Resolución número 001585 de 2023, por la cual adiciona la Resolución 1850 2022, 'por la cual se establece el programa de fomento a proyectos e iniciativas productivas en acuicultura, pesca artesanal y actividades conexas, por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) en el territorio nacional, en cumplimiento de su función misional' en lo relacionado con el componente de encadenamiento productivo - Pez Total, 'la pesca y la acuicultura hecha empresa' y se dictan otras disposiciones' - 24 de Julio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 940109979

Resolución número 001585 de 2023, por la cual adiciona la Resolución 1850 2022, 'por la cual se establece el programa de fomento a proyectos e iniciativas productivas en acuicultura, pesca artesanal y actividades conexas, por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) en el territorio nacional, en cumplimiento de su función misional' en lo relacionado con el componente de encadenamiento productivo - Pez Total, 'la pesca y la acuicultura hecha empresa' y se dictan otras disposiciones'

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca
Número de Boletín52466

El Director General de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP), en ejercicio de sus facultades legales, en particular las que le confiere el numeral 15 del artículo y los numerales 4 y 8 del artículo 11 del Decreto número 4181 de 2011, el artículo 4º de la Ley 2268 de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley 13 de 1990, "por la cual se dicta el Estatuto General de Pesca" determinó que dicha ley tiene por objeto regular el manejo integral y la explotación racional de los recursos pesqueros con el fin de asegurar su aprovechamiento sostenido.

Que el Decreto número 1071 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural" compilatorio de los Decretos números 2256 de 1991 y 1835 de 2021, definen el marco regulador para el manejo integral y la explotación racional de los recursos pesqueros con

el fin de asegurar las disposiciones de la Ley 13 respecto del aprovechamiento sostenido, lo cual garantizará el mejoramiento socioeconómico de las poblaciones que ejercen las actividades pesqueras y de la acuicultura, y por ende el mejoramiento de las condiciones de vida de dichas poblaciones.

Que el artículo 4º de la Ley 2268 de 2022, por medio de la cual se expiden normas para garantizar beneficios sociales focalizados a los pescadores artesanales comerciales y de subsistencia, determinó que le corresponde a la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP), ser la autoridad responsable del fomento de la pesca artesanal o de pequeña escala, así como del mejoramiento focalizado de las condiciones socioeconómicas de los pescadores artesanales comerciales y de subsistencia, en el marco de la legislación vigente en materia de desarrollo rural, como implementar proyectos en los cuales se apoye a los pescadores artesanales y de subsistencia, acuicultores, pequeños comercializadores de productos pesqueros y demás actores involucrados directamente en las cadenas pesquera y de la acuicultura, con el fin de contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades que ejercen las actividades mencionadas y otras inherentes al quehacer de las mismas en el territorio nacional.

Que el artículo 5º de la ley mencionada, asigna a la AUNAP funciones adicionales, entre otras, "a) Planear, definir y ejecutar los programas para la implementación de la política de desarrollo rural, para las comunidades de los pescadores artesanales comerciales y de subsistencia y acuicultores, con especial atención de la población vulnerable".

Que el Gobierno nacional, con miras a fortalecer las actividades de fomento, investigación, ordenamiento, registro, control y vigilancia, asigna anualmente a la AUNAP recursos económicos para que se dirijan a actividades de fomento en beneficio de los pescadores artesanales, acuicultores, pequeños comercializadores de productos pesqueros y demás actores involucrados directamente en las cadenas pesquera y de la acuicultura, debidamente asociados y/o agremiados, con el fin de que se incremente el nivel de vida de esa población vulnerable y desprotegida, y los que no lo estén, se formalicen y hagan parte de los apoyos.

Que en desarrollo de ello, la AUNAP tiene la potestad de realizar alianzas estratégicas con entidades públicas, universidades, gremios y otras organizaciones privadas, nacionales e internacionales, para consolidar el fomento, la investigación, la gestión del conocimiento e información de la pesca y de la acuicultura, así como la de establecer mecanismos de fomento y desarrollo productivo para las actividades de la acuicultura y la pesca, y promover ante las autoridades competentes los programas de desarrollo social y económico para los pequeños productores de los sectores de la acuicultura y la pesca, con el fin de que mejoren las condiciones de extracción, producción, beneficio, transporte, procesamiento, conservación, almacenamiento y comercialización de los productos, logrando mantener la cadena de frío, cuando se requiera, y por ende un mayor valor agregado en el precio del producto final.

Que la Resolución número 1850 de 2022 emitida por la AUNAP "por la cual se establece el programa de fomento a proyectos e iniciativas productivas en acuicultura, pesca artesanal y actividades conexas, por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) en el territorio nacional, en cumplimiento de su función misional", establece el Programa de Fomento a proyectos e iniciativas productivas en pequeña y mediana acuicultura, acuicultura de subsistencia, pesca artesanal y actividades conexas, por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP), como mecanismo para el desarrollo productivo en el territorio nacional, a través del apoyo para la implementación de proyectos o iniciativas productivas sostenibles en acuicultura, pesca artesanal y actividades conexas en el territorio nacional, con el fin de contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida y la generación de ingresos de las poblaciones de pescadores artesanales, acuicultores y pequeños comerciantes, principalmente, los cuales deberán estar debidamente asociados u organizados formalmente, lo cual propenderá por el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros y de la acuicultura.

Que el artículo 5º de la mencionada resolución determina que el programa actuará en cinco (5) componentes como ejes centrales a saber:

"(1) Generar procesos de articulación y gestión de la oferta institucional a nivel regional, que posibiliten complementar e integrar los programas del sector; (2) Apoyar proyectos e iniciativas productivas sostenibles de pesca artesanal, acuicultura y comercialización de productos pesqueros y/o de la acuicultura, principalmente, bajo criterios de necesidades particulares de cada región, transparencia, concertación, productividad, equidad, competitividad y sostenibilidad; (3) Apoyar a las asociaciones, agremiaciones, grupos, colectividades, comunidades o formas organizativas formales y similares de pescadores artesanales, acuicultores, pequeños comercializadores de productos pesqueros y demás actores involucrados directamente en las cadenas pesquera y de la acuicultura, mediante la adecuación y/o construcción de infraestructura, entrega de bienes, equipos, insumos, elementos, materiales y similares, requeridos para el ejercicio de tales actividades productivas; (4) Generar procesos de acompañamiento integrales que fortalezcan social, organizativa, técnica y productivamente a los beneficiarios del programa y a sus familias, en torno a sus necesidades identificadas con el fin de buscar la asociatividad; y (5) Generar procesos de seguimiento, evaluación y monitoreo del programa, que permitan hacer constantemente ejercicios efectivos de retroalimentación y lecciones aprendidas tanto del programa como de los proyectos e iniciativas productivas sostenibles a implementar y/o implementadas dentro de los procesos misionales de la entidad".

Que la estrategia del programa de Fomento está dirigida a apoyar proyectos e iniciativas productivas para el beneficio de asociaciones, agremiaciones, grupos, colectividades, comunidades o similares, debidamente formalizados ante la Autoridad Pesquera y de la Acuicultura y/o propender mediante acciones y mecanismos eficientes, lograr su formalización y que hagan parte de la legalidad.

Que dentro de los ciclos de producción y de generación de cadena de valor, es necesario apoyar y fomentar de manera decidida los procesos de encadenamiento productivo en el territorio nacional, así como promover la participación del sector pesquero y acuícola mediante estrategias de comercialización y ventas en el mercado nacional e internacional.

Que en ese orden de ideas, se habilita y le compete a la AUNAP, en cumplimiento de su objeto y funciones misionales, promover e impulsar, dentro del programa de fomento a proyectos e iniciativas productivas en pequeña y mediana acuicultura, pesca comercial artesanal y actividades conexas, procesos fortalecimiento de la cadena de producción del sector pesquero y acuícola para establecimiento de mercados, provisión de servicios esenciales de postextracción pesquera, y reducción de incertidumbre y riesgos que caracterizan los procesos de comercialización agropecuaria mediante procesos de eslabonamiento de empresas que componen diferentes etapas del proceso productivo pesquero y acuícola, como una oportunidad para el fortalecimiento empresarial y productivo del sector, permitiendo incrementar su participación en los mercados nacionales y su incursión en los mercados internacionales.

La Dirección de Administración y Fomento mediante el Memorando Interno DTAF-442 de 2023 con radicado número I2023NC001795 remitió memoria justificativa en virtud de la cual señaló que es necesario emitir la presente resolución por las siguientes razones:

- La inclusión del componente de encadenamiento productivo - PezTotal, "la pesca y la acuicultura hecha empresa" a la Resolución 1850 2022, radica principalmente en los lineamientos que dicta la Ley 2268 de 2022 en la cual la AUNAP deberá propender por el fortalecimiento comercial y encadenamiento productivo de las organizaciones de productores del sector pesquero y acuicultor, por medio de la implementación de planes de negocios que les permita la disminución de la intermediación e informalidad en las relaciones comerciales, y generando mayor competitividad de los productores nacionales que les permita acceder a nuevos clientes en el mercado nacional como internacional.

- Por medio de los planes de negocio que...

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