Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48141 de 19 de Octubre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691999157

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48141 de 19 de Octubre de 2016

Sentido del falloACEPTA DESISTIMIENTO PRESENTADO
Tipo de procesoCASACIÓN
Fecha19 Octubre 2016
Número de expediente48141
Número de sentenciaAP7112-2016
EmisorSala de Casación Penal
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Buga
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

L.A.H. BARBOSA

Magistrado Ponente

AP7112-2016

Radicación 48141

(Aprobado Acta No. 330)

Bogotá D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil dieciséis (2016).

VISTOS:

Se pronuncia la Sala en relación con el desistimiento del recurso de casación presentado por el procesado D.C., coadyuvado por su abogado defensor.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES DE LA CORTE:

1. El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buga el 18 de diciembre de 2014 condenó a D.C. y a C.M.H.H. como autor e interviniente, respectivamente, del delito de violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades. Igualmente absolvió al primero por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

2. Los defensores y la Fiscalía apelaron ese pronunciamiento y el Tribunal Superior de Buga, a través del fallo recurrido en casación, dictado el 26 de febrero de 2016, lo confirmó en cuanto a las condenas emitidas y revocó la absolución. En su lugar, condenó a D.C. por el delito del artículo 410 del Código Penal.

3. Después de presentar el apoderado de CIFUENTES la demanda de casación, ya el asunto en la Corte para resolver acerca de su admisibilidad, el procesado presentó desistimiento del recurso extraordinario de casación, solicitud de la cual se dio traslado al defensor, quien manifestó acogerse a la voluntad de su defendido.

Siendo ello así, la Sala admitirá el desistimiento al advertirse voluntario, avalado por la defensa, y haberse expresado antes de decidir la Sala, según lo prescribe el artículo 199 de la Ley 906 de 2004.

En virtud de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE:

ACEPTAR el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el procesado D.C., avalado por su defensor.

Contra la presente decisión procede recurso de reposición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

L.A.H. BARBOSA

EYDER PATIÑO CABRERA

PATRICIA SALAZAR CUELLAR

LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria

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