Resolución CREG 065-2000: Por la cual se adicionan y/o modifican las disposiciones contenidas en el Código de Redes (Resolución CREG-025 de 1995 y demás normas que la modifican), relacionadas con los mantenimientos de los equipos del Sistema Interconectado Nacional (SIN). - Normativa - VLEX 841338653

Resolución CREG 065-2000: Por la cual se adicionan y/o modifican las disposiciones contenidas en el Código de Redes (Resolución CREG-025 de 1995 y demás normas que la modifican), relacionadas con los mantenimientos de los equipos del Sistema Interconectado Nacional (SIN).

Año2000
Número de resolución065-2000
Confiabilidad y Disponibilidad

Por la cual se adicionan y/o modifican las disposiciones contenidas en el Código de Redes (Resolución CREG-025 de 1995 y demás normas que la modifican), relacionadas con los mantenimientos de los equipos del Sistema Interconectado Nacional (SIN).

LA COMISION DE REGULACION DE ENERGIA Y GAS

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

C O N S I D E R A N D O:

Que de conformidad con la Ley 143 de 1994, Artículo 23, literal i), corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas establecer el Reglamento de Operación para realizar el planeamiento y la coordinación de la operación del Sistema Interconectado Nacional, después de haber oído los concepto del Consejo Nacional de Operación;

Que la Ley 143 de 1994, Artículo 23, literal n), le atribuyó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la facultad de definir y hacer operativos los criterios técnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energía;

Que mediante la Resolución CREG-025 de 1995 se estableció el Código de Redes como parte del Reglamento de Operación del Sistema Interconectado Nacional;

Que cualquier intervención sobre los Activos de Uso y Conexión al STN, las Interconexiones Internacionales de nivel de tensión igual o superior al IV y otros activos relevantes de los STR´s y/o SDL´s, incluyendo el mantenimiento de estos equipos, puede afectar los límites de intercambio entre Áreas Operativas, originar requerimientos de generación forzada, limitar la atención de la demanda y disminuir la confiabilidad del SIN;

Que en consecuencia, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, mediante la Resolución CREG-081 de 1999, estableció una metodología que permite definir el programa de mantenimientos de los Activos de Uso del STN y Conexión al STN, de las Interconexiones Internacionales de nivel de tensión igual o superior al IV y de otros activos relevantes de los STR´s y/o SDL´s, de tal manera que sea posible minimizar su impacto para el SIN;

Que se han recibido observaciones y sugerencias por parte del Centro Nacional de Despacho y del Consejo Nacional de Operación, sobre aspectos que se han encontrado en el desarrollo e implementación de la Resolución CREG-081 de 1999, en relación con los cuales la Comisión consideró conveniente efectuar los respectivos ajustes;

Que en cumplimiento del Decreto 266 de 2000, Artículos 31 y 32, la Comisión de Regulación de Energía y Gas publicó en el Diario Oficial No. 44132 del 18 de agosto de 2000, el Proyecto de Resolución CREG-005, que contiene la propuesta de aclaración a la modificación de las disposiciones contenidas en el Código de Redes, relacionadas con el mantenimiento de los equipos en el Sistema Interconectado Nacional (SIN);

Que dentro del plazo previsto para el efecto, se recibieron recomendaciones, solicitudes de corrección y otras observaciones por parte EEB (Radicación No. 6372), ISA (Radicación No. 6373), EEPPM (Radicación No. 6378), ELECTROCOSTA (Radicación No. 6382), CODENSA (Radicación No. 6396), ACOLGEN (Radicación No. 6411) y TRANSELCA (Radicación No. 6447);

Que conforme a lo dispuesto en la Ley 143 de 1994, el Consejo Nacional de Operación expresó sus opiniones sobre los aspectos contenidos en la presente Resolución;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas consideró conveniente efectuar ajustes al texto propuesto en el Proyecto de Resolución CREG-005 de 2000, teniendo en cuenta las observaciones recibidas en el sentido de incluir dentro del Programa de Mantenimiento las desconexiones de los equipos;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión No. 131 del 12 de septiembre de 2000 acordó expedir la reglamentación contenida en la presente Resolución;

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1o. Adiciónase la siguiente definición al Numeral 1.3 del Código de Operación (Resolución CREG-025 de 1995):

"Consignación de Emergencia:

Es el procedimiento mediante el cual se autoriza, previa declaración del agente responsable, la realización del mantenimiento y/o desconexión de un equipo, de una instalación o de parte de ella, cuando el estado del mismo o de la misma ponga en peligro la seguridad de personas, de equipos o de instalaciones, no pudiéndose cumplir con el procedimiento de programación del mantenimiento respectivo."

ARTÍCULO 2o. Modifícase el Numeral 2.1.1.1. del Código de Operación (Resolución CREG-025 de 1995), el cual quedará así:

“2.1.1.1 Información Básica

Mantenimientos y/o Desconexiones de los Equipos del SIN:

Se consideran cada uno de los mantenimientos y/o desconexiones requeridos por los equipos del STN, las unidades generadores y, en general, de los equipos del SIN que sean considerados de Consignación Nacional.

Para los equipos de generación, el programa de mantenimientos para los siguientes veinticuatro (24) meses será aquel que se encuentre consignado en el sistema de información descrito en el Numeral 2.1.1.3.

Para equipos del STN, las Interconexiones Internacionales de Nivel IV o superior, los Activos de Conexión al STN y los equipos de los STR´s y/o SDL´s que sean considerados como Consignación Nacional, el programa de mantenimientos para los siguientes veinticuatro (24) meses será aquel que se encuentre consignado en el sistema de información descrito en el Numeral 2.1.1.4".

ARTÍCULO 3o. El Aparte correspondiente a “Optimización a Largo Plazo” del Numeral 2.1.1.2 del Código de Operación (Resolución CREG-025 de 1995) quedará así:

"2.1.1.2 Optimización y Simulación

Optimización a Largo Plazo:

Se calculan los desembalsamientos mensuales que cumplan con el criterio de minimizar el valor esperado del valor presente de los costos de operación de los recursos de generación del SIN considerados en forma integrada, adicionando los costos de racionamiento. Para esto se usan metodologías de programación matemática. Para las unidades de generación se utilizan los índices de corto plazo (ICP) y el programa de mantenimientos reportados para los primeros doce (12) meses y los índices IH durante el resto del horizonte. Si algunas empresas han reportado mantenimientos para un horizonte de hasta veinticuatro (24) meses, de acuerdo con el numeral 2.1.1.1, éstos podrán ser considerados en los análisis energéticos en conjunto con los índices de indisponibilidad respectivos.

Como información de salida de estas metodologías se obtienen los desembalsamientos o costos incrementales a nivel mensual para cada uno de los embalses con período de regulación mayor que mensual.

La frecuencia de utilización de este programa es mensual, el horizonte cinco (5) años y el período de resolución un (1) mes."

ARTÍCULO 4o. El Numeral 2.1.1.3 del Código de Operación (Resolución CREG-025 de 1995) quedará así:

"2.1.1.3 Coordinación de Mantenimientos y/o Desconexiones de Equipos de Generación

Las empresas propietarias u operadoras de unidades o plantas generadoras despachadas centralmente, ingresarán su programa de mantenimientos y/o desconexiones mediante un sistema de información desarrollado por el CND, con el propósito de garantizar la reserva de potencia necesaria para la operación confiable y segura del SIN, de acuerdo con los criterios y parámetros técnicos definidos en éste Código de Redes y en los acuerdos del CNO.

Es obligatorio para todas las empresas antes mencionadas, la consignación de su programa de mantenimiento y/o desconexiones en este sistema de información.

En cualquier momento las empresas podrán ingresar al sistema de información para consignar y/o modificar,...

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