Resolución número 20223040077365 de 2022, por la cual se modifica el parágrafo del artículo 19 de la Resolución 20223040045515 de 2022: 'por la cual se actualiza el sistema del Registro Nacional de Despachos de Carga -RNDC y se dictan otras disposiciones' - 22 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 917680396

Resolución número 20223040077365 de 2022, por la cual se modifica el parágrafo del artículo 19 de la Resolución 20223040045515 de 2022: 'por la cual se actualiza el sistema del Registro Nacional de Despachos de Carga -RNDC y se dictan otras disposiciones'

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín52256

El Ministro de Transporte en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el literal b) del artículo de la Ley 105 de 1993, el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el parágrafo 2º del artículo 44 del Decreto número 101 de 2000 modificado por el artículo 5º del Decreto número 2741 de 2001, el numeral 2.4 del artículo 2º, los numerales 6.2, 6.3, 6.5, 6.10 del artículo 6º del Decreto número 087 de 2011, el artículo 2.2.1.7.1.1 del Decreto número 1079 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política, corresponde a los ministros formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que el numeral 2 del artículo de la Ley 105 de 1993: "por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales", señala que: "La operación del transporte público en Colombia es un servicio público bajo la regulación del Estado, quien ejercerá el control y La vigilancia necesarios para su adecuada prestación, en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad".

Que el artículo 5º de la Ley 336 de 1996, "por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte" : establece que el carácter de servicio público otorgado a la operación de las empresas de transporte implicará la prelación del interés general sobre el particular, especialmente, en cuanto a la garantía de la prestación del servicio y a la protección de los usuarios.

Que el artículo 2.2.1.7.1.1. del Decreto número 1079 de 2015, Único Compilatorio del Sector Transporte, establece que: "Para todos los efectos a que haya Lugar, el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga será regulado por el Ministerio de Transporte".

Que el Ministerio de Transporte expidió la Resolución número 20213040005875 de 2021: "por la cual se reglamentan las condiciones, criterios técnicos y la metodología para el reporte de información del Sistema de Información Enturnamiento Portuario en el módulo INSIDE del sistema de información del Registro Nacional de Despachos de Carga - RNDC" y mediante el parágrafo 1 º del artículo 7º modificado por el artículo 1º de la 20213040024725 de 2021, estableció que la verificación del Registro de Viaje Urbano para la asignación de turno o agendamiento de citas sería opcional hasta tanto el Ministerio de Transporte reglamente las condiciones, criterios técnicos y metodología para que las empresas de transporte realicen el Registro de Viaje Urbano en el sistema de información Registro Nacional de Despachos de Carga - RNDC-. Así mismo, que si durante este periodo el autorizado opta por la verificación deberá consultar a través del sistema de información Registro Nacional de Despachos de Carga - RNDC- la existencia del número de radicación del Registro de Viaje Urbano asignado a la empresa o en aquellos eventos en que esta no haya realizado el Registro de Viaje Urbano se tomará como número de radicación del Registro de Viaje Urbano el consecutivo 500000001.

Que posteriormente el Ministerio de Transporte expidió la Resolución número 20223040045515 de 2022: "por la cual se actualiza el sistema del Registro Nacional de Despachos de Carga -RNDCy se dictan otras disposiciones", en la que se definió el Registro Obligatorio de Viaje Municipal, antes viaje urbano, y se establecieron las condiciones, criterios técnicos y metodología para que las empresas de transporte realicen el Registro de Viaje Municipal en el sistema de información Registro Nacional de Despachos de Carga - RNDC-.

Que el parágrafo del artículo 19 de la citada Resolución número 20223040045515 de 2022, estableció lo...

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