Información exógena - Declaracion de Renta. Personas naturales. Sistemas de rentas cedulares - Libros y Revistas - VLEX 933740162

Información exógena

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas226-227
226 Cartilla Declaración de Renta - Personas Naturales
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INFORMACIÓN EXÓGENA
La información exógena corresponde con un conjunto de datos que personas naturales
y jurídicas deben presentar periódicamente a la DIAN, según Resolución expedida por el
Director General, sobre las operaciones con sus clientes, Proveedores, cuentas por cobrar,
por pagar, entre otras.
Por el periodo gravable 2022 las resoluciones vigentes son las 124 de 2021, y la No 52 de
2023.
35.1 ¿Una persona natural no obligada a llevar contabilidad se encuentra obligada a
reportar información exógena a la DIAN?
Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad se encuentran obligadas
a presentar información exógena a la DIAN, así pertenezcan al régimen SIMPLE de
tributación, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Periodo gravable
sobre el que se
reporta información
Año en que se
debe realizar
el reporte de
exógena
Requisitos que deben cumplirse por parte de una persona natural
(no importa si se encuentra obligada o no a llevar contabilidad)
Año 2021 Año 2022
Que durante el año gravable 2020 o en el año gravable 2021, hayan
obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos
($500.000.000); y la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas
de capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2021 superen
los cien millones de pesos ($100.000.000). (Resolución 98 de 2020 y

Año 2021 Año 2022
Los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación
- SIMPLE que durante el año gravable 2020 o en el año gravable 2021,
hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de
pesos ($500.000.000).
Año 2022 Año 2023
Que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022, hayan
obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos
($500.000.000); y la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas
de capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2022 superen
los cien millones de pesos ($100.000.000). (Resolución 124 de 2021 y

Año 2022 Año 2023
Los contribuyentes personas naturales del régimen simple de tributación
- SIMPLE que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022,
hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de
pesos ($500.000.000).

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