Resolución número 100-001881 de 2022, por medio de la cual se modifica la Resolución 100-000040 del 8 de enero de 2021 en virtud de las modificaciones introducidas por el Decreto 1380 de 2021 - 10 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 897058163

Resolución número 100-001881 de 2022, por medio de la cual se modifica la Resolución 100-000040 del 8 de enero de 2021 en virtud de las modificaciones introducidas por el Decreto 1380 de 2021

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín51944

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 40, 46, 47 y 48 del artículo 8º del Decreto 1736 de 2020 modificado por el Decreto 1380 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020 dispuso que, a partir del 1º de enero de 2022, las funciones en materia de supervisión de cámaras de comercio y las previstas en los artículos 27, 37 y 94 del Código de Comercio, asignadas a la Superintendencia de Industria y Comercio, serían asumidas por la Superintendencia de Sociedades y se ordenó al Gobierno nacional reglamentar la materia.

Que, con ocasión a lo anterior, el 28 de octubre de 2021 el Gobierno nacional expidió el Decreto 1380 de 2021 por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1736 de 2020 que modifica la estructura de la Superintendencia de Sociedades y se dictan otras disposiciones.

Que mediante el Decreto 1380 de 2021 se creó la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos adscrita a la Delegatura de Supervisión Societaria y se asignaron y modificaron funciones a diferentes áreas de la Entidad relacionadas con las atribuciones a que hace referencia el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020.

Que en el marco de los principios de eficiencia y celeridad que se predican de la actuación administrativa, es necesario garantizar el desarrollo adecuado de las funciones asignadas a la Superintendencia de Sociedades, estableciendo los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos.

Que así mismo, en virtud de lo dispuesto por el Decreto 1380 de 2021, en materia de supervisión de cámaras de comercio, resulta necesario ajustar las funciones de la Delegatura de Supervisión Societaria, su Dirección de Supervisión de Procedimientos Especiales, las de la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios, su Dirección de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables y las de la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones.

Que en razón a que el Decreto 1380 de 2021 incluyó algunas modificaciones relacionadas con las facultades que en materia de Soborno Transnacional tiene asignada la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios y su Dirección de Cumplimiento,

resultan también necesarios algunos ajustes en cuanto a las facultades asignadas a dichas dependencias.

Que así mismo, el Decreto 1380 de 2021 incluyó modificaciones relacionadas con las facultades de la Delegatura de Intervención y Asuntos Financieros Especiales y su Dirección de Investigaciones Administrativas por Captación y de Supervisión de Asuntos Financieros Especiales, por lo |que también se requiere ajustarlas en la presente resolución.

Que con el propósito de poder ejercer de mejor forma las facultades de supervisión a cargo de la Superintendencia, se ha considerado necesario ajustar las instrucciones acerca de la forma en la que las dependencias con funciones administrativas pueden solicitar a la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia el inicio de un proceso de reorganización o de uno de liquidación.

Que en razón a la Ley 2052 de 2020, el Decreto 1380 de 2021 modificó las responsabilidades de la Secretaría General, haciéndose necesario ajustar sus facultades de este despacho y las de algunas de sus diferentes dependencias adscritas.

Que mediante Resolución 100-003221 del 16 de junio de 2021 se creó el Grupo de Empalme de las Funciones de Supervisión de Cámaras de Comercio, los Registros Públicos y el ejercicio de la profesión del Comercio, adscrito a la Delegatura de Supervisión Societaria y se le asignaron funciones, a fin de contar con un equipo de personas dedicado de forma especial a realizar las actividades preparatorias y de empalme para cumplir con lo ordenado por el artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. En razón a que se llevaron a cabo las funciones asignadas al grupo, la creación de la Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos mediante el Decreto 1380 de 2021 y la vinculación del personal asignado a la misma, el mencionado Grupo de Empalme deja de ser necesario y por tanto requiere suprimirse.

Que se hace necesario realizar ajustes que corresponden con la operatividad de algunas dependencias de la Entidad y sus equipos de trabajo, por lo que, como consecuencia de lo expuesto, el Superintendente de Sociedades,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 1º de la Resolución 100-000040 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así:

"Artículo 1º. Despacho del Superintendente de Sociedades. El Superintendente de Sociedades tendrá, además de las funciones señaladas en el artículo 8º del Decreto 1736 de 2020 modificado por el artículo 5º del Decreto 1380 de 2021, las que sean asignadas a la Superintendencia de Sociedades por las leyes, decretos y reglamentos.

Las funciones asignadas a las Delegaturas, Direcciones y Oficinas y cualquier otra dependencia podrán ser ejercidas en cualquier tiempo por el Superintendente de Sociedades".

Artículo 2º Modificar el artículo 10 de la Resolución 100-000040 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así:

"Artículo 10. Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones.

Además de las funciones asignadas en el artículo 13 del Decreto 1736 de 2020, la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones tendrá las siguientes: 10.1 Definir y estructurar los procesos contractuales con recursos de inversión y funcionamiento para presentación al Comité de Contratación, acorde con el Plan Anual de Adquisiciones que se establezca para cada período y conforme a los lineamientos que al efecto establezca el Superintendente de Sociedades.

10.2 Definir las estrategias tecnológicas para la implementación de la seguridad informática en las diferentes plataformas, aplicaciones y bodegas de datos que sean autorizadas por el Superintendente de Sociedades.

10.3 Establecer estrategias para mantener actualizado a nivel de hardware y software el laboratorio forense, así como gestionar con las áreas respectivas los planes de formación y certificación de ingenieros en herramientas forenses.

10.4 Establecer y mantener el modelo de arquitectura datos, aplicaciones y tecnología alineado con las políticas del Gobierno nacional y las indicaciones que para el efecto llegare a establecer el Superintendente de Sociedades.

10.5 Liderar la implementación de la política de gobierno digital, del modelo de privacidad y seguridad de la información y la protección de datos personales, en lo referente a las actividades propias de la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones.

10.6 Proponer la implementación de nuevas tecnologías de información basadas en analítica de datos e inteligencia artificial que faciliten la ejecución de los procesos y la toma de decisiones.

10.7 Gestionar y supervisar los diferentes proyectos de tecnologías de...

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