Capítulo 3. El sistema de justicia constitucional en Colombia - La jurisdicción constitucional en América Latina: un enfoque desde el Ius Constitutionale Commune. Volumen I - Libros y Revistas - VLEX 950588328

Capítulo 3. El sistema de justicia constitucional en Colombia

AutorNéstor I. Osuna Patiño, Jorfe Roa Roa, Alfonso Palacios Torres, Gonzalo A. Ramírez Cleves, Diego Andrés González Medina, Magdalena Correa Henao, Andrés Mauricio Gutiérrez Beltrán, Carolina Vergel Tovar y Paola Andrea Acosta Alvarado
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Constitucional y director del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia / Abogado docente e investigador de la Universidad Externado de Colombia / Abogado / Abogado / Abogado / Abogada / Abogado / Abogada / . Presidenta de la Academia Colombiana de Derecho Internacional
Páginas191-278
nstor i. osuna patio
jorge roa roa
alfonso palacios torres
gonzalo a. ramrez clees
diego andrs gonzlez medina
magdalena correa henao
andrs mauricio gutirrez eltrn
carolina ergel toar
paola andrea acosta alarado*
Capítulo
3
El sistema de justicia constitucional en Colombia**
193
3.1. los antecedentes del control
de constitucionalidad en colomia
y la creacin de la corte constitucional
Colombia tiene una dilatada trayectoria en materia de justicia constitucional,
en un sistema que de antaño conjuga ingredientes tanto del modelo esta-
dounidense como del europeo continental. La acción pública de inconstitu-
cionalidad es una figura de creación propia, en una compleja combinación
que si bien desborda los esquemas usuales de clasificación de los sistemas de
justicia constitucional, en términos generales es comprendida y manejada
con familiaridad por los juristas colombianos que la consideran y valoran
como un ingrediente esencial del patrimonio jurídico nacional.
Desde la primera Constitución, que se expidió en una parte del territorio
de lo que hoy es Colombia (la Constitución de Cundinamarca de 1811), se
establecieron mecanismos básicos de justicia constitucional, tales como el
control judicial de su supremacía y la protección judicial de los derechos
fundamentales, además de una acción popular de inconstitucionalidad1.
Las sucesivas constituciones de la Primera República (1810-1816)
contenían instituciones y técnicas similares. No se dispone de datos sobre
el funcionamiento de las mismas, principalmente porque la reconquista
española intentó borrar todo vestigio de aquel interesante experimento
político. Lo que interesa resaltar, a la distancia de dos siglos, es el concepto
de Constitución que se proclamaba en los albores de la independencia na-
cional: un concepto que se enmarcaba en la mejor tradición del movimiento
constitucionalista liberal y que, además, contenía la audacia de otorgar a
los ciudadanos un mecanismo directo para garantizar la supremacía cons-
* La autora agradece a Marcelo Lozada su ayuda para ubicar la información respecto de la juris-
prudencia comparada en el seno de la jurisprudencia constitucional colombiana.
** Trabajo recibido por los coordinadores el 4 de diciembre de 016.
1 El texto de aquella Constitución fundacional disponía: “Habrá un Senado de censura y protec-
ción, compuesto de un Presidente, que lo será el vicepresidente de la Representación Nacional, y
cuatro miembros, para sostener esta Constitución y los derechos del pueblo, a fin de que de oficio
o requerido por cualquier ciudadano, reclame cualquiera infracción o usurpación de todos o cada
uno de los tres poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial que sea contra el tenor de la Constitución”
(art. 9.º del Título i). Sobre este precepto y su influencia en el constitucionalismo colombiano
cfr. carlos restrepo piedrahita. Tres ideas constitucionales: supremacía de la Constitución. Corte
Constitucional, el Ombudsman, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 1978, pp. 15-0.

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