Normas imperativas de derecho internacional como fundamento de la responsabilidad agravada - Responsabilidad internacional del Estado por hechos internacionalmente ilícitos - La responsabilidad internacional agravada del Estado colombiano - Libros y Revistas - VLEX 650405189

Normas imperativas de derecho internacional como fundamento de la responsabilidad agravada

AutorGabriel Ernesto Figueroa Bastidas
Páginas21-29
21
Responsabilidad internacional del Estado por hechos internacionalmente ilícitos
graves podrán ser, en principio, sistemáticas y agrantes, pero también pueden
existir violaciones graves que, por su naturaleza, se consumarán con un solo
acto, verbigracia, prohibición de agresión, prohibición de tortura, esclavitud,
entre otros.
En síntesis, tales conductas ilícitas por parte de los Estados son las mis-
mas a los que el artículo 19 del antiguo Proyecto 1986 denominaba “crímenes
internacionales” y a los que ahora se rebautizó en los términos del artículo 40
del Proyecto 2001 de la  como “violaciones graves de obligaciones ema-
nadas de normas imperativas del derecho internacional general”58.
Normas imperativas de derecho internacional como fundamento
de la responsabilidad agravada
El concepto básico de normas imperativas de derecho internacional se
encuentra contenido en los artículos 53 y 64 de la Convencin de Viena sobre
el Derecho de los Tratados59. Esas disposiciones reconocen la existencia de
normas sustantivas de carácter fundamental, las cuales solo pueden ser dero-
gadas por otra norma de su mismo alcance; además, tal codicación reere
58 Sobre la diferencia entre delitos y crímenes internacionales se pueden consultar los trabajos de:
James Crawford, “International Crimes of States”, en e Law of International Responsibility, eds. James
Crawford, Alain Pellet y Simon Olleson (Oxford: Oxford University Press, 2010), 405-414; Alain Pellet,
“Le Crime International De L’État: Un Phoenix Juridique”, en e New International Criminal Law:
2001 International Law Session (esaurus Acroasium), ed. Kalliopi Koufa, v.  (Athens-essaloniki:
Sakkoulas Publications, 2003), 291-351; Pemmaraju Sreenivasa Rao, “International Crimes and State
Responsibility”, en International Responsibility Today: Essays in Memory of Oscar Schachter, ed. Maurizio
Ragazzi (Leiden: Brill, 2005), 63-80; Julio Barboza, “State Crimes: A Decaeinated Coee”, en e
International Legal System in Quest of Equity and Universality:Liber amicorumGeorges Abi-Saab, eds.
Laurence Boisson de Chazournes y Vera Gowlland-Debbas (Leiden: Bril l, 2001), 357-375.
59 “El concepto de ius cogens ha estado en sus orígenes ligado particularmente al derecho de los trata-
dos. Tal como está formulado el ius cogens en el artículo 53 de la Convencin de Viena sobre el Derecho
de los Tratados, ‘[e]s nulo todo tratado que, en el momento de su celebración, esté en oposición con una
norma imperativa de derecho internacional general’. Por su parte, el artículo 64 de la misma Convención
se reere al ius cogens superviniente, al señalar que ‘[s]i surge una nueva norma imperativa de derecho
internacional general, todo tratado existente que esté en oposición con esa norma se convertirá en nulo
y terminará’. El ius cogens ha sido desarrollado por la doctrina y la jurisprudencia internacionales. En su
evolución y por su propia denición, el jus cogens no se ha limitado al derecho de los tratados. El dominio
del jus cogens se ha ampliado, alcanzando también el derecho internacional general, y abarcando todos
los actos jurídicos. El jus cogens se ha manifestado, así, también en el derecho de la responsabilidad inter-
nacional de los Estados”. Cr, Condición jurídica y derechos de los inmigrantes indocumentados,
Opinión consultiva -18/03 del 17 de septiembre de 2003, párr. 98.

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