AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 59378 del 21-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 876873281

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 59378 del 21-04-2021

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente59378
Fecha21 Abril 2021
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
Número de sentenciaAP1496-2021



PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada Ponente AP1496-2021 R.icación n°. 59378 Acta 91



Bogotá, D.C., veintiuno (21) de abril de dos mil veintiuno (2021).


VISTOS



Define la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia la competencia para conocer la audiencia preliminar de control previo a la autorización de búsqueda selectiva en bases de datos, dentro del trámite que se adelanta contra HÉCTOR IVÁN ZAPATA FONTALVO, por la probable comisión de los delitos de hurto calificado y agravado y concierto para delinquir.



HECHOS



Existe una organización criminal denominada “Los Tecnológicos”, la cual se dedica a hurtar mercancía transportada desde uno de los puertos de carga de Buenaventura con destino a la ciudad de Bogotá.


Los apoderamientos se dieron de la siguiente forma: i) el 30 de diciembre de 2018, se hurtó un cable coaxial y de fibra óptica de la empresa Telmex en Fusagasugá, Cundinamarca; ii) el 31 de diciembre de 2018, se hurtaron 1000 bombillos de la empresa Interluces S.A.S. en Gualanday, T.; iii) el 19 de febrero de 2019, se hurtaron 187 rollos de tela de la empresa Texticorp S.A.S. en el sector de L., en el kilómetro 26 de la vía entre Buenaventura, y Zaragoza, V.d.C.; y iv) el 22 de mayo de 2019, hubo un hurto donde fue afectada la empresa Teico, en Bogotá.



ANTECEDENTES PROCESALES



1. Los días 4, 9, 14 y 18 de diciembre de 2020, la Fiscalía le formuló imputación a HÉCTOR IVÁN ZAPATA FONTALVO, S.H.R.C., Javier Esteban Vásquez, L.A.B. y A.B.H., por los delitos de hurto calificado y agravado y concierto para delinquir, ante el Juzgado 11 Penal Municipal de Bogotá.


En dicha diligencia les fue impuesta, igualmente, medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario a dos de los imputados, siendo uno de ellos HÉCTOR IVÁN ZAPATA FONTALVO.


2. El apoderado judicial de H.I.Z.F. solicitó, ante el Juzgado Segundo Penal Municipal de Control de Garantías de Buenaventura, V.d.C., audiencia de control previo para búsqueda de información en diversas bases de datos.


La fiscalía argumentó que el Juez Segundo Penal Municipal de esa localidad no es competente para resolver la solicitud planteada por la defensa, por lo que el Despacho dio trámite a la impugnación de competencia, corriendo traslado a las partes para que expusieran sus argumentos.


La defensa sostuvo, en lo fundamental, que los hechos relevantes referentes al hurto se perpetraron en cuatro ciudades diferentes y aquellos relacionados con el concierto para delinquir sucedieron exclusivamente en la ciudad de Buenaventura, donde inicia el monitoreo de las empresas transportadoras gracias a los trabajadores del puerto de carga.


Puntualmente, afirmó que a H.I.Z.F. se le atribuye haber brindado información a la organización criminal durante el tiempo que laboró en el Puerto de Buenaventura, razón por la cual fue capturado y está privado de la libertad en esta ciudad. Allí también están domiciliadas las entidades titulares de las bases de datos que serán consultadas, a saber, la Sociedad Portuaria, el Puerto de Aguadulces, Granportuaria S.A...

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