertad de expresión y el discurso del odio político en Colombia y España - Parte Temática - Constitucionalismo y comunicación política - Libros y Revistas - VLEX 954804375

La libertad de expresión y el discurso del odio político en Colombia y España

AutorCarlos Andrés Pérez-Garzón
Páginas123-189
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CAPÍTULO II
LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Y EL DISCURSO DEL ODIO POLÍTICO
EN COLOMBIA Y ESPAÑA
CARLOS ANDRÉS PÉREZ-GARZÓN
INTRODUCCIÓN
“Izquierdistas guerrilleros” o “PSOE asesinos” entre otras, son expresiones que, a
pesar de sonar chocantes, ofensivas e incluso discriminatorias, son compartidas en
redes sociales veloz y eufóricamente en estos días. Los nuevos medios de comunica-
ción facilitan que cualquier persona comparta sus ideas, acciones y sentimientos en
todo momento y ante una gran audiencia, casi sin importar el tono o la veracidad de
sus afirmaciones. Podría decirse que la exposición a esta gran cantidad de información
es benéfica para el desarrollo de la personalidad, del pensamiento autónomo y la vita-
lidad de una democracia que se nutre del intercambio de intereses y posiciones contra-
rias, no pocas veces chocantes. Sin embargo, es razonable pensar que ese tipo de ex-
presiones contienen un mensaje que, independientemente de su veracidad, incita a
detestar a aquellos que piensan políticamente diferente, incluso, a hacerles daño.
La polarización del debate político en Colombia y España es un buen ejemplo de
aquello. En ambos países, los grupos de derecha e izquierda utilizan un discurso polí-
tico cada vez más degradado, donde priman palabras bombásticas para captar la aten-
ción, pero también insultantes y ofensivas. Precisamente, esto se experimentó en Co-
lombia durante el Plebiscito por la Paz de 2016, donde el solo hecho de pertenecer a una
campaña o a la otra implicaba recibir apelativos como “guerrerista” o “guerrillero”;
pero también en España donde el discurso combativo del partido político VOX pro-
mueve repensarse la política migratoria, la descentralización autonómica, a partir de
expresiones fuertes contra la izquierda catalogándola de “pederastas” o “asesinos”.
El autor agradece a los colegas del grupo de investigación, CC - Constitucionalismo Comparado y al equipo
docente del CEPC, por los comentarios recibidos y la edición de este trabajo, pre sentado como requisito
de grado del máster en Derecho Constitucional.
ANUARIO XI: CONSTITUCIONALISMO Y COMUNICACIÓN POLÍTICA
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Así, surge la cuestión de si tales expresiones pueden ser consideradas un acto de dis-
criminación contra quien piensa diferente en política y, por lo tanto, deberían tener
algún límite.
En efecto, la discriminación está prohibida en ambos países. Recientemente, la fi-
gura del discurso del odio ha emergido en las últimas décadas con el fin de privar de
protección legal a aquellas expresiones que promueven el odio contra personas o gru-
pos en razón a ciertas características identitarias como su religión, ideología, raza, en-
tre otras. Sin embargo, a pesar de su uso cada vez más recurrente, aun no hay con-
senso sobre lo que significa discurso del odio ni hasta qué punto habría de implemen-
tarse.
Así, a partir de un estudio de caso entre Colombia y España, se buscará dar una
respuesta a la pregunta ¿las expresiones de odio por razones políticas deberían ser
sancionadas como discurso del odio o estar amparadas por el derecho a la libertad de
expresión (artículo 20 de las constituciones colombiana y española)? La hipótesis es
que no todo aquello que constituya discurso del odio debe ser prohibido a riesgo de
afectar la democracia, y el discurso del odio político es ejemplo de ello. De hecho, el
estudio muestra que aún en regímenes jurídicos diferentes como Colombia y España,
el discurso del odio en política tiene espacio para su protección como parte de la li-
bertad de expresión que revitaliza la democracia, siempre y cuando no se produzca
con él violencia real e inminente.
Para el estudio de esta cuestión, se realizó un análisis constitucional, histórico, con-
ceptual, comparado, jurisprudencial y casuístico entre Colombia y España1. La compa-
ración entre los dos Estados se justifica en que, a pesar de compartir tanto un con-
texto social de incitación al odio por razones políticas similar como dos ordenamien-
tos con principios jurídicos similares (de hecho, los constituyentes colombianos de
1991 se inspiraron en la constitución española), la protección a la libertad de expresión
y el manejo del discurso del odio en el ámbito político es diferente. Sin embargo, dicha
disparidad precisamente muestra cómo el discurso del odio político aún en contextos
disímiles puede justificarse legalmente dentro del ámbito de protección de la libertad
de expresión.
Así, el primer capítulo presentará el derecho a la libertad de expresión y el discurso
del odio desde un punto de vista histórico-comparado y conceptual. En el siguiente, se
hará un análisis comparado de ambas instituciones jurídicas entre Colombia y España.
El tercer apartado, y teniendo como base el estudio de dos casos problemáticos en las
dos jurisdicciones, analizará el concepto de discurso político y, en especial, el discurso
1 El autor se basa en la metodología de estudio denominada Escuela sociocultural, histórica y transnacional del
derecho público y del Estado constitucional del grupo de investigación CC - Constitucionalismo Comparado, véase,
e.g., BERND MARQUARDT, Historia y teoría constitucional comparada, t. 1, La ciencia & el protoconstitucionalismo,
Bogotá, Ibáñez, 2022, págs. 15-66.
PÉREZ: LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DISCURSO DEL ODIO POLÍTICO
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del odio político, como una categoría con la que se pretende -en últimas- justificar que
no todo discurso del odio en política es ni debe ser prohibido. Finalmente, se presen-
tarán unas breves conclusiones.
1. APROXIMACIÓN HISTÓRICA Y CONCEPTUAL
Para entender de forma integral los conceptos de libertad de expresión y discurso
del odio, es necesario contextualizarlos históricamente. De esta manera, en este sub-
capítulo, se presentará una breve historia comparada del surgimiento del derecho a la
libertad de expresión y, posteriormente, del discurso del odio como un límite de esta,
seguido de un análisis del concepto de cada institución.
A) LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
a) Contexto histórico
La libertad de expresión como derecho viene a consolidarse en la modernidad. Su
origen se ubica en las revoluciones ilustradas acaecidas en las Américas y Europa occi-
dental2. Si bien no es menos cierto que sus fundamentos filosóficos pueden encon-
trarse en antecedentes tan remotos como las obras de pensadores clásicos griegos y
romanos, la escolástica cristiana de la Edad Media y algunos intelectuales europeos de
la modernidad temprana3. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el término
“libertad de expresión” puede abarcar múltiples acepciones, razón por la cual un re-
cuento histórico anterior a la positivización del mismo puede llevar a confusiones y,
por eso, este análisis ha delimitado el objeto de estudio a partir de su concreción en las
primeras declaraciones de derechos y constituciones al final del siglo XVIII. Son dos
los principales documentos jurídicos que dan origen al derecho a la libertad de expre-
sión en el constitucionalismo moderno: la Constitución de Estados Unidos de América de
1787 donde la libertad de expresión se incluyó como derecho expresamente en la Bill
of Rights de 1791 y la Declaración francesa de los derechos del hombre y del ciudadano de 17894.
2 Panorama: B ERND MARQUARDT, Historia y teoría constitucional comparada, t. 2, El constitucionalismo moderno,
Hacia el Estado constitucional democrático, social y ambiental, Bogotá, Ibáñez, 2023, págs. 141 y ss.
3 FRANCISCO J. ANSUÁTEGUI R., Orígenes doctrinales de la libertad de expresión, Madrid, Univ. Carlos III (tesis de
doctorado), 1992, caps. 2-4.
4 Constitution of the United States de 1787 & Bill of Rights of the United States, Amendments of 1789/91, eds. por
HORST DIPPEL (Ed.), Constitutional Documents of the United States of America 1776-1860, National & Alabama -
Frankland, Múnich, K.G. Saur, 2006, págs. 45-69, 81-84; Déclaration fr ancesa des Droits de l’Homme e n Société
de 1789, Versailles, Baudoin, 1789, ed. por STEPHANE CAPORAL et al. (Eds.), Constitutional Documents of
France, Corsica and Monaco 1789-1848, Berlín & Nueva York, De Gruyter, 2010, págs. 29-32.

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