Ganancia ocasional - Declaracion de Renta. Personas naturales. Sistemas de rentas cedulares - Libros y Revistas - VLEX 933738488

Ganancia ocasional

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas128-140
128 Cartilla Declaración de Renta - Personas Naturales
18
GANANCIA OCASIONAL
18.1 ¿En qué consiste el impuesto a las ganancias ocasionales para personas
naturales?
El impuesto a las ganancias ocasionales es un impuesto complementario al de renta; por el
año 2022, tiene una tarifa del 10% (para loterías, rifas y apuestas el 20%). Para los periodos
siguientes la tarifa general será del 15% (artículos 29 al 34 de la Ley 2277 de 2022).
Los ingresos que se consideran ganancia ocasional corresponden a lo siguiente:
Situación Tarifa Artículo del E. T.
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 10% 300
Los provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares 20% 304, 306, 317
Valores o bienes recibidos por liquidación de sociedades de cualquier naturaleza
correspondientes al exceso del capital aportado o inver tido cuando la ganancia
realizada no corresponda a rentas, reservas o utilidades comerciales repar tibles
como dividendo o participación (siempre que la sociedad al momento de su
liquidación haya cumplido dos o más años de existencia).
10% 301
Lo proveniente de herencias y legados. 10% 302, 303
Asignación por muerte de la porción conyugal a los legitimarios o al cónyuge 10% 47, 302, 303
Los proveniente de gananciales que le corresponde a cada cónyuge una vez se
disuelve la sociedad conyugal (divorcio). 0% 47
Lo proveniente de donaciones o cualquier otro acto jurídico celebrado “inter
vivos” a título gratuito. 10% 302
Las indemnizaciones por seguros de vida, en el monto que supere doce mil
quinientas (12.500) UVT. El monto que no supere las doce mil quinientas (12.500)
UVT es una ganancia ocasional exenta.
10% 303-1
Lo proveniente de premios en títulos de capitalización 10% 305
Recompensas por el suministro de datos e informaciones especiales a las
secciones de inteligencia de los organismos de seguridad del Estado 0% 42
Utilidad en venta de acciones inscritas en la Bolsa de Valores de Colombia,
cuando dicha enajenación no supere el 10% de las acciones en circulación de la
respectiva sociedad.
0% 36-1
Utilidad en la venta de la casa o apartamento de habitación 10% 311-1, 44

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