Superintendencia Nacional de Salud Resolución número 001001 de 2012, por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para Administrar el Hospital Departamental San Rafael Empresa Social del Estado Fundación-Magdalena con NIT 891.780.008-7, como Instituto de Salvamento y Protección de la Conianza Pública. - 3 de Mayo de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 368227974

Superintendencia Nacional de Salud Resolución número 001001 de 2012, por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para Administrar el Hospital Departamental San Rafael Empresa Social del Estado Fundación-Magdalena con NIT 891.780.008-7, como Instituto de Salvamento y Protección de la Conianza Pública.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín48419
12
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.419
Jueves, 3 de mayo de 2012
Que se hace necesario hacer unas incorporaciones directas de los empleados que des-
empeñan funciones en el Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, hoy
Servicio Geológico Colombiano relacionadas con las competencias de la Agencia Nacional
de Minería, empleos que se rigen por el sistema general de nomenclatura, razón por la cual
se requiere hacer las siguientes equivalencias de empleos.
DECRETA:
Artículo 1°. Establécense las siguientes equivalencias de los empleos que pertenecían



aplicable a las Agencias, así:
Situación Anterior Situación Nueva
Empleos Agencias
N° de
Empleos
DENOMINA-
CIÓN CÓDIGO GRADO
ASIGNACIÓN
BÁSICA
DECRETO 1031
DE 2011
ASIGNACIÓN
BÁSICA
ADICIONAL
DECRETO
251 DE 2004
TOTAL ASIGNA-
CIÓN BÁSICA
2011
DENOMI-
NACIÓN
EMPLEO
CÓDIGO GRADO
1 (Uno)
Profesional Es-
pecializado 2028 14 $ 2.542.174 $ 58,370 $ 2.600.544 Gestor T1 9
1 (Uno)
Profesional Es-
pecializado 2028 14 $ 2.542.174 $ 76.729 $ 2.618.903 Gestor T1 9
1 (Uno)
Profesional Es-
pecializado 2028 17 $ 3.187.300 $ 565.169 $ 3.752.469 Gestor T1 13
1 (Uno)
Profesional Es-
pecializado 2028 18 $ 3.432.562 $ 38.045 $ 3.470.607 Gestor T1 12
1 (Uno)
Profesional Es-
pecializado 2028 19 $ 3.692 249 $ 225.327 $ 3.917.576 Gestor T1 13
Artículo 2°. Los servidores del Servicio Geológico Colombiano, para efectos de la in-
corporación directa, serán incorporados con estricta sujeción a las equivalencias establecidas
en lo dispuesto en este decreto, en los empleos creados en la Agencia Nacional Minera,
ANM, sin que se les exijan requisitos adicionales a los acreditados en el momento de su
posesión del cargo del cual es titular en el Servicio Geológico Colombiano.
Los servidores públicos del Servicio Geológico Colombiano que ostenten derechos de
carrera administrativa y que sean incorporados en los empleos creados para el efecto en la
Agencia Nacional de Minería, ANM, conservarán sus derechos y la Comisión Nacional del
Servicio Civil deberá actualizar su inscripción en el registro público de carrera.
Parágrafo. Para todos los efectos legales y de aplicación de las equivalencias establecidas,

cuales sean incorporados los servidores del Servicio Geológico Colombiano comprenderá
la asignación básica y la asignación básica adicional correspondientes al cargo del cual el
empleado incorporado sea titular en el Servicio Geológico Colombiano a la vigencia del
presente decreto. En consecuencia, a partir de la incorporación, la asignación básica adicional
se entiende integrada y reconocida en la asignación básica del nuevo cargo.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona
en lo pertinente al Decreto 511 de 2012.
Publíquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
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La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

(mayo 3)



El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales

política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que en uso de las facultades extraordinarias establecidas en los literales d), e) y f) del
artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, se expidió el Decreto 4142 de 2011 mediante el cual se
creó la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico
de los Juegos de Suerte y Azar, COLJUEGOS.

el estudio técnico al Departamento Administrativo de la Función Pública, conforme a lo
        
Decreto-ley 19 de 2012 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, encontrándolo
ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.

del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.
DECRETA:

Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y
Azar - COLJUEGOS, será hasta de cincuenta y cinco (55) trabajadores.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

SUPERINTENDENCIAS
Superintendencia Nacional de Salud
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 001001 DE 2012
(abril 24)

Hospital
Departamental San Rafael Empresa Social del Estado Fundación-Magdalena con NIT

El Superintendente Nacional de Salud, parágrafo 1° del artículo 230, el parágrafo 2° del
artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el artículo 22 de la Ley 510 de 1999, el numeral 8 del
artículo 42, los incisos 1°, 3°, 5° y 6° del artículo 68 de la Ley 715 de 2001, los artículos
35, 36, los numerales 1, 3, 4, 5, 6 del artículo 37, los literales a), b), c), d) y f) del artículo
39 de la Ley 1122 de 2007, literales a), c), e), f) y h) del artículo 40 de la Ley 1122 de
2007, el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011, el artículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993,
el artículo 1°, numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del artículo 3°, los numerales 1, 7 y 8 del artículo
4°, el artículo 5° los numerales 1, 3, 4, 5, 10, 12, 13, 14, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25, 26,
28, 34, 36, 38, 40 y 42 del artículo 6°, numerales 7, 8, 22, 23, 25, y 42 del artículo 8° del
Decreto número 1018 de 2007, y los artículos 9.1.1.1.1 al 9.1.2.1.3 del Decreto número
2555 de 2010, las Resoluciones números 237 de 2010 y 2659 de 2011 expedidas por la
Superintendencia Nacional de Salud, y
CONSIDERANDO:
1. Antecedentes administrativos de la toma de posesión de los bienes, haberes y
negocios y de la intervención forzosa para administrar el Hospital Departamental San
Rafael Empresa Social del Estado Fundación-Magdalena con NIT 891.780.008-7, como

1.1 La Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución número 2892 del 25
de octubre de 2011 dispuso lo siguiente:
Artículo 1°. Ordenar la reapertura del proceso de intervención forzosa administra-
tiva para Administrar el Hospital Departamental San Rafael Empresa Social del Estado
Fundación-Magdalena de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este Acto
Administrativo, por el término de seis (6) meses prorrogables, contados a partir de la ex-
pedición de la presente resolución, para que se determine si la Entidad puede desarrollar su
objeto social o si debe ser objeto de liquidación, en los términos y la debida observancia de
las normas que rigen para el Sistema General de Seguridad Social en Salud y lo dispuesto
Artículo 2°. Designar como Agente Especial Interventor del Hospital Departamental
San Rafael Empresa Social del Estado del municipio de Fundación-Magdalena, al doctor
Augusto Rafael Acosta Macías, portador de la cédula de ciudadanía número 12595809 de
Plato (Magdalena), quien para todos los efectos, será el representante legal”.
(…)
1.2 Por su parte, la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales tomó pose-
sión del Hospital Departamental San Rafael Empresa Social del Estado de Fundación-
Magdalena los días 30 de noviembre y 1° de diciembre de 2011, tal como consta en Acta
levantada para el efecto, que obra en la carpeta de la Intervención a Folio 872.
1.3 El doctor Augusto Rafael Acosta Macías tomó posesión del cargo de Agente Es-
pecial Interventor del Hospital Departamental San Rafael Empresa Social del Estado
Fundación, Magdalena, el día 23 de noviembre de 2011, tal como consta en el Acta de
Posesión S.D.M.E. número 55 de 2011 vista a folio 873 A de la carpeta de la Intervención.
2. Solicitud de prórroga presentada por el agente especial interventor
El doctor Augusto Rafael Acosta Macías     
1-2012-022250 del día 13 de marzo de 2012, solicitó la prórroga del término del proceso
de intervención forzosa administrativa para administrar el Hospital Departamental San
Rafael Empresa Social del Estado Fundación-Magdalena en los siguientes términos:
“(…) Con base en la búsqueda de la conservación e integralidad de la red de prestadores
de servicios locales de salud, la oportuna atención desconcentrada y especializada de la
población subsidiada, contributiva y la vulnerable del proceso de intervención agenciado
por la Superintendencia Nacional de Salud, solicitamos su prórroga por un (1) año más,
con el objeto de implementar soluciones que se han esbozado y que se resumen en las
siguientes líneas de acción:

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