Violencia, perspectiva de género y feminicidio: 'circunstancias y propuestas - Segunda parte. Teorías contemporáneas de justicia - Justicia. Un enfoque transdisciplinar - Libros y Revistas - VLEX 950736595

Violencia, perspectiva de género y feminicidio: 'circunstancias y propuestas

AutorFelisa María Salcedo Revollo
Cargo del AutorMagíster en Derecho, Universidad del Norte (Colombia)
Páginas169-209
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* Este capítulo es resultado de una investigación que se adelantó para obtener el
título de magíster en Derecho de la Universidad del Norte (Colombia).
** Magíster en Derecho, Universidad del Norte (Colombia). Especialista en Derecho
Público y Derecho Comercial. femasare@hotmail.com
VIOLENCIA, PERSPECTIVA DE GÉNERO Y
FEMINICIDIO: CIRCUNSTANCIAS Y PROPUESTAS*
Felisa María Salcedo Revollo**
INTRODUCCIÓN
Los lineamientos normativos respecto a la violencia contra la mujer
resultan inválidos si se hace una lectura de los actuales casos de femini-
cidio (violencia basada en género) y, con mayor razón, si se piensa que
se han incrementado estos hechos en que se perpetran conductas como
el homicidio de mujeres.
Sin embargo, el asunto contiene diversas y complejas aristas de un con-
flicto generalizado en la sociedad colombiana que se refleja, en relación
con la mujer, en lesiones a sus derechos a una vida digna, a la tranquili-
dad y el sosiego familiar, a una justa retribución en el ámbito laboral, al
ejercicio libre y protegido de su sexualidad y, en fin, al simple derecho
de existir, entre otras consecuencias.
En relación con lo anterior, tampoco se puede desconocer que el con-
flicto y el horror que ha vivido nuestro país, producto de comporta-
mientos de actores al margen de la ley, llámese narcotraficantes, para-
militares, guerrilleros, además de la delincuencia común y el ejercicio
de una política para beneficio de pocos (corrupción), compelen a nues-
tras mujeres a sufrir el desplazamiento forzado, el despojo de sus tie-
rras (caso del campesinado y la mujer de vida rural), la pérdida de sus
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Un enfoque transdisciplinar
cónyuges, pareja o hijos, y la discriminación por raza, etnia, religión y
cultura, entre otros fenómenos (Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, Casa de la Mujer, Mujeres que Crean, Ruta Pacífica, Vamos
Mujer, 2008). Es decir, la mujer es, hoy por hoy, víctima de manifesta-
ciones de violencia que la golpean de manera específica y que parecen
una espiral que no tiene fin.
En aras de proteger los derechos que la misma Constitución Nacional,
le reconoce a la mujer, y que se han visto vulnerados con las situaciones
que anteriormente hemos descrito, se han emitido numerosas dispo-
siciones de carácter legal que, sin embargo, no han sido capaces de
ponerle freno a tales discriminaciones que van directamente en contra
de los valores y principios de dicho conjunto normativo.
No debe olvidarse que ya en el mismo preámbulo de la Constitución
Nacional se reconocen como derechos de todos, entre otros: “la vida, la
convivencia, el trabajo, la igualdad, la libertad y la paz”. Además, en el
artículo primero se enuncia que nuestro país se edifica sobre el respeto
a la dignidad humana, la solidaridad de las personas y la prevalencia
del interés general.
En un segundo momento, el Estado reconoce los derechos inalienables
de la persona y ampara a la familia. Señala que el derecho a la vida es
inviolable, que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley,
y que el Estado debe promover las condiciones para que la igualdad
sea real y efectiva. En tercer lugar, sostiene que la familia es el núcleo
fundamental de la sociedad y que ella se forma básicamente por la de-
cisión libre de un hombre y una mujer, de tal manera que la honra, la
dignidad y la intimidad de esa célula de la sociedad resultan inviola-
bles. Añade que las relaciones familiares se basan en la igualdad de los
derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco de todos sus
integrantes y que “Cualquier forma de violencia en la familia se consi-
dera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme
a la ley”.
Finalmente, según el artículo 43 de este mismo conjunto normativo
superior: “La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportuni-
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Violencia, perspectiva de género y feminicidio: circunstancias y propuestas
dades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discrimina-
ción” y gozará de especial asistencia del Estado durante el embarazo y
después del parto, y por tanto, “El Estado apoyará de manera especial
a la mujer cabeza de familia”.
En este orden de ideas, según lo anotan algunos autores desde el punto
de vista sociológico y filosófico [Foucault (1969), Galtung (1998), Luna
(2003), Galvis (2009)], los derechos de las mujeres fueron pensados
como un particular del universal masculino y bajo una concepción de
las mujeres como minoría.
Hay que recordar, por ejemplo, que durante mucho tiempo las mujeres
se beneficiaron de algunos derechos por extensión, al ser cónyuges de
un ciudadano hombre, o les fueron negados derechos, como el sufra-
gio, reconocido hasta inicios del siglo XX en ciertos países (en el caso
colombiano, hasta mediados de siglo). Ello provocó la exclusión histó-
rica de las mujeres, la invisibilización de las diferencias, la diversidad,
las especificidades y las necesidades de esta población.
La perspectiva de género nos remite, entonces, a las características de
mujeres y hombres definidas socialmente y moldeadas por factores
culturales, razón por la cual son susceptibles de transformación. La
discriminación hacia las mujeres ha sido parte de la historia de la hu-
manidad, y utilizar la perspectiva de género permite entender por qué
la doctrina de los derechos humanos, en constante evolución y desarro-
llo, ha contemplado ampliaciones conceptuales y reconocimientos ex-
plícitos de los derechos de las mujeres. Es por ello que la declaración y
el plan de acción de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos
ONU. (Viena, 1993) señala expresamente que “los derechos humanos
de la mujer y la niña son parte inalienable e indivisible de los derechos
humanos universales”, y que la plena participación de la mujer en con-
diciones de igualdad (en la vida política, económica, social y cultural)
y la erradicación de todas formas de discriminación basadas en el sexo
son objetivos prioritarios de la comunidad internacional.
Es decir, el género se refiere a las diferencias creadas entre unos y otras
por la sociedad, así como a las percepciones construidas en los ámbitos

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