Resolución número 0585 de 2022, por la cual se adopta e implementa el trámite de cesión a título gratuito de bienes de los extintos ICT-INURBE con vocación de uso público y/o zonas de cesión obligatoria y gratuita, conforme a las normas y reglamentos vigentes - 5 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 909123062

Resolución número 0585 de 2022, por la cual se adopta e implementa el trámite de cesión a título gratuito de bienes de los extintos ICT-INURBE con vocación de uso público y/o zonas de cesión obligatoria y gratuita, conforme a las normas y reglamentos vigentes

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín52117

El Viceministro de Vivienda Encargado del Empleo de Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades conferidas en los artículos 9, 58, 59 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2º del Decreto 3571 de 2011, modificado por el artículo 1º del Decreto 1604 de 2020, el Decreto 1370 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política en su artículo 209 dispone que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley".

Que el artículo 39 del Decreto ley 019 de 2012 establece que "Las entidades públicas y los particulares que ejercen una función administrativa expresamente autorizadas por la Ley para establecer un trámite, deberán previamente someterlo a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública adjuntando la manifestación del impacto regulatorio, con la cual se acreditará su justificación, eficacia, eficiencia y los costos de implementación para los obligados a cumplirlo; así mismo deberá acreditar la existencia de recursos presupuestales y administrativos necesarios para su aplicación. En caso de encontrarlo razonable y adecuado con la política de simplificación, racionalización y estandarización de trámites, el Departamento Administrativo de la Función Pública autorizará su adopción e implementación".

Que la Resolución 455 del 24 de agosto de 2021, proferida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, establece lineamientos generales para la autorización de trámites creados por la Ley, la modificación de los trámites existentes, el seguimiento a la política de simplificación, racionalización y estandarización de trámites y se reglamenta el

Artículo 25

de la Ley 2052 de 2020.

Que el Decreto ley 200 de 1939 creó el Instituto de Crédito Territorial (ICT), como un establecimiento público encargado de la construcción y financiación de programas de vivienda popular en todo el país. Posteriormente a través de Ley 3a de 1991 el Instituto de Crédito Territorial (ICT) cambió su denominación por Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (INURBE).

Que mediante la Ley 281 de 1996 se redefinieron las funciones del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (INURBE), y se autorizó al Gobierno la organización de una Unidad Administrativa Especial (UAE) de los Asuntos del Instituto de Crédito Territorial (ICT) con el objeto de adelantar las funciones a cargo del INURBE. La mencionada Unidad fue creada mediante el Decreto 1565 de 1996 y posteriormente disuelta y liquidada a través del Decreto 1121 de 2002.

Que el Gobierno nacional mediante el Decreto 554 de 2003 ordenó la liquidación y supresión del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (INURBE) y en su artículo 11 señaló que concluido el plazo para la liquidación del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (INURBE), en Liquidación, los bienes, derechos y obligaciones pasarán a la Nación, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el marco de lo dispuesto en la Ley 1444 de 2011 y el Decreto 3571 de 2011.

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante Resolución número 0052 de 29 de enero de 2013, conformó y organizó en la Dirección del Sistema Habitacional del Viceministerio de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el grupo interno de trabajo "Grupo de Titulación y Saneamiento Predial" y determinó entre otras de sus funciones: "3. Apoyar a la Dirección del Sistema Habitacional en la elaboración y/o revisión de actos administrativos relacionados con programas y proyectos de titulación y/o saneamiento predial."

Que mediante acta de entrega final de liquidación, suscrita el día trece (13) de febrero de 2014 por el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio y el funcionario designado por el mismo, de conformidad con la Resolución número 0651 del 30 de octubre de 2013, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en cumplimiento del Decreto 2328 del 22 de octubre de 2013, se liquidó de manera definitiva el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (INURBE) en Liquidación.

Que de conformidad con lo anterior, el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, delegó en el/la Coordinador(a) del Grupo de Titulación y Saneamiento Predial mediante la Resolución número 0508 del 5 de octubre del 2020, modificada en su artículo segundo por la Resolución número 555 del 29 de julio del 2022, se dispuso: "Delegar en el servidor público al que se asigne la función...

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