Resolución número 0785 de 2023, por medio de la cual se declara un incumplimiento al proyecto BARRIO LA MONTAÑA ETAPA III, en el municipio de Medellín, departamento de Antioquia - 16 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 973944529

Resolución número 0785 de 2023, por medio de la cual se declara un incumplimiento al proyecto BARRIO LA MONTAÑA ETAPA III, en el municipio de Medellín, departamento de Antioquia

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín52611

La Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda, en uso de las facultades legales que le confieren el artículo 8º del Decreto número 555 de 2003 y Decreto número 1077 de 2015, la Resolución número 019 de 2011 y el Protocolo de Incumplimiento;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 555 de 2003, creó el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), con el objetivo .de ejecutar y administrar todo lo concerniente al PROGRAMA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL., además le otorgó entre otras, la función de garantizar y diseñar políticas de control financiero y físico de los proyectos a los cuales se les asignan subsidios familiares de vivienda, asimismo, las de declarar las medidas de incumplimiento a los proyectos que no cumplan con las especificaciones técnicas, jurídicas y financieras, por lo cual puede imponer sanciones por dicho incumplimiento de acuerdo a las condiciones de inversión de los recursos de vivienda de interés social.

Que para una efectiva utilización de los subsidios de vivienda de interés social que el Fondo Nacional de Vivienda asigna a los hogares, mediante el Decreto número 2190 de 2009, compilado y derogado por el Decreto número 1077 de 2015, - por el cual se expide el Decreto Único del Sector Vivienda-, reglamentó la distribución de recursos del Presupuesto Nacional para los denominados "Concursos de Esfuerzo Territorial Nacional" y "Concursos de Esfuerzo Territorial Departamental, dirigidos a hogares independientes o personas no vinculadas al sistema formal de trabajo.

Que por lo anterior, en el artículo 15 del Decreto número 2190 de 2009 (incorporado en el Decreto número 1077 de 2015, y derogado por el Decreto número 1533 de 2019, articulo 23), los municipios pertenecientes a las categorías 3, 4, 5 y 6 debían presentar los proyectos ante la entidad evaluadora de proyectos FINDETER, los cuales una vez revisados y declarados elegibles, podían participar en este concurso, en el que el municipio y/o departamento aportaba(n) recursos complementarios para facilitar el acceso a una solución habitacional para las familias de más bajos ingresos vinculadas al SISBÉN y en algunos casos objeto de reubicación, por estar localizados en zonas de alto riesgo no mitigable.

Que mediante Resoluciones número 1715 de 2006, 1762 de 2006, 187 de 2007, 231 de 2007, 297 de 2007, 510 de 2007, 54 de 2008, 443 de 2008, 600 de 2008, 1474 de 2010 proferidas por el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), se asignaron seiscientos treinta y nueve (639) subsidios familiar el de vivienda urbana para ejecutarse en el proyecto de vivienda denominado BARRIO LA MONTAÑA ETAPA III, en el municipio de Medellín, departamento de Antioquia, correspondientes a los recursos de la Bolsa del Concurso de Esfuerzo Territorial Departamental, Bolsa Ordinaria, Bolsa Atentados Terroristas, para la ejecución de vivienda de interés social, por valor de cuatro mil seiscientos cincuenta y dos millones cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta pesos ($4.652.045.850,00) moneda legal.

Que FINDETER emitió la elegibilidad BUN - 2006 - 0009 al proyecto denominado

BARRIO LA MONTAÑA ETAPA III, ubicado en el municipio de Medellín, departamento de Antioquia, siendo oferente el INSTITUTO SOCIAL DE VIVIENDA Y HABITAT DE MEDELLÍN - ISVIMED, representado legalmente por el señor Director René Hoyos Hoyos, o por quien haga sus veces al momento de ser notificado el presente acto administrativo.

Que para el caso del proyecto BARRIO LA...

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