Capítulo 5: Revocatoria directa - Instrumentos procesales en las actuaciones administrativas colombianas - Libros y Revistas - VLEX 940121949

Capítulo 5: Revocatoria directa

Páginas249-301
Capítulo 5
Revocatoria directa
La revocatoria directa es una herramienta más que tiene la adm inistración
para revisar los actos administrativos que expide. Asimismo, brinda la
oportunidad a los administrados para que ejerzan vigilancia a dichas
manifestaciones de voluntad. En ese orden de ideas, nos encontramos ante
un mecanismo de doble vía. La jurisprudencia1

principio de autotutela de la administración, el cual le otorga la prerrogativa
de revisar sus propios actos. Sin embargo, esta potestad no se puede equiparar
con la declaratoria de nulidad de los actos administrativos, pues corresponden
a diferentes tipos de control sobre los mismos y su competencia se encuentra
radicada en distintas autoridades; ni con los recursos administrativos, en el
sentido que no se instituye como un requisito de procedibilidad para acceder
a la jurisdicción contencioso administrativa”.
La revocatoria directa contra los actos de carácter general, persigue un
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respeto al ordenamiento jurídico preestablecido. Asimismo, asomará un
ánimo interesado, cuando el particular considere se le ha causado un agravio
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esta institución procesal como un recurso extraordinario. Extraordinario
a los recursos ordinarios en las actuaciones administrativas, toda vez que
permite a través de otra herramienta expulsar del mundo jurídico un acto
desconocedor de la Constitución Política o de la Ley, del interés público o el

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1 Sentencia 2012-00039 de febrero 18 de 2016, Consejo de Estado, Sala de lo Contencios o
Administ rativo, Sección Quinta, R ad.: 81001-23-33-000-2012-00039- 0 4, Consejera Ponente:
Dra. Rocío Araujo Oñ ate, dieciocho de febrero de dos mil dieciséis.
250 Eduardo José Ga lvis Ursprumg
jurídico estatal que además de las consideraciones expuestas, alivia la carga de
jueces y magistrados. Si bien todo acto administrativo goza de una vocación
jurisdiccional, nada impide que, al revisar dicho acto, se evite el paso judicial
volviendo las cosas a su estado natural o si se ha acudido a ella, haciendo uso
de una oferta de revocatoria directa.
Con la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011, que adoptó el Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se

lo Contencioso Administrativo, haciendo hincapié en el respeto a la presunción
de legalidad y de inmutabilidad del acto administrativo, permitiendo además
un desgaste del aparato judicial, hacer menos oneroso el daño causado y las


administrativa se le ha impreso mayor celeridad al plazo para despachar una
solicitud de revocatoria. Es así, como se desciende de los tres (3) meses que
se tenía anteriormente a solo dos (2) meses para el pronunciamiento. Creemos
que el legislador se quedó corto frente al evento en el cual la administración
no resuelve la solicitud de revocación en el plazo otorgado. Quiere decir esto
que aún en un momento dado puede el servidor público burlar el derecho del
ciudadano a recibir respuesta, toda vez que no se consagró que efecto produce
esta omisión en la administración. Cosa diferente, será la suerte del servidor
público quien seguramente será sujeto de un proceso disciplinario.
Los actos administrativos gozan de vocación jurisdiccional. Entiéndase
esta como la posibilidad de ser cuestionados en vía judicial, bien por la misma
administración en acción de lesividad, por cualquier persona en defensa del
ordenamiento jurídico o por el particular directamente afectado en pro de
sus intereses.
El legislador de tiempo atrás2 
los actos administrativos, la cual se mantiene en el día de hoy3  
constituye en una herramienta de doble vía, que permite en primera i nstancia a
la administración revisar su actua ción y la posibilidad de expulsarla del mundo
jurídico por vicios. En segundo lugar, al administrado, de poder hacer un
2 Artículo 69 y sigu ientes, Código Conten cioso Administ rativo, Decreto 1 de 1984, Diar io
        
Administrativo.
3 Artículo 93 y sigu ientes, Ley 1437 de 2011, Por la cual se expide el Código de Pro cedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
251Revocatori a directa
control directo a la actividad administ rativa. Sobre la revocatoria directa, como
excepción de legalidad4, la jurisprudencia ha sostenido: “Es una excepción al
principio de legalidad de los actos administrativos, pues encontrándose éstos

ejecutividad y de ejecutoriedad, no obsta la actuación de la administración
para revocarlos en cualquier momento, ya que no se encuentra consagrado
término de caducidad para solicitarla por los interesados, o para decidirla
    
decisión cuando se ha proferido auto admisorio de demanda respecto del o
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La revocatoria directa al igual que la figura judicial de suspensión
provisional del acto administrativo, son instituciones que se constituyen en
excepción a la presunción de legalidad que acompaña un acto administrat ivo

constituye un ahorro de esfuerzo admin istrativo, el cual permite no acceder al
proceso contencioso administrativo en aras del respeto a la legalidad. Dicho
ejercicio hace más efectivo el respeto a la legalidad de los actos expedidos y
por ende a la actividad administrativa.
La Sección Tercera5                  
la revocatoria directa y ha sostenido frente a esta institución: “La revocatoria
directa de los actos administ rativos, es una modalidad de desaparición de un

petición de parte, eliminar un acto anterior. Se encuadra dentro del contexto
del derecho administrativo como una forma de autocontrol, porque proviene de
la misma administración como consecuencia del examen que realiza sobre sus
propias decisiones, y que los motivos por los cuales la administración pueda
revocar sus actos tienen consagración expresa en la ley, pues no puede dejarse
a la voluntad de la administración determinar los motivos para hacerlo ya que
ello atentaría gravemente contra la seguridad y estabilidad jurídicas respecto
de actos que consagran derechos subjetivos en cabeza de los administrados”.
De manera que, constituye un remedio jurídico contra la ilegalidad de los
actos administrativos y un medio para que la administración se ajuste a los
4 Consejo de Estado, Sala de lo C ontencioso Admin istrativo, Lección Pr imera, Cons ejera
Ponente: Olga Inés Navarrete Ba rrero, abril 13 de 2000, radica ción número 5363.
5 Consejo de Esta do, sala de lo contencioso admi nistrativo, sección ter cera, Consejero Ponente:
Ramiro Saaved ra Becerra, 13 de mayo de 2009, radicación nú mero: 25000-23-26-000-1998-
01286 -01( 27422).

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