Régimen de las empresas sociales del estado - Título II. La organización del sistema general de seguridad social en salud - Libro II. El sistema general de seguridad social en salud - Sistema de seguridad social integral 2018 - Libros y Revistas - VLEX 734722917

Régimen de las empresas sociales del estado

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas326-329

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ARTÍCULO 194. NATURALEZA. La prestación de servicios de salud en forma directa por la nación o por las entidades territoriales, se hará principalmente a través de las Empresas Sociales del Estado, que constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la Ley o por las asambleas o concejos, según el caso, sometidas al régimen jurídico previsto en este capítulo.

- Artículo 194 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-408 del 15 de septiembre de 1994, Magistrado Ponente Dr. Fabio Morón Díaz.

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- Decreto Único Reglamentario 780 de 6 de mayo de 2016:

ARTÍCULO 2.5.3.8.4.1.1. NATURALEZA JURÍDICA. Las Empresas Sociales del Estado constituyen una categoría especial de entidad pública, descentralizada con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas o reorganizadas por ley o por las asambleas o concejos. (Artículo 1 del Decreto 1876 de 1994)

ARTÍCULO 2.5.3.8.4.1.2. OBJETO. El objeto de las Empresas Sociales del Estado será la prestación de servicios de salud, entendidos como un servicio público a cargo del Estado y como parte integrante del Sistema de Seguridad Social en Salud. (Artículo 2 del Decreto 1876 de 1994)

ARTÍCULO 2.5.3.8.4.1.3. PRINCIPIOS BÁSICOS. De conformidad con lo establecido en los artículos 194 a 197 de la Ley 100 de 1993, las Empresas Sociales del Estado, para cumplir con su objeto deben orientarse por los siguientes principios básicos:

  1. La eficiencia, definida como la mejor utilización de los recursos, técnicos, materiales, humanos y financieros con el fin de mejorar las condiciones de salud de la población atendida.

  2. La calidad, relacionada con la atención efectiva, oportuna, personalizada, humanizada, continua, de acuerdo con estándares aceptados sobre procedimientos científico-técnicos y administrativos y mediante la utilización de la tecnología apropiada, de acuerdo con los requerimientos de los servicios de salud que ofrecen y de las normas vigentes sobre la materia. (Artículo 3 del Decreto 1876 de 1994)

    ARTÍCULO 2.5.3.8.4.1.4. OBJETIVOS DE LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO. Son objetivos de las Empresas Sociales del Estado, los siguientes:

    1. Producir servicios de salud eficientes y efectivos que cumplan con las normas de calidad establecidas, de acuerdo con la reglamentación que se expida para tal propósito;

    2. Prestar los servicios de salud que la población requiera y que la Empresa Social, de acuerdo con su desarrollo y recursos disponibles pueda ofrecer;

    3. Garantizar mediante un manejo gerencial adecuado, la rentabilidad social y financiera de la Empresa Social;

    4. Ofrecer a las Entidades Promotoras de Salud y demás personas naturales o jurídicas que los demanden, servicios y paquetes de servicios a tarifas competitivas en el mercado;

    5. Satisfacer los requerimientos del entorno, adecuando continuamente sus servicios y funcionamiento;

    6. Garantizar los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria establecidos por la ley y los reglamentos. (Artículo 4 del Decreto 1876 de 1994)

    CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscrlptor. Ver www.nuevaleglslaclon.com)

    - Ley 100 de 23 de diciembre de 1993: Art. 195.

    - *Ley 1438 de 19 de enero de 2011: Arte. 10 y 11.

    - *Ley 1122 de 9 de enero de 2007: Art. 26.

    DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)

    - CONCEPTO 080410 DE...

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