Circular externa número 15 de 2015 - 7 de Julio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 577842954

Circular externa número 15 de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
Número de Boletín49566

Bogotá, D. C., 2 de julio de 2015

PARA: Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superinten lentes, Directores, Gerentes, Jefes de Oficina Jurídica, Jefes de Control Interno, Administradores del Sistema eKOGUI y Apoderados de las Entiades y Organismos Públicos del Orden Nacional.

DE: Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado

ASuNTO: Instructivo del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado -eKOGUI- Perfil Jefe de Control Interno.

La Ley 1444 de 2011 creó la Agencia Nacional de Defensa Jurí ica del Estado, cuya estructura fue desarrollada mediante el Decreto ley 085 de 2011, asignándole la función de desarrollar, implementar y adm nistrar el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado, el cual debe ser utilizado y alimentado por todas las entidades y organismos estatales del orden nacional, cualquiera sea su naturaleza jurídic y por aquellas entidades privadas que administren recursos públicos. El Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado -eKOGui, fue reglamentado por el Decreto 1069 de 2015 que derogó el Decreto 2052 de 2014 y tiene como objetivo ser la herramienta para la adecuada gestión del riesgo fiscal asociado a la actividad judicial y extrajudicial de la Nación, así como monitorear y gestionar los procesos que se deriven de aquella actividad, sin perjuicio de la función constitucional y legal atribuida a la Contraloría General de la República.

De conformidad con el artículo 6º, numeral 2 del Decreto 4085 de 2011 y el artículo 2.2.3.4.1.5 del Decreto 1069 de 2015, la Dirección de Gestión de Información de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado es la encargada de elaborar y fijar los protocolos, lineamientos e instructivos para la implementación y uso adecuado del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI, los cuales tendrán un carácter vinculante para las entidades y organismos estatales del orden nacional y las entidades privadas del mismo orden que administren recursos públicos.

En consecuencia, mediante esta Circular Externa se pone a disposición de las entidades el

"Instructivo del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado -eKOGUI - Perfil Jefe de Control Interno Versión 2.0" mediante el cual se establecen los procedimientos y términos para el cumplimiento de las funciones establecidas a los Jefes de Control Interno en el artículo 2.2.3.4.1.14 del Decreto 1069 de 2015.

"Artículo 2.2.3.4.1.14. Verificación. Los jefes de control interno de cada entidad verificarán el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente capítulo a través de los procedimientos internos que se establezcan y de conformidad con los protocolos establecidos por la Dirección de Gestión de Información de la Agencia y enviarán semes-tralmente a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, certificación sobre el resultado de la verificación, sin perjuicio de las acciones que se estimen pertinentes dentro de los planes de mejoramiento institucionales para asegurar la calidad de la información contenida en el Sistema".

Por último se recuerda a las entidades y usuarios destinatarios de la presente circular, que el incumplimiento a los anteriores preceptos, acarreará las sanciones previstas en la Ley 734 de 2002 -Código Disciplinario Único.

Cordialmente,

La Directora General,

Adriana Guillén Arango.

PERFIL JEFE DE CONTROL INTERNO

V. 2.0

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO JUNIO 30 DE 2015

TABLA DE CONTENIDO

  1. Objetivo.

  2. Obligatoriedad y Sanciones Disciplinarias.

  3. Aspectos Generales del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado "EKOGUI".

    3.1. Marco Legal.

    3.2. Definición, Objetivo y Ámbito de Aplicación.

    3.3. Usuarios del Sistema.

    3.4. Funciones Comunes para los Usuarios del Sistema.

    3.5. Funciones del Apoderado.

  4. Soporte Funcional y Técnico.

  5. Acceso al Sistema.

  6. Funciones de los Usuarios Frente al Sistema.

  7. Protocolo para la verificación del cumplimiento de Obligaciones establecidas en el decreto 2052 de 2014 y del Acatamiento de Protocolos, Lineamientos e Instructivos expedidos por la ANDJE.

  8. OBJETIVO

    Definir y precisar el alcance de las funciones que deben desempeñar los Jefe de Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, de las entidades y organismos estatales del orden nacional cualquiera que sea su naturaleza y régimen jurídico, frente al Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI.

  9. OBLIGATORIEDAD Y SANCIONES DISCIPLINARIAS

    El numeral 2 del artículo 6º del Decreto ley 4085 de 2011 establece que serán vinculantes para las entidades públicas del orden nacional todos los instructivos que emita la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado relativos al Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado.

    Así mismo, el artículo 2.2.3.4.1.5 del Decreto 1069 de 2015 señala que los protocolos, lineamientos e instructivos para la implementación y uso adecuado del Sistema Único Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI, serán fijados por la Dirección

    de Gestión Información de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y tendrán carácter vinculante para las entidades y organismos destinatarios de dicho decreto.

    El incumplimiento de las normas previstas en el Decreto ley 4085 de 2011 y el Decreto 1069 de 2015, así como de los protocolos, lineamientos e instructivos para la implementación y uso adecuado del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI, acarreará a los usuarios del Sistema las sanciones previstas en el Código Único Disciplinario.

  10. ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA ÚNICO DE GESTIÓN E INFORMACIÓN LITIGIOSA DEL ESTADO "eKOGUI"

    3.1. MARCO LEGAL

    · Decreto ley 4085 de 2011 "por el cual se establecen los objetivos y la estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado".

    · Decreto 1069 de 2015 "por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho" que deroga el Decreto 2052 de 2014.

    3.2. DEFINICIÓN, OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

    El sistema único de Gestión e Información Litigiosa del estado - eKOGUI es el único sistema de gestión de información litigiosa del Estado, creado para el seguimiento de la actividadjudicial y extrajudicial del Estado, ante las autoridades nacionales e internacionales.

    Tiene como objetivos, servir de herramienta para la adecuada gestión del...

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