Resolución número 003006 de 2016, por la cual se autoriza el uso de Soya DAS 68416 xMON 89788 (DAS-68416-4 x MON-89788-1) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos para consumo humano - 30 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656605377

Resolución número 003006 de 2016, por la cual se autoriza el uso de Soya DAS 68416 xMON 89788 (DAS-68416-4 x MON-89788-1) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos para consumo humano

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50102

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades reglamentarias, en especial, las conferidas por el artículo 2.13.7.3.5 del Decreto 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, se adoptó el 5 de junio de 1992 y fue aprobado por Colombia mediante la Ley 165 de 1994, la cual fue declarada exequible por la honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C-519 de 1994.

Que el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, fue adoptado el 29 de enero de 2000 y aprobado en Colombia mediante Ley 740 de 2002, la cual fue declarada exequible por la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-071 de 2003.

Que las disposiciones del Decreto 4525 de 2005 se recogieron en el Decreto 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo, Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, que fue modificado por los Decretos 1298, 1449, 1565, 1648, 1780, 1934, 2020, 2179, 2537 de 2015; 13, 440 y 947 de 2016, el cual estableció en el capítulo 3, del título 7 de la parte 13 del libro 2, el marco regulatorio de los Organismos Vivos Modificados (OVM).

Que mediante el artículo 1º de la Resolución 227 de 2007, expedida por el entonces Ministerio de la Protección Social, se conformó el Comité Técnico Nacional de Bioseguri-dad para Organismos Vivos Modificados (OVM) con uso en salud o alimentación humana exclusivamente (CTNSalud), integrado por el Ministro de la Protección Social hoy de Salud y Protección Social o su delegado, el Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) o su delegado y el Director de Colciencias o su delegado.

Que una de las funciones del citado comité es recomendar al Ministro de Salud y Protección Social la expedición del acto administrativo de autorización para el desarrollo de actividades con Organismos Vivos Modificados (OVM).

Que la sociedad DOW Agrosciences de Colombia S. A. con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., identificada con NIT 800.087.795-2, a través de José Cooz Sánchez, Segundo Renglón de la Junta Directiva Principal, según consta en Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad, en comunicación dirigida al Invima bajo escrito radicado con el número 13092659 del 31 de octubre de 2013, solicitó autorización para uso comercial del evento de Soya DAS 68416 x MON 89788 (DAS-68416-4 x MON-89788-1) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos para consumo humano (Folios 37 a 39, 57 y 58).

Que el análisis de la documentación que soporta la evaluación de...

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