Sujetos de derecho: la persona - Parte I - Una mirada al derecho de familia desde la psicología jurídica - Libros y Revistas - VLEX 950961785

Sujetos de derecho: la persona

AutorLuz Amparo Serrano Quintero
Páginas18-20
E
Sujetos de derecho: la persona
Noción
l ser humano es sujeto de derechos desde el nacimiento hasta la
muerte. La capacidad jurídica se adquiere al momento de nacer y la
tiene todo individuo de la especie humana por el hecho de existir un
momento siquiera separado completamente de su madre.
A diferencia de lo que ocurría en el derecho romano, hoy todas las
personas gozan de un reconocimiento igual ante la ley, puesto que cada ser
humano es digno de ser reconocido como titular de derechos y a su vez ser
destinatario de deberes jurídicos. Así lo reconoce el artículo 6 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por
la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 del 10
de octubre de 1948, al establecer que “todo ser humano tiene derecho, en
todas sus partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”; es decir, se
puede definir a la persona identificándola con la capacidad jurídica que se
adquiere al nacer. Se dice entonces que es persona todo individuo de la
especie humana que goza de capacidad jurídica, esto es, la capacidad para
ser titular de derechos y deberes.
Sin embargo, hay que anotar que, si bien es cierto que la personalidad
jurídica del ser humano comienza al nacer, el nasciturus, esto es, el
concebido pero no nacido, es un ser humano que es protegido jurídicamente
por el derecho, aunque todavía no tenga la capacidad jurídica para ser titular
de derechos y de obligaciones, es decir, para ser titular de un patrimonio.

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