Resolución CREG 139-2021: ENERGÍA ELÉCTRICA - Resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución CREG 016 de 2021 - Normativa - VLEX 878025418

Resolución CREG 139-2021: ENERGÍA ELÉCTRICA - Resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución CREG 016 de 2021

Número de resolución139-2021
Año2021
Fecha de publicación12 Octubre 2021
Fecha03 Septiembre 2021

Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
RESOLUCIÓN No. 139 DE 2021
( 03 SEP. 2021 )

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P contra la Resolución CREG 016 de 2021

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolución CREG 016 de 2021 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la Electrificadora del Meta S.A. E.S.P.

En el documento CREG 012 de 2021 se encuentra el soporte de la Resolución CREG 016 de 2021, incluyendo los criterios de revisión de la información, las bases de datos y los cálculos empleados por la Comisión para definir las variables aprobadas en esta resolución.

La Electrificadora del Meta S.A. E.S.P., mediante comunicaciones con radicados CREG E‑2021-004247 y E-2021-004386, presentó recurso de reposición contra la Resolución CREG 016 de 2021 y, posteriormente, mediante comunicaciones con radicados CREG E-2021-008009, E-2021-008369, E-2021-008573 y E‑2021-008694; envió aclaraciones relacionadas con el registro de líneas en archivos del sistema de información geográfico y con la asignación de algunos activos del plan de inversiones.

A continuación se transcriben las peticiones presentadas en el recurso de reposición, y se presenta el respectivo análisis de la Comisión.

Solicitudes del numeral 3.1

3.1 (…)

  • En el archivo BRA_0 OR-EMSA.xlsx en la Hoja formato6_UC_SE

Inventario CRI

Subestación Granada (IUS 009) debe reconocerse la UC N4S1 (IUA 100090008000) de la línea 115 kV Granada – San Jose (IUL 0110) la cual es propiedad de EMSA y está reconocida en las Resoluciones CREG 045-2003 y 025-2010 (Como se indicó en el Oficio Radicado CREG E-2019-003938 en respuesta al Auto S-2019-00729)

Subestación Barzal (IUS 025) debe reconocerse la UC N3S1 (IUA 10025000K000) de la línea 34.5 kV Barzal – Fundadores (IUL 0095) y tiene las secciones (IUA 201430001000 y 201430002000) que se comparten estructuras con e inicio del circuito 34.5 kV Primavera (IUL 0143) y se conecta con el circuito 34.5 kV Ocoa – Villavicencio (IUL 0099) para efectuar suplencias o traslados de carga y para operar en paralelo en la implementación del anillo 34.5 kV Barzal – Ocoa – Catama – Caños Negros – Barzal. Esta bahía está reconocida en las Resoluciones CREG 045-2003 y 025-2010.

Subestación Cumaral (IUS 005) debe reconocerse la UC N3S1 (IUA 100050006000) de la línea 34.5 Cumaral – Japón (IUL 0085). En la información básica de líneas se presentó un lapsus involuntario en la asignación del IUS inicial de 0085 a 0005. Esta bahía está reconocida en las Resoluciones CREG 045-2003 y 025-2010. En documento de alcance al presente recurso se enviará el unifilar actualizado.

Inventario CRIN

Subestación Cumaral (IUS 005) debe reconocerse la UC N3S1 (IUA 10005000O000) de la línea 34.5 kV ESMERALDA – CUMARAL (IUL 00092), que fue construida y puesta en operación en el proyecto de modernización y automatización de la subestación. En documento de alcance al presente recurso se enviará el unifilar actualizado.

Subestación Cumaral (IUS 005) debe reconocerse la UC N3S25 (IUA 10005000Q000), ya que el módulo de barraje cambia de Tipo 1 a Tipo 2 al pasar de 2 a 3 bahías de 34.5 kV y que fue ampliado en el proyecto de modernización y automatización de la subestación. En documento de alcance al presente recurso se enviará el unifilar actualizado.

Subestación Cumaral (IUS 005) debe reconocerse la UC N3S35 (IUA 10005000R000), ya que el módulo de barraje cambia de Tipo 1 a Tipo 2 al pasar de 2 a 3 bahías de 34.5 kV y que fue ampliado en el proyecto de modernización y automatización de la subestación. En documento de alcance al presente recurso se enviará el unifilar actualizado.

Subestación Puerto Gaitán (IUS 032) para la UC N4S26 (IUA 10032000H000) debe adicionarse el diferencial de Área correspondiente MÓDULO DE BARRAJE TIPO 3 – CONFIGURACIÓN BARRA DOBLE – TIPO CONVENCIONAL y que fue ampliado en el proyecto de compensación reactiva capacitiva, reconocida en la Resolución CREG 030-2017 y 061-2017.

Subestación Catama (IUS 045) debe reconocerse la UC N3S1 (IUA 100450008000) de la línea 34.5 kV CAÑOS NEGROS – CATAMA 34.5 kV (IUL 0144), la cual fue construida y puesta en operación. En documento de alcance al presente recurso se enviará el unifilar actualizado.

Subestación Catama (IUS 045) debe reconocerse la UC N3S1 (IUA 100450009000) de la línea 34.5 kV VILLAVICENCIO 34.5 kV (IUL 099), la cual fue construida y puesta en operación. En documento de alcance al presente recurso se enviará el unifilar actualizado.

En el archivo BRA_0 OR - EMSA.xlsx en la Hoja formato7_UC_lineas

Inventario CRIN

La línea 115 kV Ocoa - Suria (0093) deben reconocerse 3.73 km de la UC N4L2 y 26.95 km de la UC N4L6. Esta línea está reconocida en la Resolución CREG 081-2013.

La línea 115 kV Suria - Puerto López2 (147) deben reconocerse 57.69 km de la UC N4L6. Esta línea está reconocida en la Resolución CREG 081-2018

En la siguiente imagen del archivo LINEASNIVEL4.shp allegado al Expediente 2018-0162 solicitud de aprobación de los ingresos asociados con el sistema de Transmisión Regional y Sistema de Distribución Local que opera EMSA, que contiene las líneas de nivel de tensión 4 que contiene las líneas 115 kV Ocoa - Suria (IUL 093) y Suria - Puerto López2 (IUL 147). En documento de alcance al presente recurso se enviará nuevamente el archivo shape generado.

(…)

Adicionalmente, en la Línea 115 kV Suria - Puerto López2 (0147) deben reconocerse 57.6 km de la UC N4L52 km DE FIBRA ÓPTICA ADSS/OPGW, que se habían solicitado a la CREG en el proceso de actualización Costo Anual Activos de Nivel de Tensión 4. Segundo circuito Suria - Puerto López 115 kV. Radicados CREG E-2017-011741 y E-2018-000181, mediante oficio EMSA 20184000116051 el cual se anexa y el que se remite alcance de Concepto UPME N 201015200014111, y que por error involuntario no fue incluido en el inventario CRIN

Subestación Ocoa (IUS 030) debe reconocerse cuatro (4) UC N4EQ15E (IUA 100300034000, 100300035000, 100300036000, 100300037000) correspondientes a Filtro de Armónicos y que fue construido y puesto en operación reconocidos en las Resoluciones CREG 0302017 y 061-2017

Subestación Suria (IUS 046) debe reconocerse tres (3) UC N4EQ15E (IUA 100460020000, 100460021000, 100460022000) correspondientes a Filtro de Armónicos y que fue construido y puesto en operación reconocidos en las Resoluciones CREG 030-2017 y 061-2017.

Subestación Puerto Gaitán (IUS 032) debe reconocerse una (1) UC N4EQ15E (1UA 10032001B000,) correspondientes a Filtro de Armónicos y que fue construido y puesto en operación reconocidos en las Resoluciones CREG 030- 2017 y 061-2017.

Subestación Suria (IUS 046) debe verificarse la cantidad de 853 m2 a valor unitario de $671.760 de la UC N4EQ26E (IUA 10032001C000) correspondientes a Pantalla de Mitigación de Ruido y que fue construido y puesto en operación reconocidos en las Resoluciones CREG 030-2017 y 061-2017.

Subestación Puerto Gaitán (1US 032) debe verificarse la cantidad de 433 m2 a valor unitario de $671.760 de la UC N4EQ26E (IUA 100460023000) correspondientes a Pantalla de Mitigación de Ruido y que fue construido y puesto en operación reconocidos en las Resoluciones CREG 030-2017 y 061-2017.

Inventario CRIN

En el archivo Calculo ingresos D EMSA.xlsx, Hoja EMSA se reconocen 4.363 nuevos transformadores de nivel 1 NTNj,1,1 y 2.945 nuevas redes...

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