Resolucion numero 035 de 1998, por la cual se adecuan las fechas y términos establecidos en las Resoluciones CREG-083 y 084 de 1997, de acuerdo con la nueva fecha de aplicación, por primera vez, de las fórmulas tarifarias para el servicio público domiciliario de los gases licuados del petróleo (GLP). - 25 de Febrero de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59798499

Resolucion numero 035 de 1998, por la cual se adecuan las fechas y términos establecidos en las Resoluciones CREG-083 y 084 de 1997, de acuerdo con la nueva fecha de aplicación, por primera vez, de las fórmulas tarifarias para el servicio público domiciliario de los gases licuados del petróleo (GLP).

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín43247

por la cual se adecuan las fechas y términos establecidos en las Resoluciones CREG-083 y 084 de 1997, de acuerdo con la nueva fecha de aplicación, por primera vez, de las fórmulas tarifarias para el servicio público domiciliario de los gases licuados del petróleo (GLP).

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO:

De acuerdo con la Ley 142 de 1994, en especial los artículos 73 y 74.1, literal d), corresponde a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) regular las tarifas para la comercialización y distribución de gas;

Que la CREG expidió la Resolución 083 de 1997, por la cual se establece la fórmula general de costos y las fórmulas tarifarias de las actividades de los comercializadores mayoristas y distribuidores de los gases licuados del petróleo (GLP), y se dictan otras disposiciones, y la Resolución 084 de 1997, por medio de la cual se establece la fórmula tarifaria por producto y transporte para los grandes comercializadores de GLP y se dictan otras disposiciones, modificada esta última mediante Resolución CREG-144 de 1997;

Que la CREG, por medio de las Resoluciones 110 y 144 de 1997, consideró conveniente posponer hasta el primero de marzo de 1998 la fecha de aplicación, por primera vez, de las fórmulas tarifarias establecidas mediante las Resoluciones 083 y 084 de 1997;

Que mientras entra a regir el régimen de fórmulas tarifarias, la Comisión estableció unas tarifas mediante la Resolución CREG-110 de 1997;

Que es necesario adecuar las fechas y términos establecidos en las Resoluciones 083 y 084 de 1997, de acuerdo con la nueva fecha de aplicación, por primera vez, de las fórmulas tarifarias para el servicio público domiciliario de los gases licuados del petróleo (GLP), según se dispone en las Resoluciones 110 y 144 de 1997 expedidas por la CREG;

Que es necesario actualizar el ingreso máximo del transporte por ductos del gran comercializador y los márgenes de comercialización mayorista y distribución, desde la fecha de expedición de la Resolución CREG-110 de 1997 hasta la nueva fecha...

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