Resolución CREG 020/96: Por la cual se dictan normas con el fin de promover la libre competencia en las compras de energía eléctrica en el mercado mayorista. - Normativa - VLEX 841338509

Resolución CREG 020/96: Por la cual se dictan normas con el fin de promover la libre competencia en las compras de energía eléctrica en el mercado mayorista.

Año1996
Número de resolución020/96
por la cual se aclaran y adicionan las normas dictadas con el fin de ptomever la competencia en las compras de energía eléctrica

Por la cual se dictan normas con el fin de promover la libre competencia en las compras de energía eléctrica en el mercado mayorista.

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO :

Que vista la experiencia de los primeros meses de funcionamiento del mercado mayorista de electricidad, la Comisión considera necesario precisar el alcance de algunas de las normas dictadas sobre la materia y establecer reglas adicionales que promuevan la competencia.

R E S U E L V E :

ARTICULO 1o. Definiciones. Para los efectos de esta resolución se adoptan las definiciones establecidas en otras normas del mercado mayorista y la siguiente:

Energía propia: es la suma que resulta entre la generación directa de una empresa y toda la energía que generan las empresas con las cuales tiene vinculación económica según la legislación comercial y tributaria. A su vez, se entiende por generación directa aquella que produce una empresa con activos de su propiedad o bajo su posesión, tenencia, uso, usufructo o cualquier otro título que le permita usar unos activos para generar energía sobre la cual tenga poder de disposición.

Siempre que una empresa se encuentre en cualquiera de los casos que constituyen vinculación económica según la legislación comercial y tributaria, se entenderá que desarrolla en forma combinada la actividad de generación con la de comercialización o distribución - comercialización.

ARTICULO 2o. Compras de energía por parte de usuarios no regulados. El usuario no regulado, cualquiera sea la cantidad de energía que demande, tiene libertad de comprarla a cualquier proveedor, sin estar sujeto a determinada clase de procedimientos.

ARTICULO 3o. Plazo de duración de los contratos. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 143 de 1994, los plazos que las partes pueden convenir para la...

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