Resolución número 0788 de 2023, por medio de la cual se declara un incumplimiento al proyecto CIUDADELA EL REMANSO ETAPA II en el municipio de Pereira - departamento de Risaralda - 16 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 973944535

Resolución número 0788 de 2023, por medio de la cual se declara un incumplimiento al proyecto CIUDADELA EL REMANSO ETAPA II en el municipio de Pereira - departamento de Risaralda

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín52611

La Directora Ejecutiva del Fondo Nacional De Vivienda, en uso de las facultades legales que le confieren el artículo 8º del Decreto número 555 de 2003 y Decreto número 1077 de 2015, la Resolución número 019 de 2011 y el Protocolo de Incumplimiento;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 555 de 2003 creó el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), con el objetivo de ejecutar y administrar todo lo concerniente al PROGRAMA DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL, además le otorgó entre otras, la función de garantizar y diseñar políticas de control financiero y físico de los proyectos a los cuales se les asignan subsidios familiares de vivienda, asimismo, las de declarar las medidas de incumplimiento a los proyectos que no cumplan con las especificaciones técnicas, jurídicas y financieras, por lo cual puede imponer sanciones por dicho incumplimiento, de acuerdo a las condiciones de inversión de los recursos de vivienda de interés social.

Que para una efectiva utilización de los subsidios de vivienda de interés social que el Fondo Nacional de Vivienda asigna a los hogares, mediante el Decreto número 2190 de 2009, compilado y derogado por el Decreto número 1077 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único del Sector Vivienda", reglamentó la distribución de recursos del Presupuesto Nacional para los denominados "Concursos de Esfuerzo Territorial Nacional" y "Concursos de Esfuerzo Territorial Departamental" , dirigidos a hogares independientes o personas no vinculada al sistema formal de trabajo.

Que por lo anterior, en el artículo 15 del Decreto número 2190 de 2009 (incorporado en el Decreto número 1077 de 2015, y derogado por el Decreto número 1533 de 2019, articulo 23), los municipios pertenecientes a las categorías 3, 4, 5 y 6 debían presentar los proyectos ante la entidad evaluadora de proyectos FINDETER, los cuales una vez revisados y declarados elegibles, podían participar en este Concurso, en el que el municipio y/o departamento aportaba(n) recursos complementarios para facilitar el acceso a una solución habitacional para las familias de más bajos ingresos vinculadas al SISBÉN y en algunos casos objeto de reubicación, por estar localizados en zonas de alto riesgo no mitigable.

Que mediante Resoluciones número 660, 1715 de 2006 y 031 de 2007, proferidas por el Fondo Nacional de Vivienda, se asignaron doscientos treinta y ocho (238) subsidios familiares de vivienda urbana para ejecutarse en el proyecto de vivienda denominado

CIUDADELA EL REMANSO ETAPA II, en el municipio de Pereira, departamento de

Risaralda, correspondientes a los recursos de Bolsa de Población Desastres Naturales, dentro del programa de mejoramiento estructural, por valor de dos mil millones treinta y nueve mil ciento ochenta y cuatro pesos ($2.039.184.000).

Que FINDETER emitió la elegibilidad LIC-003513-2 al proyecto denominado CIUDADELA EL REMANSO ETAPA II, ubicado en el municipio de Pereira, departamento de Risaralda, siendo oferente el MUNICIPIO DE PEREIRA, representado legalmente por el señor Alcalde CARLOS ALBERTO MAYA LÓPEZ, o por quien haga sus veces al momento de ser notificado el presente acto administrativo.

Que para el caso del proyecto CIUDADELA EL REMANSO ETAPA II, ubicado en el municipio de Pereira, departamento de Risaralda, los recursos de doscientos treinta y ocho (238) subsidios se ejecutaron bajo la modalidad de giro anticipado, en los términos del artículo 2.1.1.1.1.5.1.2 del Decreto número 1077 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que el Decreto número 555 de 2003 establece en el numeral 10 del artículo la facultad al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), de adelantar las investigaciones e...

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