Texto definitivo plenaria Cámara al Proyecto de ley número 212 de 2022 Cámara, por la cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República con el fin de garantizar la continuidad a la función pública de control fiscal al Sistema General de Regalías en el bienio2023-2024 - 31 de Octubre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 913680300

Texto definitivo plenaria Cámara al Proyecto de ley número 212 de 2022 Cámara, por la cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República con el fin de garantizar la continuidad a la función pública de control fiscal al Sistema General de Regalías en el bienio2023-2024

Fecha de publicación31 Octubre 2022
Número de Gaceta1353
G 1353 Lunes, 31 de octubre de 2022 Página 3
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legal y reglamentario y, de esta manera, dar cumplimiento con lo
establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª de 1992.
Lo anterior, según consta en el acta de la Sesión Plenaria
Ordinaria número 023 de octubre 20 de 2022, previo su
anuncio en la Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2022,
correspondiente al Acta número 022.
CONSTANCIA SECRETARIAL
De que en la sesión plenaria del día 20 de octubre de 2022,
durante la aprobación del Proyecto de Acto Legislativo número
173 de 2022 Cámara, por el cual se reforma la Constitución
Política de Colombia y se establece la jurisdicción agraria y
rural – Primera Vuelta, la honorable Representante Olga Lucía
Vel ásquez Nieto
de la ponencia para segundo debate del citado proyecto de
ley la cual fue aprobada en dicha Sesión.
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y cotejar la proposición contra la norma citada para aplicar
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proposición había sido presentada al artículo 5° y no, al artículo
del informe de ponencia para segundo debate, publicada en
la Gaceta del Congreso número 1265 de 2022.
Que, en consecuencia y en virtud del artículo 2 numeral 2 de
la Ley 5ª de 1992 “Corrección formal de los procedimientos”,
la cual “Tiene por objeto subsanar los vicios de procedimiento
que sean corregibles, en el entendido de que así se garantiza
no sólo la constitucionalidad del proceso de formación de las
leyes, sino también los derechos de las mayorías y las minorías
y el ordenado adelantamiento de las discusiones y votaciones”,
es procedente dejar la presente constancia secretarial en el
sentido de que la citada proposición es inaplicable por no
corresponder a la ponencia para segundo debate.
* * *
TEXTO DEFINITIVO PLENARIA CÁMARA AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 212 DE 2022 CÁMARA
por la cual se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de
la República con el n de garantizar la continuidad a la función
pública de control scal al Sistema General de Regalías en el
bienio 2023-2024.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto dar
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del Sistema General de Regalías.
Artículo 2°. Facultades extraordinarias. De conformidad
con lo establecido en el artículo 150, numeral 10, de la
Constitución Política, revístese al Presidente de la República
de precisas facultades extraordinarias, por el término de seis
(6) meses, contados a partir de la fecha de publicación de la
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o crear empleos en la planta global de duración temporal de la
Contraloría General de la República, de que trata el Decreto ley
1755 de 2020, para ajustarla a las necesidades del servicio, el
presupuesto asignado en la ley del Sistema General de Regalías
del bienio 2023-2024 y el comportamiento efectivo del recaudo.
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soportada en un estudio técnico y se sujetará a la nomenclatura,
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prestacional de los empleos de la planta permanente de la
Artículo 3°. Vigencia y derogatoria. La presente ley rige
a partir de la fecha de su publicación y prorroga el Decreto
ley 1755 de 2020 hasta tanto no se expida el decreto ley
que desarrolle las facultades conferidas al Presidente de la
República descritas en el artículo 2ª de la presente ley.
SECRETARÍA GENERAL
Bogotá, D. C., octubre 21 de 2022
En Sesión Plenaria del día 20 de octubre de 2022, fue aprobado
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Proyecto de ley número 212 de 2022 Cámara, por la cual se
otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República
con el n de garantizar la continuidad a la función pública de
control scal al Sistema General de Regalías en el bienio 2023-
2024. Con las mayorías requeridas por la Constitución y la ley.
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legal y reglamentario y, de esta manera, dar cumplimiento con lo
establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª de 1992.
Lo anterior, según consta en el Acta de la Sesión Plenaria
Ordinaria número 023 de octubre 20 de 2022, previo su
anuncio en la Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2022,
correspondiente al Acta número 022.

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