Cooperacion mecanismos internacionales - Situación de derechos humanos y derecho humanitario en Colombia 2013-2017 - Libros y Revistas - VLEX 840083336

Cooperacion mecanismos internacionales

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Es necesario reiterar y profundizar las recomendaciones en estas materias, pues
Colombia sólo ha cumplido parcialmente306.
11. COOPERACIÓN MECANISMOS INTERNACIONALES
Colombia se enorgullece de cooperar con los mecanismos internacionales. Cuenta
con la presencia de numerosas agencias de la ONU, incluida la OACNUDH y, re-
cientemente, una Misión Política de paz de la ONU. Pero el balance en cooperación
con los mecanismos de derechos humanos es precario.
45 delegaciones han formulado 60 recomendaciones sobre el tema, 30 han
sido aceptadas y 28 rechazadas. 16 delegaciones hicieron 26 recomendaciones en
306 Las recomendaciones hechas por Panamá, República Dominicana y Serbia, sobre continuar con la im-
plementación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, no han sido cumplidas a cabalidad, ya que los
resultados de la gestión de la Unidad de Víctimas y la Unidad de Restitución de Tierras, no son muy satisfac-
torios en términos de la cobertura y calidad de las medidas de atención y reparación integral a las víctimas.
Las recomendaciones hechas por Suiza, Australia, y Canadá, en el sentido de fortalecer las instituciones perti-
nentes con el fin de tomar medidas más eficaces a nivel nacional, regional y local para garantizar la protección
de las personas que participan en los procedimientos de restitución de tierras, en particular, los demandantes,
sus asesores, los funcionarios pertinentes y defensores de derechos humanos, no ha sido cumplida, pues se
han continuado presentado graves casos de agresiones a la vida e integridad de reclamantes de restitución de
tierras, y se han adoptado medidas deficientes de protección por parte de la UNP. La recomendación hecha
por la Santa Sede (Vaticano), en el sentido de Identificar los planes de acción para la aplicación de la Ley de
Víctimas y Restitución de Tierras, ha sido cumplida, sin embargo, el alcance de los planes de acciones de la
Unidad de Victimas y la Unidad de Restitución de Tierras, se ha venido limitando por el recorte de recursos.
La recomendación de Bolivia, sobre adoptar nuevas medidas para la atención integral y la reparación a las
víctimas y restitución de tierras, con el objetivo de atender y reparar a las víctimas de la violencia, no se ha
cumplido a cabalidad, pues el Acuerdo de paz, contempla nuevas medidas de reparación a víctimas, sin em-
bargo aún no se han implementado plenamente. La recomendación hecha por Perú sobre maximizar, a través
de mecanismos de consulta, la participación de comunidades indígenas en la determinación de las políticas
públicas que los afectan, ha sido incumplida, pues no se ha garantizado en muchos casos el derecho efectivo
a una consulta previa, libre e informada para la protección de los derechos de los pueblos indígenas y afrodes-
cendientes. Las recomendaciones, hechas por Corea del Sur y Egipto, sobre Introducir medidas más enérgicas
para proteger a los pueblos indígenas y afrocolombianos de los ataques de grupos armados, así como adoptar
medidas para garantizar sus derechos, no ha sido cumplidas, pues Los pueblos indígenas y afrocolombianos
son los mayores afectados por las violaciones a los DDHH cometidas por grupos armados. La recomendación
hecha por Palestina sobre continuar adoptando nuevas medidas para luchar contra la discriminación en la
educación y la protección de los grupos minoritarios, no se ha cumplido cabalmente, pues persisten barreras
de los pueblos indígenas y afrodescendientes para el acceso a educación diferenciada y culturalmente apro-
piada. La recomendación hecha por Italia sobre asegurarse de que la legislación relativa a los derechos de
las minorías y los pueblos indígenas continúe siendo aplicada plenamente, prestando especial atención a la
protección de las personas más vulnerables a las amenazas y la violencia, como los defensores de derechos
humanos, no ha sido cumplida cabalmente, ya que la normatividad que protege a los pueblos étnicos, no es
aplicada plenamente, se han desconocido en varios casos los derechos de consulta previa y de autonomía
territorial. La recomendación formulada por México sobre institucionalizar el derecho de propiedad de la
tierra de las comunidades indígenas y campesinas para evitar el despojo de tierras aptas para la agricultura
en el contexto actual de desarrollo económico y social, no ha sido cumplida plenamente, pues aún existen un
número significativo de territorios indígenas que no han sido titulados colectivamente (aproximadamente 2.6
millones de hectáreas). La recomendación formulada por Nueva Zelanda sobre adoptar todas las medidas
necesarias para garantizar la protección plena y sostenible de los pueblos indígenas y de las comunidades
afrodescendientes, en términos de seguridad física y de derechos sobre la tierra, no ha sido cumplida, pues
los pueblos étnicos continúan siendo los más afectados por agresiones en su contra y por el desplazamiento
forzado. La recomendación hecha por Senegal sobre llevar a cabo acciones en favor de la mejora de las
condiciones de vida de las poblaciones indígenas, no ha sido cumplida, pues el Estado ha adoptado medidas
políticas y económicas que afectan los derechos económicos y sociales de los pueblos indígenas.

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