Resolución número 334 de 2023, por la cual se adopta una determinación final dentro del examen de extinción iniciado mediante la Resolución número 011 del 23 de enero de 2023 - 20 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 974118725

Resolución número 334 de 2023, por la cual se adopta una determinación final dentro del examen de extinción iniciado mediante la Resolución número 011 del 23 de enero de 2023

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín52615

La Directora de Comercio Exterior, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que les confieren los numerales 5 y 7 del artículo 18 del Decreto Ley 210 de 2003 modificado por el artículo 3º del Decreto número 1289 de 2015, el Decreto número 1794 de 2020 que modificó el Decreto número 1074 de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto número 1794 de 2020, el cual adicionó el Capítulo 7 al Título 3 de la Parle 2 del Libro 2 del Decreto número 1074 de 2015, el Gobierno nacional reguló la aplicación de derechos antidumping.

Que por medio de la Resolución número 055 del 21 de marzo de 2018, publicada en el Diario Oficial 50.543 del 22 de marzo de 2018, la Dirección de Comercio Exterior dispuso la terminación de la investigación administrativa abierta mediante la Resolución número 009 del 30 de enero de 2017, imponiendo derechos antidumping definitivos a las importaciones de tambores metálicos cilíndricos de capacidad igual a 208 litros, clasificadas en la subpartida arancelaria 7310.10.00.00, originarias de la República de Chile, consistentes en un gravamen Ad-valorem del 10,35% sobre el valor FOB declarado por el importador, adicional al arancel vigente en el Arancel de Aduanas Nacional para dicha subpartida, por un período de cinco (5) años a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

Que mediante la Resolución número 011 del 23 de enero de 2023, publicada en el Diario Oficial 52.288 del 25 de enero de 2023, la Dirección de Comercio Exterior ordenó de oficio el inicio del examen de extinción con el objeto de determinar si la supresión de los derechos antidumping impuestos mediante la Resolución número 055 de 2018 a las importaciones de tambores metálicos cilíndricos de capacidad igual a 208 litros, clasificadas en la subpartida arancelaria 7310.10.00.00, originarias de República de Chile, permitiría la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Que de acuerdo con el artículo 2º de la Resolución número 011 de 2023, los derechos antidumping definitivos establecidos en la Resolución número 055 de 2018, han permanecido vigentes durante el examen de extinción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.10.3 del Decreto número 1794 de 2020.

Que a la investigación administrativa iniciada por la Dirección de Comercio Exterior le correspondió el expediente ED-211-02-122, en el cual se encuentran los documentos y pruebas allegadas por todas las partes interesadas intervinientes en la misma.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2.2.3.7.6.7 y 2.2.3.7.11.3 del Decreto número 1794 de 2020 y en el artículo 3 de la Resolución número 011 de 2023, a través del aviso de convocatoria publicado en el Diario Oficial 52.294 del 31 de enero de 2023 la Subdirección de Prácticas Comerciales (en adelante la Autoridad Investigadora) convocó a quienes acreditaran interés en el examen de extinción para que expresaran su posición debidamente sustentada y aportaran o solicitaran las pruebas que consideraran pertinentes.

Que la Autoridad Investigadora, por medio de oficio 2-2023-002628 del 2 de febrero de 2023, informó al representante legal de la sociedad GREIF COLOMBIA S. A. S., como representante de la rama de producción nacional, sobre la expedición de la Resolución número 011 de 2023.

Que según lo establecido en los artículos 2.2.3.7.6.7 y 2.2.3.7.11.4 del Decreto número 1794 de 2020, la Autoridad Investigadora, mediante correo electrónico del 2 de febrero de 2023, comunicó al gobierno de la República de Chile, a los importadores, exportadores y productores extranjeros conocidos, sobre la expedición de la Resolución número 011 de 2023 e informó que en la URL: https://www.mincit.gov.co/mincomercioexterior/ defensa-comercial/dumping/investigaciones antidumping-en-curso/examen-extincion-tambores-metalicos-cilindricos, se encuentra el expediente público que contiene los documentos y pruebas relativas al examen de extinción de los derechos antidumping, así como los cuestionarios de la investigación, para consulta y trámite de los interesados.

Que por medio de oficio 2-2023-002722 del 3 de febrero de 2023, la Autoridad Investigadora remitió copia de la Resolución número 011 de 2023 a la Embajada de la República de Chile en Colombia.

Que durante el plazo mencionado anteriormente, el apoderado especial de la sociedad MANUFACTURAS METALÚRGICAS RHEEM CHILENA SPA, por medio de escrito allegado mediante correo electrónico del 14 de marzo de 2023, presentó solicitud de prórroga del plazo para presentar respuestas a cuestionarios.

Que mediante la Resolución número 047 del 15 de marzo de 2023, publicada en el Diario Oficial 52.338 del 16 de marzo de 2023, la Dirección de Comercio Exterior prorrogó hasta el 24 de marzo de 2023 el plazo con que cuentan todas las partes interesadas para dar respuesta a los cuestionarios dentro de la investigación.

Que por medio de radicado número 1-2023-009469 del 17 de marzo de 2023, el apoderado especial de MANUFACTURAS METALÚRGICAS RHEEM CHILENA

LIMITADA -RHEEM, aportó diligenciados los cuestionarios en versión pública y confidencial, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.6.20 del Decreto número 1794 de 2020.

Que el 24 de marzo de 2023 se dio inicio al periodo para prácticas de pruebas solicitadas por las partes interesadas en el examen de extinción de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.3.7.11.5 del Decreto número 1794 de 2020, por el término de un (1) mes.

Que por medio de radicado número 1-2023-013396 del 18 de abril de 2023, la apoderada especial de la sociedad GREIF COLOMBIA S. A. S. presentó solicitud de ampliación del periodo probatorio.

Que mediante Resolución número 077 del 20 de abril de 2023, publicada en el Diario Oficial 52.372 del 21 de abril de 2023, la Dirección de Comercio Exterior prorrogó hasta el 16 de mayo de 2023 el término con que cuenta la Autoridad Investigadora para practicar pruebas a solicitud de parte interesada.

Que de conformidad con los artículos 2.2.3.7.6.13 y 2.2.3.7.11.6 del Decreto número 1794 de 2020, en concordancia con lo dispuesto en los párrafos 2 y 3 del artículo 6 del Acuerdo Relativo a la Aplicación del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (en adelante Acuerdo Antidumping de la OMC) y por solicitud del apoderado especial de MANUFACTURAS METALÚRGICAS RHEEM CHILENA SPA -

RHEEM, el 19 de abril de 2023 la Autoridad Investigadora celebró audiencia pública entre partes intervinientes.

Que por medio de radicado número 2-2023-013212 del 9 de mayo de 2023, la Autoridad Investigadora, en observancia del artículo 2.2.3.7.6.11 del Decreto número 1794 de 2020, anunció la programación de visita de verificación de las cifras económicas, financieras y demás información aportada por GREIF COLOMBIA S. A. S., la cual fue realizada los días 11, 12, 15 y 16 de mayo de 2023.

Que por medio de Auto del 16 de mayo de 2023 se interrumpió, hasta el 2 de junio de 2023, el plazo para alegatos dentro de la investigación de carácter administrativo iniciada mediante la Resolución número 011 del 23 de enero de 2023.

Que a través de radicado número 1-2023-021476 del 16 de junio de 2023, la sociedad GREIF COLOMBIA S. A. S. presentó alegatos de conclusión dentro del plazo establecido.

Que a través de radicado número 1-2023-021729 del 20 de junio de 2023 la sociedad

MANUFACTURAS METALÚRGICAS RHEEM CHILENA SPA -RHEEM presentó alegatos de conclusión, dentro del término establecido.

Que el término de dos (2) meses previsto para el envío de Hechos Esenciales de conformidad con los artículos 2.2.3.7.6.16 y 2.2.3.7.11.7 del Decreto número 1794 de 2020, se contabilizó del 20 de junio al 22 de agosto de 2023.

Que mediante Resolución número 170 del 18 de agosto de 2023, publicada en el Diario Oficial 52.495 del 22 de agosto de 2023, la Dirección de Comercio Exterior prorrogó hasta el 5 de septiembre de 2023 el término con que cuenta la Autoridad Investigadora para el envío del documento de Hechos Esenciales a las partes interesadas intervinientes en la investigación.

Que el 5 de septiembre de 2023 la Autoridad Investigadora, de conformidad con los artículos 2.2.3.7.6.16 y 2.2.3.7.11.7 del Decreto número 1794 de 2020, remitió a todas las partes interesadas intervinientes en la investigación el documento de Hechos Esenciales.

Que las sociedades GREIF COLOMBIA S. A. S. y MANUFACTURAS METALÚRGICAS RHEEM CHILENA SPA-RHEEM presentaron observaciones al documento de Hechos Esenciales dentro del término establecido para ese efecto.

Que de acuerdo con el Decreto...

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