Título X. Devoluciones - Libro Quinto. Procedimiento Tributario, Sanciones y Estructura de la Dirección de Impuestos Nacionales (Artículo 555 al Artículo 869-2) - Estatuto Tributario Nacional - Estatuto Tributario Nacional Concordado 2022 - Libros y Revistas - VLEX 905335015

Título X. Devoluciones

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena/Leonardo Varón García/Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas1077-1106
1077
Libro Quinto: Procedimiento Tributario, Sanciones y Estructura
ARTÍCULO 849-2. PROVISIÓN PARA EL PAGO DE IMPUESTOS. (Aparte entre
corchetes derogado tácitamente por el artículo 242 de la Ley 222 de 20 de diciembre
de 1995). (Artículo adicionado por el artículo 96 de la Ley 6 de 30 de junio de 1992). En
los procesos de sucesión, concordatarios, concurso de acreedores, {quiebra}, intervención,
liquidación voluntaria, judicial o administrativa, en los cuales intervenga la Administración de
Impuestos, deberán efectuarse las reservas correspondientes constituyendo el respectivo
depósito o garantía, en el caso de existir algún proceso de determinación o discusión en trámite.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
Código de Comercio: Arts. 350, 371, 452 y 476.
• *Ley 1116 de 27 de diciembre de 2006: Por la cual se establece el Régimen de Insolvencia Empresarial en la República
de Colombia y se dictan otras disposiciones.
ARTÍCULO 849-3. CLASIFICACIÓN DE LA CARTERA MOROSA. (Artículo adicionado
por el artículo 101 de la Ley 6 de 30 de junio de 1992). Con el objeto de garantizar la
oportunidad en el proceso de cobro, el Comité de Coordinación de la Unidad Administrativa
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de cobro en prioritaria y no prioritaria teniendo en cuenta criterios tales como cuantía de la
obligación, solvencia de los contribuyentes, períodos gravables y antigüedad de la deuda.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
*Decreto 1742 de 22 de diciembre de 2020
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
ARTÍCULO 849-4. RESERVA DEL EXPEDIENTE EN LA ETAPA DE COBRO. (Artículo
adicionado por el artículo 102 de la Ley 6 de 30 de junio de 1992). Los expedientes de

legalmente constituido, o abogados autorizados mediante memorial presentado personalmente
por el contribuyente.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
Estatuto Tributario Nacional: Arts. 583, 587, 729 y 801.
• *Ley 57 de 5 de julio de 1985: Art. 12.
*Circular DIAN No. 26 de 3 de noviembre de 2020: Criterios para atender las solicitudes de acceso a la información
pública.
*Circular DIAN No. 71 de 28 de mayo de 2007: Estandarización de la entrada y salida de información atendiendo al
principio constitucional de reserva.
DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
OFICIO TRIBUTARIO 101639 DE 14 DE OCTUBRE DE 2008. DIAN. Reserva de las declaraciones y de los expedientes.
TÍTULO X
DEVOLUCIONES
ARTÍCULO 850. DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR.   
artículo 49 de la Ley 223 de 20 de diciembre de 1995). Los contribuyentes o responsables
que liquiden saldos a favor en sus declaraciones tributarias podrán solicitar su devolución.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deberá devolver oportunamente a los
contribuyentes, los pagos en exceso o de lo no debido, que éstos hayan efectuado por
concepto de obligaciones tributarias y aduaneras, cualquiera que fuere el concepto del pago,
siguiendo el mismo procedimiento que se aplica para las devoluciones de los saldos a favor.
Art. 850
1078 Estatuto Tributario Nacional 2022
PARÁGRAFO 1.    Ley 2010 de 27 de
diciembre de 2019). Cuando se trate de responsables del impuesto sobre las ventas, la
devolución de saldos originados en la declaración del impuesto sobre las ventas solo podrá
ser solicitada por aquellos responsables de los bienes y servicios de que trata el artículo
   
477 de este Estatuto, y los productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del
artículo 477 de este Estatuto, por los responsables de los bienes y servicios de que tratan los
artículos 468-1 y 468-3 de este Estatuto y por aquellos que hayan sido objeto de retención.
En el caso de los productores de bienes exentos de que trata el artículo 477 de este Estatuto,
los productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 de este
Estatuto y los responsables de los bienes y servicios de que tratan los artículos 468-1 y
468-3 de este Estatuto, los saldos a favor originados en la declaración del impuesto sobre
las ventas por los excesos de impuesto descontable por diferencia de tarifa solo podrán ser
solicitados en devolución una vez presentada la declaración del impuesto sobre la renta y
complementarios correspondiente al período gravable en el que se originaron dichos saldos,
salvo que el responsable ostente la calidad de operador económico autorizado en los términos
del Decreto 3568 de 2011   
devolución podrá ser solicitada bimestralmente, de conformidad con lo previsto en el artículo
481 de este Estatuto.
Adicionalmente, los productores de los bienes exentos de que trata el artículo 477 de este
Estatuto, los productores y vendedores de que tratan los numerales 4 y 5 del artículo 477 de
este Estatuto podrán solicitar en devolución, previas las compensaciones que deban realizarse,
los saldos a favor de IVA que se hayan generado durante los tres primeros bimestres del
año a partir del mes de julio del mismo año o periodo gravable, siempre y cuando hubiere
cumplido con la obligación de presentar la declaración de renta del periodo gravable anterior
si hubiere lugar a ella.
PARÁGRAFO 2.         Ley 1607 de 26 de
diciembre de 2012). Tendrán derecho a la devolución o compensación del impuesto al valor
agregado, IVA, pagado en la adquisición de materiales para la construcción de vivienda de
interés social y prioritaria, los constructores que los desarrollen.
La devolución o compensación se hará en una proporción al cuatro por ciento (4%) del valor
registrado en las escrituras de venta del inmueble nuevo, tal como lo adquiere su comprador
        
 
devolución o compensación a que hace referencia el presente artículo.
La DIAN podrá solicitar en los casos que considere necesario, los soportes que demuestren
el pago del IVA en la construcción de las viviendas.
PARÁGRAFO 3. (Parágrafo 3 adicionado por el artículo 267 de la Ley 1819 de 29 de
diciembre de 2016). El exportador de oro podrá solicitar la devolución de los saldos originados

exportado proviene de una producción que se adelantó al amparo de un título minero vigente
e inscrito en el Registro Minero Nacional y con el cumplimiento de los requisitos legales para
su extracción, transporte y comercialización, y la debida licencia ambiental otorgada por las
autoridades competentes.
Art. 850

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