Resolución número 100-006163 de 2023, por medio de la cual se crea un centro de servicios al ciudadano en la ciudad de San José de Cúcuta-Norte de Santander - a cargo de la Intendencia Regional de Bucaramanga de la Superintendencia de Sociedades y se le asignan unas funciones - 4 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 931386237

Resolución número 100-006163 de 2023, por medio de la cual se crea un centro de servicios al ciudadano en la ciudad de San José de Cúcuta-Norte de Santander - a cargo de la Intendencia Regional de Bucaramanga de la Superintendencia de Sociedades y se le asignan unas funciones

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín52385

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 40, 44, 47 y 48 del artículo 8 del Decreto número 1736 de 2020 modificado por el artículo 5o del Decreto número 1380 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,por medio de la cual se regida el ejercicio de la función administrativa, determina la estructura y define los principios y reglas básicas de organización y funcionamiento de la Administración Pública, establece lo siguiente:

“El Gobierno nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.

Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.

En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento

Que de conformidad con el artículo 8 del Decreto número 1736 de 2020, modificado por el artículo 5 del Decreto número 1380 de 2021, son funciones del Superintendente de Sociedades, entre otras:

“(...)

40. Expedir los actos administrativos que le corresponden como Jefe del Organismo;

(...)

44. Organizar las Intendencias Regionales, según las necesidades del servicio, en el territorio nacional;

(...)

47. Organizar grupos internos de trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación internas para el mejor desempeño de las funciones de la Superintendencia;

48. Asignar o distribuir, dentro de la estructura definida en este decreto, las competencias que le correspondan a 1a Superintendencia de Sociedades cuando esto sea necesario para el mejor desempeño en 1a prestación del servicio o para 1a adecuada ejecución de funciones de competencia residual; y; j’j

Que la estructura de la Superintendencia de Sociedades se encuentra determinada por el artículo 6 del Decreto número 1736 de 2020, modificado por el artículo 3 del Decreto número 1380 de 2021.;

Que el artículo 2 de la Resolución número 100-000040 del 8 de enero de 2021, estableció las oficinas y grupos internos de trabajo adscritos al Despacho del Superintendente de Sociedades y las dependencias del Despacho, entre las cuales se encuentran las Intendencias regionales.;

Que el artículo 35 del Decreto número 1736 de 2020, establece las funciones a cargo de las Intendencias regionales;

Que el artículo 76 de la Ley 1474 de 2011 dispone que en toda entidad pública deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen y que se relacionen con el cumplimiento de la...

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