Anexo. Transcripción de entrevistas - Abuso del derecho de asociación sindical. El caso colombiano - Libros y Revistas - VLEX 942637009

Anexo. Transcripción de entrevistas

AutorSaida Andrea Quintero Martínez
Cargo del AutorAbogada de la Universidad del Rosario y especialista en derecho laboral de la Universidad Externado de Colombia
Páginas193-215
Transcripción de entrevistas
Cuestionario de entrevistaaexpertos
Entrevistas 1-5
Pregunta 1 ¿Qué tipo de actos d e abuso del derec ho de asociación s indical en
Colombia ha expe rimentado o ha llegado a s u conocimiento?
Pregunta 2
¿Qué exper iencias nos pued e comparti r con relación a proce sos de
levantamie nto de fuero sindic al, permi so para despe dir? ¿Cuánto
tiempo en promedio du ra un proceso de esta n aturaleza? S iendo que
las normas est ablecen un procedimiento abrev iado y expedito para
estos casos, ¿a q ué atribuye usted la demora en lo s mismos?
Pregunta 3
Tratándose de empresa s donde hacen presenc ia varios si ndicatos,
¿considera que el Dec reto089 de 2014 ha logrado el objet ivo de unidad
en los procesos de neg ociación? ¿Nos podría c ontar sus experienc ias
al respecto?
Pregunta 4
En el campo de la nego ciación colectiv a de empleados públicos, ¿c uál
ha sido su exper iencia con relación a lo e stablecido por el Dec reto160
de 2014 para los caso s de pluralid ad de sindicatos en una entidad?
¿Realiza n los diferentes sindicatos las a ctividad es previas de c oor-
dinación pa ra integrar s us solicitude s? ¿Se presentan al proceso de
negociación con u n solo pliego? ¿Se logra, en l a práctica, el objetivo
del Decreto160 p ara que exista una sola mes a de negociación y un
solo acuerdo colec tivo por entidad?
Pregunta 5
¿Tiene conocimiento de alg ún otro tipo de p ráctica por pa rte de
las organi zaciones sindicale s en Colombia que pudiera consider arse
como un uso abusivo o i ndebido del derecho de asoci ación sindical?
Pregunta 6
¿Ha conocido el caso de a lguna empresa c uya denuncia de la conve n-
ción colectiv a de trabajo no tenga efec to alguno, por c uanto el sindicato
no presenta pliego , ocasionando, de esta for ma, que la convención se
Continúa
193
gue automáticam ente por varios años si n que la compañía pued a
lograr su mod icación? ¿Alg uno de estos casos ha termi nado con la
liquidación o c ierre de una empresa públic a o privada?
Pregunta 7
¿Tiene alguna ex periencia para compa rtirnos con relación a l a apli-
cación práct ica del art.480 del Cód igo Sustantivo del Trabajo ()
sobre revisión de l as convenciones? ¿L as organiz aciones sind icales
estaban abier tas, antes de l a pandemia, a re visar y mod icar por
mutuo acuerdo sus c onvenciones? ¿Conoce de al gún caso donde, ví a
proceso judici al, la justicia labora l haya revisa do y modicado una
convención colect iva en aplicación del refer ido artículo?
Pregunta 8
Con relación al d erecho negativo de as ociación sindica l, ¿qué opinión
le merece la act itud de los sindic atos en Colombia? ¿Resp etan los
sindicatos y sus l íderes este dere cho en la misma for ma que hacen
respetar el d erecho positivo de as ociación? ¿Tiene algu na experienci a
para contar nos sobre este tema?
Entrevista 1. Iván Quintero Martínez
Abogado experto en Derecho Laboral Colectivo; nom-
brado mejor abogado laboralista del año en Colombia en
el 2020 por la plataforma Leaders in Law.
Pregunta 1
He presenciado muc has formas de abuso del d erecho, especia lmente
por parte de org anizaciones s indicales, que pr omueven y material izan
la creación de mú ltiples sindicatos con lo s mismos trabajadores s ola-
mente para obtener may or número de fueros sind icales, para obte ner
más permiso s y más auxilios económ icos. Este aberrante fenómeno
se ha denominado e l “carrusel sindic al”.
Pregunta 2
En la práctica , este proceso tard a alrededor de dos (2) año s. La demora
está funda mentalmente explica da por dos fenómenos: la morosidad
de la justicia y l as acciones dilator ias de los sindicatos y s us abogados
para evita r que se les notique y, lueg o de ello, interpon iendo recursos
sin fundam ento o solicitando nulidad es.
Pregunta 3
Este decreto  ha se rvido en la práct ica para nada. Al h aber dejado
la palabra “po drán” y no “deb erán” rer iéndose al plie go único de
peticiones que te ndrían que discut ir y presentarsindicato s,  se ha
logrado el objet ivo de  y ordenar en una sola mesa l as distintas
negociantes col ectivas que en una mi sma empresa debe afronta r con
los varios si ndicatos que existan p or razón del “carrus el sindical”.
Abuso del dere cho deasociación sin dical
194
CONTENIDO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR