La responsabilidad fiscal contractual - Control fiscal y la gestión de las entidades fiduciarias - Libros y Revistas - VLEX 950166431

La responsabilidad fiscal contractual

AutorIván Darío Gómez Lee
Páginas59-81
59
capítulo iii
la responsabilidad fiscal contractual
Instauró la Carta Política, en el numeral 5 del artículo 268, la
atribución para los contralores de establecer la responsabilidad
que se derive de la gestión fiscal. La declaratoria de responsa-
bilidad fiscal es el resultado de un proceso encaminado a
obtener una decisión jurídica en el sentido de que un deter-
minado servidor público, o particular que maneje fondos
o bienes de la Nación debe asumir con su patrimonio las
consecuencias derivadas de actuaciones irregulares que
hayan ocasionado daños al erario, por su conducta dolosa
o gravemente culposa.
Entonces, la responsabilidad fiscal, como resultado de
la violación de alguno de los principios de eficiencia, eco-
nomía, o eficacia que ocasiona un detrimento (inc. 3.º art.
267)1, es declarada mediante el proceso fiscal, eminente-
mente administrativa, de carácter subjetivo, patrimonial y
no sancionatoria, autónoma e independiente, porque opera
sin perjuicio de cualquier otra clase de responsabilidad, y,
finalmente, en su trámite deben acatarse las garantías del
debido proceso2.
Las reformas de los últimos años vienen cumpliendo
el propósito de imprimirle identidad, certeza y contenido
1 Corte Constitucional. Sentencia C-840 del 9 de agosto de 2001, Exp. D-3389,
M. P.: clara INéS vargaS.
2 Corte Constitucional. Sentencia C-054 del 6 de febrero de 1997, Exp. D-1384,
M. P.: aNtoNIo Barrera carBoNell.
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a las normas que regulan el proceso de responsabilidad
fiscal; se han suplido los vacíos y deficiencias de la exigua
regulación contenida en la Ley 42 de 1993 y el Decreto ley
126 de 1975. Actualmente las principales fuentes legales de
la responsabilidad fiscal son las leyes 610 de 2000 y 1474 de
2011, aunque existen otras fuentes supletivas, aplicables solo
cuando existen vacíos en las normas principales enunciadas.
1. el eStatuto aNtIcorrupcIóN, ley 1474 de 2011
La estructura de esta nueva ley está compuesta por tres
clases de normas que establecen el régimen del proceso de
responsabilidad fiscal: las que regulan un procedimiento
verbal para el trámite del proceso de responsabilidad fiscal,
actuación nueva que se surte en dos audiencias, de imputa-
ción o de cargos y de decisión, el primer grupo de normas
sólo se aplica al procedimiento verbal; las que modifican
trámites del procedimiento ordinario para hacerlos más
expeditos, y, finalmente un conjunto de normas aplicables
a los dos procedimientos, tanto a los verbales, que crea la
nueva norma, y para los ordinarios de la Ley 610 de 2000.
Además, se introduce un aspecto sustantivo de la mayor
importancia cual es la configuración de unas presunciones
de responsabilidad fiscal para la contratación (analizadas
en el Capítulo II del presente texto “La gestión fiscal con-
tractual”). En Capítulo Iv se determinan las presunciones
de culpa de este nuevo Estatuto
2. caracteríStIcaS de la reSpoNSaBIlIdad fIScal
El proceso de responsabilidad fiscal posee cuatro caracte-
rísticas o atributos básicos3:
3 Corte Constitucional colombiana. Sentencia SU-620 de 1998, M. P.: vladImIro
NaraNjo meSa.

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