Capítulo I. Instituciones del derecho internacional ambiental - Derecho Internacional Ambiental - Libros y Revistas - VLEX 951649951

Capítulo I. Instituciones del derecho internacional ambiental

AutorDiego Uribe Vargas, Fabián Augusto Cárdenas Castañeda
Páginas19-83
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capítulo I. InstItucIones Del Derecho InternacIonal ambIental
CAPÍTULO I
INSTITUCIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL
AMBIENTAL
Parte I. Introducción
Actualmente los asuntos ambientales han ganado protagonismo en las discusio-
nes más destacadas que tienen lugar en la sociedad internacional, incluyendo
conferencias de Estados, foros académicos y en los medios de comunicación. En
todas partes se habla del calentamiento global –no obstante que los cientícos
nos corrigen y enfatizan en el término adecuado: “cambio climático”-, de biodi-
versidad y la existencia de tantas especies en vías de extinción; también se discute
sobre la polución, los problemas derivados con la contaminación de la capa de
ozono, grandes desastres naturales ocurridos por el vertimiento de petróleo en
el mar, el manejo de desechos, contaminación de ríos y fumigaciones en zonas
fronterizas, entre muchas otras cosas. El medio ambiente se encuentra en el cen-
tro de atención de la comunidad internacional entera.
Frente a tales preocupaciones globales de la sociedad era importante que existiera
una respuesta jurídica; es así como surge el Derecho Internacional Ambiental
(DIA), una rama autónoma del Derecho Internacional Público (DIP) muy dis-
cutida pero poco estudiada en profundidad . La presente publicación tiene como
objetivo presentar un texto de consulta organizado que contenga los fundamen-
tos de la materia, su ubicación en el marco general del DIP, así como el desarrollo
de sus instituciones esenciales incluyendo sus fuentes, sujetos, conguración de
responsabilidad internacional por temas ambientales y solución de controversias,
entre otros asuntos.
La lista actual de temas relativos al Derecho Internacional Ambiental es bastante
larga y sigue creciendo día a día en la medida que se generan nuevos aconteci-
mientos que pongan en riesgo el medio ambiente. Por este motivo, para efectos
de la presente publicación se decidió no desarrollar temas sustanciales del DIA
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Derecho InternacIonal ambIental
como el cambio climático, la biodiversidad o las armas nucleares, inter alia. Por
el contrario, se consideró prioritario producir un texto básico aplicable a todas
las problemáticas existentes así como a aquellas que surjan aun después de su
publicación, explicando los pilares fundamentales del DIA como un todo nor-
mativo y permitiendo el entendimiento de la lógica jurídica bajo la cual funciona
actualmente la materia, a la luz del DIP.
El primer capítulo tiene como objetivo estudiar las generalidades del DIA, in-
cluyendo su origen, su razón de ser, así como su vínculo conceptual e histórico
con el DIP, entendiendo sus similitudes y diferencias, a n de comprender las
razones que justican un estudio autónomo de la materia.
Este capítulo está dividido en tres grandes partes, a saber: Orígenes del Derecho
Internacional Ambiental, asuntos generales del mismo y desafíos impuestos por
éste al Derecho Internacional Público.
La primera parte es esencialmente histórica, su objetivo es repasar el devenir
histórico del DIP como tal, incluyendo sus antecedentes tanto inmediatos como
lejanos, así como las instituciones del vigente derecho internacional contempo-
ráneo, con el objetivo de asimilar el vínculo histórico del DIA como uno de los
mas recientes resultados del desarrollo general del derecho internacional.
En la segunda parte se pretende adentrar en los detalles más básicos del DIA.
Para ello, se presentará una discusión sobre la denición jurídica internacional
existente para el medio ambiente, así como los fundamentos normativos interna-
cionales que existen para justicar su protección, a n de plantear una denición
del DIA incluyendo sus destinatarios y funciones jurídicas más representativas.
Finalmente, en la tercera parte se propone un ambicioso ejercicio de lograr poner
en paralelo el DIP y el DIA. Teniendo en cuenta que el DIA es una rama autóno-
ma perteneciente al estudio general del DIP, se ha pretendido encontrar los fun-
damentos jurídicos esenciales existentes en el DIP sobre los cuales se desprende
el DIA, incluyendo las variaciones que éste ha tomado respecto de aquel. Entre
otros asuntos serán abordados los conceptos de soberanía, actores del DIP, patri-
monio común de la humanidad, y el concepto de seguridad internacional.
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capítulo I. InstItucIones Del Derecho InternacIonal ambIental
1. Es necesario precisar que, aunque
losprincipalessujetosde derechoin-
ternacionalsonlos Estados,lasnue-
vastendenciasincluyenelanálisisde
lasorganizaciones internacionales,e
incluso entes privados con impacto
internacional,bien sean organizacio-
nes no gubernamentales, o simple-
menteindividuos.VerParteVdeeste
Capítulo,“Desafíos impuestos por el
Derecho Internacional Ambiental al
derechointernacionalclásico”.
2. VerDiezde VelascoVallejo,Manuel,
Instituciones de Derecho Internacio-
nal Público, Decimoquinta Edición,
Ed.Tecnos,Madrid, 2005,p. 60.El
derecho internacional se entiende
como“un sistema propio de normas
reguladoras de las relaciones entre
los distintos grupos humanos organi-
zados presentes en cada una de ellas
(las diversas culturas), y llegado el
caso de las relaciones de coexisten-
cia entre distintas culturas”.
3. Yasuaki,Onuma,“ATranscivilizational
Perspective on Global Legal Order
in the Twenty-First Century:A
way to Overcome West –Centric
and Judiciary –Centric Decits in
International Legal Thoughts”, en
International Community Law Review,
2006,(8),pp.29-63.
Las citadas discusiones jurídicas permitirán que estudiantes, profesores, in-
vestigadores, diplomáticos, funcionarios de organizaciones internacionales,
políticos, así como abogados practicantes, obtengan las bases conceptuales
esenciales sobre las cuales se construye y desarrolla el Derecho Internacio-
nal Ambiental.
Parte II. Orígenes del Derecho Internacional
El estudio del derecho internacional ambiental, como una rama autónoma del
derecho internacional público, necesariamente demanda la remisión a los oríge-
nes del derecho internacional en general. Para este n, se considera como dere-
cho internacional el sistema normativo de regulación entre organizaciones jurí-
dico-políticas independientes, hoy referenciadas principalmente como Estados y
Organizaciones Internacionales1, pero que inicialmente consistían en naciones,
civilizaciones, culturas o, en general, grupos de gentes organizadas bajo una au-
toridad común2.
El estudio del derecho internacional público, entendido como el género al cual
pertenece la rama especíca del derecho internacional ambiental, esencialmen-
te hace referencia al desarrollo de las culturas occidentales, ya que sus orígenes
y principios fundamentales reposan en la construcción de los postulados de la
historia occidental fundada por la especicidad de los acontecimientos que los
construyeron, los cuales han sido transmitidos, no obstante, a culturas no occi-
dentales.
Sin embargo, desde perspectivas no occidentales, se ha propuesto una visión
diferente. El profesor japonés Onuma Yasuaki, buscando explicaciones no occi-
dentales a la formación del derecho internacional contemporáneo, ha planteado
la llamada Transcivilization Perspective3, según la cual el derecho internacional debe
fundarse en criterios mucho más amplios que aquellos formulados por la so-
ciedad internacional westfaliana. La perspectiva transcivilizacional busca que el
derecho internacional permita la inclusión de nuevos actores en su formación y
explicación. Así, siendo el Estado el más importante de los sujetos internaciona-

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