SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002020-00514-01 del 10-06-2020 - Jurisprudencia - VLEX 847680421

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100122030002020-00514-01 del 10-06-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha10 Junio 2020
Número de expedienteT 1100122030002020-00514-01
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC3706-2020


AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


STC3706-2020

Radicación n° 11001-22-03-000-2020-00514-01

(Aprobado en sesión virtual de diez de junio de dos mil veinte)



Bogotá, D. C., diez (10) de junio de dos mil veinte (2020).


Decide la Corte la impugnación formulada frente al fallo proferido el 4 de mayo de 2020 por la S. Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en la acción de tutela promovida por G., J., M.R., J.E., L.M., M. y D.E.M., Blanca Myriam Mejía Grisales, D.E.R., Martha Lucía Suárez Erazo, E.M.P., Sergio Mauricio Méndez Londoño, J.E.R.P., Natalia Luján Velásquez, J.D.C.S. y Madhanna Mónica Ballestas Restrepo contra la Presidencia de la República, las Mesas Directivas del Senado y Cámara de Representantes, Departamento Nacional de Planeación y los Ministerios de Ambiente, Educación, Ciencia y Tecnología, a cuyo trámite se vinculó a las carteras ministeriales de Salud, Transporte, Agricultura, Minas y Energía, Industria, Comercio y Turismo, de Justicia y Hacienda; la ONU – Jefe Delegación en Colombia – Representante Para Asuntos Ambientales y el de los Derechos Humanos Programa PNUMA; la Alcaldía Mayor de Bogotá; el Gobernador de Cundinamarca; la Defensoría del Pueblo; la Procuraduría General de la Nación; el Presidente de la Conferencia de Gobernadores; la Federación de Alcaldes; la Universidad Nacional de Colombia; la Asociación Colombiana de Universidades – ASCUN; el Laboratorio de Bioinformática Bios de Manizales; el I.tituto Von Humboldt; la Fundación Natura; «Greenpeace» Colombia; la Fundación Conservación Internacional Colombia; la Asociación Colombiana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental ACODAL; la Dirección Nacional del Sistema de Parques y Reservas Naturales; la Organización «De Justicia»; los Profesores Titulares de Derecho Ambiental de las Universidades Nacional, P.J., Los Andes y Universidad Distrital; la Federación Nacional de Comerciantes FENALCO; la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia ANDI; la Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas ACOPI; la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo ANATO; la Sociedad de Agricultores de Colombia SAC; la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia ASOBANCARIA; la Corte Suprema de Justicia; el Consejo de Estado; la Corte Constitucional; la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA; el Departamento Nacional de Estadística DANE; el Congreso de la República; la Cámara de Representantes; el Senado de la República; el I.tituto Colombiano Agropecuario ICA; el I.tituto Nacional de Salud INS; la Radiodifusora Nacional RTVC y la Imprenta Nacional de Colombia.


ANTECEDENTES


Los accionantes, «con proyección de “efectos erga omnes o inter comunis” ad vitam natura universalis, en bien del superior interés general de la nación colombiana», reclamaron la protección de los derechos fundamentales a la vida, a la salud y al «debido proceso en un ambiente sano y sostenible», inclusive «de los seres animales no racionales de nuestro sistema nacional ambiental», presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas.


En síntesis, solicitaron, entonces:


i]. …conceder la tutela… incluyendo… a la fauna y vegetación de todas nuestras reservas y parques naturales, fuentes y corrientes de agua marinas, submarinas, fluviales, acuíferos; corrientes de aire, nevados, páramos, tierras cultivables o no; Todo esto, en conexión directa con los mismos derechos Fundamentales Constitucionales inherentes a la Vida, como a la Salud Públicas; que han de garantizarse DESDE UN VERDADERO MODELO DE DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE, a todos los habitantes del Territorio Nacional.


ii]. …BAJO EL AUSPICIO DEL DECRETO LEY 417 DE 2020 QUE HA DECLARADO LA EMERGENCIA ECOLÓGICA, SOCIAL Y ECONÓMICA… se ordene a las autoridades y entidades accionadas COORDINEN, para que, en el término improrrogable de un mes, SE EXPIDAN LOS DECRETOS NACIONALES QUE HABRÁN DE DAR SUSTENTO LEGAL A LAS ÓRDENES EMANADAS EN ESTA OCASIÓN POR LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL.


Lo anterior se haga PREVIENDO dicho decreto que la misma DEBERÁ acudir por lo menos en FORMA VIRTUAL, a las diferentes regiones a preparar los consensos ciudadanos para la asunción de medidas que EL PODER LEGISLATIVO, EL PODER EJECUTIVO, EL PODER JUDICIAL Y LOS PODERES DE CONTROL (Contraloría General De La República, Procuraduría General de la Nación JUNTO A DEFENSOR DEL PUEBLO), habrán de tomar. PREVIENDO QUE EN CUALQUIER CASO DICHA MESA ENTRARÁ EN FUNCIONAMIENTO DENTRO DE LOS DOS MESES CALENDARIO SIGUIENTES A LA EJECUTORIA DE SENTENCIA EN FIRME…


iii]. … en atención a las consideraciones y resolutivas por las que el mismo Gobierno Nacional ha declarado la emergencia sanitaria, social y ECOLÓGICA en el Decreto 417 de 2020; y por las cuales, además, se ha decretado AISLAMIENTO – CUARENTENA OBLIGATORIA,… CONTINUAR A TRAVÉS DE OTRAS MEDIDAS PARA LOS SIGUIENTES MESES DEL AÑO, HASTA QUE LA PANDEMIA MUNDIAL HAYA DESAPARECCIDO; y mientras se emite el Decreto definitivo


iv] …se conmine a la Presidencia de la República, a los ministerios de medio ambiente, educación, ciencia y tecnología, minas y energía, ministerio de industria, comercio y turismo; junto a la conferencia de gobernadores y la federación de municipios de Colombia, así como junto a las mesas directivas de cámara y senado; PARA QUE EN EL TÉRMINO IMPRORROGABLE DE DOS MESES CONFORMEN –en ese mismo decreto que habrá de emitirse- UNA MESA NACIONAL PRO-CONTENCIÓN CONSECUENCIAS – DEL CAMBIO CLIMÁTICO GLOBAL, EN EL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL CON RESPONSABILIDAD GLOBAL; se determine allí su funcionamiento, vigencia, se deje en manos de la mesa SU REGLAMENTO DE TRABAJO, PROCEDIMIENTOS Y FORMAS DE VOTACIÓN…


Llamando a la participación activa y determinante con voz y voto, además, a dicha mesa a las entidades que se han pedido vincular aquí, así como, entre otros representantes de una veeduría ciudadana a los tutelantes del presente proceso en jurisdicción constitucional…; con el fin de que en dicho foro ciudadano, se convoquen y se concreten medidas legislativas, ejecutivas y judiciales a tomar en el futuro inmediato para la protección integral del sistema nacional ambiental, como una responsabilidad subyacente por el medio ambiente global.


Se le encargue a dicha mesa la presentación de un plan de acción nacional que tenga en cuenta a las regiones, según se determinen las siguientes pretensiones en consecuencia; PARA QUE SEA ENTREGADO AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PARA LO DE SU COMPETENCIA, Y ASÍ MISMO A LA CORTE CONSTITUCIONAL, AL DEFENSOR DEL PUEBLO Y AL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN PARA LO DE SU COMPETENCIA…


v]. …se prevea y provea para que en las considerativas y resolutivas que puedan proponerse en el respectivo decreto de conformación de dicha mesa, SE AGENDE PARA PROPUESTA Y DISCUSIÓN, ENTRE OTRAS, LAS QUE DEBAN DARSE, respecto del desplazamiento forzado de las poblaciones por consecuencias del cambio climático que se evidencian por ejemplo en la subida del nivel del mar con posible desaparición futura de pueblos y ciudades costeras; y que provocarán «forzosos y masivos» encuentros –desencuentros de las regiones culturales de Colombia.


vi]. …se prevea y provea… retomar las medidas de aislamiento social y cuarentena obligatoria, en las que estamos sumergidos hasta ahora, PERO ENFOCADOS EN EL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL, dados los claros y evidentes beneficios y efectos palpables sobre el planeta entero y nuestro propio sistema ambiental… que [esta medida] SE SIGA APLICANDO TRES, CUATRO… VECES AL AÑO A NIVEL NACIONAL; E IGUAL O MAYOR NÚMERO DE VECES CON DURACIÓN DE PUENTES FESTIVOS, FINES DE SEMANA ORDINARIOS O QUINCENAS; O MENSUALIDADES DONDE LAS URGENCIAS AMBIENTALES LO DEMANDEN… como un aporte Obligatorio-Voluntario de los ciudadanos…


vii] …se conmine a las autoridades… accionadas… y las… vinculadas, que se… discut[a]… la necesidad de un Código Nacional Ambiental, que impere por todos los derechos supralegales fundamentales, de todos los seres vivos contenidos en nuestro sistema nacional–global ambiental; con imperativas responsabilidades y deberes a reclamar vía judicial.


viii] …se contemple la creación del Consejo Nacional Permanente Pro Contención Cambio Climático Global, con subcomisiones nacionales de: agua, aire, soberanía alimentaria, sanidad y controles biológicos, educación entre otras, facilitando la participación de entes y personas, tal cual se propone en pretensión tercera y conexas.


ix]. …se analice, discuta y se vea la necesidad o no de implementar los respectivos CONSEJOS DEPARTAMENTALES Y CONSEJOS MUNICIPALES pro contención efectos del cambio climático global; … que SE DISCUTAN ALLÍ LOS MECANISMOS, DISPOSICIONES NORMATIVAS, MEDIOS TÉCNICOS PARA MÁXIMO CONTROL A EMISIONES DE CO2 DE LA INDUSTRIA, EL TRANSPORTE DE CARGA Y PASAJEROS MAR, TIERRA, AIRE…


-en el mismo modo se discutan acerca de efectos gases invernadero y vertimientos tóxicos a las aguas, así como sobre las medidas técnicas, legales y científicas que deba asumir el país, de cara a la contención de sus efectos en la salud humana, salud animal o salud vegetal de todo el sistema nacional ambiental; se abran y concreten discusiones sobre el uso de plásticos vs materiales alternativos.


-se discutan las posibilidades de establecer una política estatal agresiva de reciclaje y clasificación en...

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