SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002018-02544-00 del 27-09-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874051926

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002018-02544-00 del 27-09-2018

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC12483-2018
Número de expedienteT 1100102030002018-02544-00
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha27 Septiembre 2018



AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


STC12483-2018

Radicación n.° 11001-02-03-000-2018-02544-00

(Aprobado en sesión de veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho)


Bogotá, D. C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).


Se decide la acción de tutela instaurada por Javier Elías Arias Idárraga contra la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales y la Procuraduría Delegada en Asuntos Civiles, trámite al cual se vinculó a las partes e intervinientes del proceso objeto de queja constitucional.


ANTECEDENTES


1. El promotor del amparo reclamó la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y buena fe, que dice vulnerados por las autoridades accionadas.


Solicitó, en consecuencia, se le ordene al Tribunal acusado que «dé trámite a la apelación y no declare de[s]ierta la alzada, pues ya tiene reparos concretos»; se disponga que el procurador convocado «pruebe como ha actuado en la acción popular hoy tutelad[a] o simplemente consigne si viola aparentemente la ley 734 de 2002»; se le «informe en tutela, si el actuar [del] Tribunal al desconocer el prece[de]nte de la H CSJ SCC y… SC Laboral… es aparentemente un prevaricato…»; y se le «brinden copias físicas gratis de todo lo actuado, amparado art. 4 [del] acuerdo 1772 de 2003 [de la] Sala Ad[ministra]tiva [del] C[onsejo] S[uperior] [de la] J[udicatura], las q[ue] recoger[á] en la secretaría TSSCF de Pereira». (folio 1, cuaderno 1).


2. Son hechos relevantes para la definición de este asunto los siguientes:


2.1. A.B.L. interpuso una acción popular contra la Parroquia San Juan del Bosco de Manizales, bajo el radicado 2017-00280, cuyo conocimiento le correspondió al Juzgado Sexto Civil del Circuito del mismo lugar, el que en sentencia de 27 de junio de 2018 desestimó las pretensiones de la demanda, decisión que fue apelada por el actor popular y Javier Elías Arias Idárraga, en condición de coadyuvante del demandante.


2.2. La Sala Civil – Familia del Tribunal Superior de Manizales admitió la alzada y fijó el 23 de agosto de los corrientes para que se llevara a cabo la audiencia de sustentación y fallo, a la que no asistieron los apelantes, por lo que se declaró desierto el recurso.


2.3. Indicó el accionante que el Tribunal criticado se negó a tramitar la apelación, «pese a estar sustentada con reparos concretos desde el juez aqu[o]», dando prevalencia a las formas sobre el derecho sustancial y desatendiendo con ello la jurisprudencia de esta Corte (folio 1, cuaderno 1).


2.4. Señaló que «el procurador delegado en civil en acciones populares no prueba ni demuestra como [l]e ha brindado [sus] garantías procesales y no...

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