SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120498 del 14-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 898627537

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120498 del 14-12-2021

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 120498
Fecha14 Diciembre 2021
Tribunal de OrigenSala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP17687-2021



FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente


STP17687 - 2021

Tutela de 2ª instancia No. 120498

Acta No. 329


Bogotá D.C., catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).


VISTOS


Decide la Sala la impugnación interpuesta por YESID BELTRÁN SÁENZ contra el fallo de tutela proferido el 21 de octubre de 2021 por la Sala Única de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal (Casanare), que amparó los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia de C.T.P., presuntamente vulnerados por los Juzgados 1º Penal Municipal y 3° Penal del Circuito de ese lugar.


Fueron vinculados en primera instancia, como terceros con interés legítimo en el asunto, el aquí impugnante y las demás partes e intervinientes dentro de la actuación de tutela No. 850014004001202100030.


ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


De la demanda de tutela y los informes rendidos, se destacan como hechos jurídicamente relevantes los siguientes:


  1. Y.B.S. presentó acción de tutela en contra de CRISTÓBAL TORRES PÉREZ, en su calidad de presidente del Directorio Liberal de Yopal, por la presunta omisión de responder el derecho de petición radicado y enviado vía correo electrónico ante esa entidad el 29 de diciembre de 2020.



  1. El conocimiento de la demanda constitucional correspondió al Juzgado 1º Penal Municipal de Yopal que, mediante sentencia del 9 de marzo de 2021, resolvió:



PRIMERO: TUTELAR el derecho fundamental de petición del señor Y.B.S.. Conforme a lo anterior, se tutelará el derecho de petición del accionante vulnerado por el Directorio Liberal Municipal de Yopal representado legalmente por C.T. o quien haga sus veces.



SEGUNDO: ORDENAR a Directorio Liberal Municipal de Yopal para que a través de su representante legal C.T. o quien haga sus veces, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, proceda a responder de fondo y de manera clara y expresa la petición radicada en dicha entidad el 29 de diciembre de 2020, notificando oportunamente la respuesta proferida al acciónate, señor Y.B.S..



  1. La anterior decisión fue confirmada por el Juzgado 3º Penal del Circuito de ese lugar el 17 de marzo del año en curso, al resolver la impugnación propuesta por C.T.P..



  1. Yesid B.S. promovió incidente por desacato a la decisión de tutela. Por auto del 11 de mayo del año que avanza, el Juzgado 1º Penal Municipal de Yopal sancionó a TORRES PÉREZ a pagar la suma equivalente a 3 SMLMV, por el incumplimiento de la orden de amparo. Esta determinación fue confirmada por el Juzgado 3º Penal del Circuito del mismo lugar el 23 de septiembre de la presente anualidad, al desatar el grado jurisdiccional de consulta.



  1. C.T.P., en lo que aquí interesa, interpuso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR