Anticipo del impuesto de renta - Declaracion de Renta. Personas naturales. Sistemas de rentas cedulares - Libros y Revistas - VLEX 933738961

Anticipo del impuesto de renta

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas164-164
164 Cartilla Declaración de Renta - Personas Naturales
23
ANTICIPO DEL IMPUESTO DE RENTA
Determine el anticipo por el impuesto de renta por el año siguiente, así:
En el caso de contribuyentes que declaran por primera vez, el porcentaje de anticipo
será del veinticinco por ciento (25%) del impuesto neto de renta.
Si se trata del segundo año en que declara, el porcentaje de anticipo será del cincuenta
por ciento (50%) del impuesto neto de renta o del promedio de lo declarado como
impuesto neto de renta en los dos (2) últimos años, a opción del contribuyente.
Para los años siguientes, es decir, a partir del tercer año de declarar, el porcentaje de
anticipo será del setenta y cinco por ciento (75%) del impuesto neto de renta (casilla 127
de este formulario) o del promedio de lo declarado como impuesto neto de renta en los dos
(2) últimos años , a opción del contribuyente.
A los valores obtenidos en cada una de las situaciones anteriores, reste el monto de las
retenciones en la fuente, a título de impuesto sobre la renta, o de su complementario
de ganancias ocasionales que le hayan practicado durante el año gravable que se está
declarando, y registre el resultado en esta casilla.
23.1 Ejemplo de anticipo
Opción 1
Impuesto Neto de Renta del año actual 122.008.000
75% 91.506.000
Menos: Retenciones en la fuente 17.810.000
Anticipo opción 1 73.696.000
Opción 2
Impuesto Neto de Renta año anterior 32.156.000
Impuesto Neto de Renta del año gravable 122.008.000
Subtotal 154.164.000
Promedio 77.082.000
75% 57.811.500
Menos: Retenciones en la fuente 17.810.000
Anticipo opción 2 40.001.500
Valor del anticipo año siguiente 40.001.500

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