Sobretasas municipales - Ingresos corrientes - Parte sustantiva - Estatuto Tributario de Bucaramanga 2009 - Libros y Revistas - VLEX 455676490

Sobretasas municipales

Páginas120-127
Estatuto Tributario de Bucaramanga120
Artículo 170. Exenciones en Materia de Rifas: Únicamente están exentas de
pagar los derechos de explotación las rifas que realicen el cuerpo de bomberos del
municipio, para financiar sus actividades. No obstante, deberá cumplir con las
disposiciones relativas a estas.
Las demás rifas, así sea las que realicen entidades sin ánimo de lucro o con fines
eminentemente de carácter social, deben pagar los derechos establecidos. (Artículo
5 de la Ley 643/2001)
2. TASA DE NOMENCLATURA URBANA
Artículo 171. Autorización. La tasa de nomenclatura urbana está autorizado por
la Ley 88 de 1947, Ordenanza 40 de 1971, Acuerdo 017 de 1990, Decreto 401 de
1990.
Artículo 172. Hecho Generador: La tasa de Nomenclatura Urbana se causa por
la asignación que se hace, mediante solicitud a la Curaduría Urbana, de la nomenclatura
para identificar los inmuebles urbanos. (Artículo 91 Acuerdo 017/90)
Artículo 173. Valor de la tasa. La tasa de nomenclatura urbana que recauda el
municipio, equivale al valor de una (1) Unidad de Valor Tributario (U.V.T.) para cada
dirección nueva que se expida por unidad independiente. (Año 2009, $24.000 –
Cifra ajustada al múltiplo de mil más cercano, valor UVT $23.763)
CAPITULO IV
SOBRETASAS MUNICIPALES
1. SOBRETASA DEL MEDIO AMBIENTE
Artículo 174. Autorización. La Sobretasa ambiental está autorizada por la ley 99
de 1993, con destino a la protección del medio ambiente y los recursos naturales
renovables.
Artículo 175. Hecho Generador. El hecho generador de la Sobretasa Ambiental,
recae sobre los bienes raíces ubicados en el Municipio de Bucaramanga, sujetos al
impuesto predial unificado.
Artículo 176. Causación. La sobretasa ambiental se causa el 1 de Enero del
respectivo año gravable.
Articulo 177 Periodo gravable. El periodo gravable de la sobretasa es anual, y
está comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del respectivo año.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR